Iniciativa parlamentaria: el Gobierno promueve modificaciones impositivas que beneficiarán a las Estaciones de Servicio

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Se está terminando de redactar un proyecto de ley en la Cámara de Diputados que buscaría cambiar la forma de imputar y deducir el ajuste por inflación del Impuesto a las Ganancias, favoreciendo así tanto los números contables de las expendedoras.

El oficialismo tiene preparada una iniciativa para introducir cambios tributarios que regirán tanto en el mercado de combustibles, como en el de exploración y producción de hidrocarburos.

Si bien son varios los puntos destacables de la posible ley, específicamente hay uno que podría ser ventajoso para las expendedoras de combustibles, al cambiar los parámetros del conocido ajuste impositivo por inflación.

En este caso, el asesor Tributario de la FEC, Sebastián Vázquez detalló que se equipararía este concepto tanto para las pérdidas, como para las ganancias derivadas del ajuste por inflación. Explicó que hasta el presente, el fisco permite al contribuyente deducir las pérdidas derivadas de dicho ajuste en “tramos” que, según del ejercicio que se trate, se hace en tres o seis ejercicios fiscales.

Pero esto no sucede para el caso de las “ganancias por inflación”, las cuales deben ser imputadas a favor del Estado de una sola vez en el balance anual, en el ejercicio por el cual se generan.

De acuerdo a lo interpretado por el especialista, la nueva iniciativa permitiría que tanto las ganancias como las pérdidas generadas por el mecanismo de ajuste por inflación tributario, se imputen o deduzcan en los tramos antes mencionados, favoreciendo así al pago del Impuesto a las Ganancias.

El texto implementaría, además, alícuotas para determinar el impuesto a los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono (ICL/IDC), que dejarían de cobrarse con una cifra en pesos ajustada por inflación cada tres meses, para acercarse a un sistema más parecido al que se implementaba hasta el 2016.

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Se trata de retornar al régimen de porcentaje fijo sobre el precio del producto, con topes mínimos, lo cual, traería aparejado dos consecuencias inmediatas. En primer lugar, la aplicación automática del porcentaje fiscal sobre el precio final al surtidor, que impactará directamente en el bolsillo del consumidor, aunque no se traducirá en una mayor ganancia para el estacionero.

En este sentido Vázquez comentó que de alguna manera podría diluirse frente a la opinión pública la responsabilidad al Gobierno Nacional por aplicar o no la carga impositiva, como está sucediendo hasta el momento, aunque cualquier aumento en el precio del producto generaría el mismo impacto y, como es necesaria su autorización, finalmente la suba de los tributos y su impacto en los precios siempre será decisión del Poder Ejecutivo.

Fuente: Surtidores.com.ar

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