Denuncia penal contra dirigente rural por generar falsas versiones en torno del trabajo infantil
En la mañana del lunes 22 ingresó a la Fiscalía Penal en turno la presentación contra Carlos “Cali” Zuberbuhler por la comisión del delito previsto en el artículo 211 del Código Penal. Lo denunció el diputado nacional Héctor “Cacho” Bárbaro, con el patrocinio letrado del abogado y expresidente del Colegio de Abogados de Misiones, Rodrigo Bacigalupi.
“Yo me banco los ataques personales, pero cuando se meten con un tema tan serio como el trabajo infantil, pongo un freno” advirtió el legislador y también referente del agro misionero, quien respondió así a una “fake news” dada a conocer por Zuberbuhler la semana pasada a través de diferentes medios de prensa y grupos de whatsapp.
En las acciones que derivaron en la presentación penal, y que también podrían tomar forma de demanda civil, Zuberbuhler había acusado a Bárbaro de “liderar una mafia para infiltrar niños en los yerbales” con la supuesta complicidad de “medios nacionales” y con el único fin de fraguar denuncias por trabajo infantil en el sector.
Bárbaro refirió que la situación en torno de la problemática del trabajo infantil requiere de mucha seriedad porque es una política de Estado que dio excelentes resultados en el ámbito yerbatero misionero, y que por tanto, no debe ser banalizada. Por ese motivo decidió recurrir a la justicia. También recordó que “los hijos de los productores estudian, disfrutan de su niñez pero también ayudan con pequeñas tareas en la casa o en la chacra, y eso no debe ser confundido con la explotación de menores en la tarefa, que es otra cosa totalmente distinta”. “La banalización y las versiones como la denunciada solo aportan a la desprotección de los que efectivamente pudieran ser víctimas”, advirtió.
En la presentación se establece que “la alarma y la conmoción públicas generadas solo benefician a los infractores, que si fueran detectados en operativos oficiales con menores explotados en los yerbales, podrían excusarse en esta versión en lugar de asumir su accionar delictivo”. “Hay que ver si en realidad no están protegiendo a algún peso pesado con estas versiones, o tal vez este dirigente esté siendo usado por sectores políticos interesados en el desprestigio de la oposición” disparó Bárbaro.
El artículo 211 del Código Penal argentino establece que “será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos. Cuando para ello se empleare explosivos, agresivos químicos o materias afines, siempre que el hecho no constituya delito contra la seguridad pública, la pena será de prisión de tres a diez años”.
La denuncia fue acompañada por registros del audio emitido por el denunciado y copias de las notas en los distintos medios de prensa donde fue difundido, entre otras pruebas aportadas.