El impacto en Misiones de las nuevas retenciones de Alberto Fernández

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El decreto sorpresa del sábado llegó con la novedad de “retenciones recargadas” para el sector exportador. Por medio del decreto 37/19 con fecha de este sábado, el Gobierno subió las retenciones a los productos primarios del campo:

Cómo es la historia:

En septiembre del 2018 Mauricio Macri sacó un decreto reinstaurando las retenciones que había quitado al inicio de su gestión:

El decreto establecía fijar hasta el 31 de diciembre de 2020, un derecho de exportación del doce por ciento (12%) a la exportación para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la nomenclatura común del Mercosur (NCM).

También establecía que el tope del 12% no podrá exceder de los cuatro pesos por cada Dólar Estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda.

Con lo cual, con un dólar superando los 33,33 pesos, las retenciones llegaban al tope de cuatro pesos. Pero con un dólar a 60 sin tope las retenciones serían de 7,2 pesos por dólar exportado.

El decreto del día de hoy deja sin efecto el límite de cuatro pesos por cada dólar estadounidense con lo que las retenciones serán efectivamente del 12%.

Si bien no figura en el decreto, se sabe que el complejo sojero pasaría a pagar un 30 por ciento de retenciones contra el 24,7% actual y la carne, un 9 % entre otros.

En lo que a Misiones respecta, el decreto incluye a las exportaciones de yerba mate, madera y tabaco.

En trazo grueso, de los 400 millones de dólares exportados en promedio, los productos misioneros tributaban 1.600 millones de pesos. Ahora pagarían el 12% del total, lo que equivale a 2.880 millones de pesos. 

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Los fundamentos:

El Código Aduanero faculta al Ejecutivo a aplicar retenciones en los siguientes casos:

: a) asegurar el máximo posible de valor agregado en el país con el fin de obtener un adecuado ingreso para el trabajo nacional;

 b) ejecutar la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior; 

c) promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o las especies animales o vegetales; 

d) estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de ofertas adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno; y 

e) atender las necesidades de las finanzas públicas.

En el ítem a, b, y c básicamente lo que se busca es por medio de retenciones exportar más elaborados y menos materias primas (si por ejemplo se grava el trigo pero no la harina). 

El ítem d, está dirigido a los bienes salario, como por ejemplo la carne y el trigo que si sube mucho su precio internacional hace subir también el precio interno afectando la mesa de los argentinos, entonces las retenciones bajan el precio interno de los mismos. Y sirve como herramienta de negociación con los exportadores.

Por último el ítem e tiene un fin meramente recaudatorio ……. 

El decreto dice taxativamente:

Que teniendo en cuenta la grave situación por la que atraviesan las finanzas públicas, resulta necesaria la adopción de urgentes medidas de carácter fiscal que permitan atender, al menos parcialmente, las erogaciones presupuestarias con recursos genuinos.

Fuente boletín oficial de la República Argentina

Hace unos días escribimos el pensamiento de el nuevo ministro de economía con respecto a este tema aquí: Tipo de cambio alto, con retenciones que se direccionen al desarrollo económico de los perjudicados para crear y no solo recoger ganadores

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Veremos qué pasa con lo recaudado y como harán también ganadores a las economías regionales como la nuestra.

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