Extranjeros: el sistema de salud de Misiones cobra por adelantado y exime solo a los vulnerables

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En medio del debate nacional sobre el cobro de los servicios de salud pública a extranjeros, Misiones cuenta con un sistema normativo consolidado que incluye el arancelamiento a pacientes con cobertura médica y a extranjeros sin residencia legal. Este enfoque se sustenta en la Ley XVII – Nº 17 y en los decretos provinciales 488/2000 (actualizado como Decreto 1423/2021) y 83/2011.

El objetivo principal de la ley es garantizar que quienes tienen capacidad de pago asuman los costos de la atención. El artículo 1 de la ley establece que los responsables de la cobertura deben abonar los gastos generados por la atención. Además, los pacientes están obligados a declarar su cobertura mediante una declaración jurada y presentar la documentación correspondiente.

Actualmente, según fuentes oficiales, los pacientes extranjeros no representan más del 1 por ciento de las atenciones médicas en el Parque de la Salud. Se les cobra siempre por adelantado, apenas ingresan en guardia. 

“Nosotros tenemos una ley que fue reglamentada en 2021 que autoriza el cobro a extranjeros en el sistema de salud de Misiones”, dijo el ministro de Salud, Héctor González.

El ministro también destacó la importancia del turismo médico para la economía provincial: “Eso es importante para la provincia; es un ingreso muy importante”. 

La implementación de cobros por servicios médicos a extranjeros fue aplicada como una forma de aliviar la carga sobre el sistema sanitario local.

Por otro lado, la ley protege a los sectores más vulnerables: quienes carezcan de recursos económicos estarán exentos del pago, siempre que cumplan los requisitos reglamentarios. Asimismo, las prestaciones de promoción y protección de la salud se ofrecen sin costo, según lo determine la regulación.

El director de un hospital podrá exigir judicialmente el cobro de las deudas generadas por prestaciones, y la normativa faculta al Poder Ejecutivo a establecer los aranceles y reglamentar progresivamente su implementación. Los fondos recaudados se destinarán a financiar el funcionamiento de los centros asistenciales, el pago de honorarios y estímulos para el personal de salud.

El Decreto 488/2000 implementa el Sistema Solidario de Salud, exigiendo que obras sociales, prepagas, compañías de seguro, empleadores y extranjeros sin residencia legal abonen la totalidad de los costos de atención médica en los hospitales públicos. La normativa busca garantizar el acceso gratuito solo para quienes carezcan de recursos, mientras que los pacientes con capacidad de pago deben afrontar los gastos.

Por su parte, el Decreto 83/2011 regula la aplicación de estas disposiciones en el Parque de la Salud, un sistema de atención que integra hospitales de alta complejidad en la provincia. Este marco normativo refuerza la sostenibilidad de los servicios de salud en una región que recibe una alta afluencia de extranjeros, especialmente en ciudades como Puerto Iguazú, fronteriza con Brasil y Paraguay.

Este esquema convierte a Misiones en una referencia dentro del debate nacional, al equilibrar el acceso gratuito para los sectores vulnerables con el cobro a quienes tienen cobertura o residen fuera del país.

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