¿Qué documentación hay que llevar para circular en la cuarentena?

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Las personas exentas que tengan que usar colectivo, tren o subte, deberán llevar una declaración jurada que justifique por qué circulan.

El aislamiento establecido por un Decreto de Necesidad y Urgencia el jueves pasado todavía se sigue ajustando, y cada día aparecen aclaraciones acerca de quiénes pueden circular y quienes deben cumplir, estrictamente, con la cuarentena.

En este contexto, y considerando a las personas que está exceptuadas de estas medidas, se reglamentó que documentación deben llevar su usan un medio de transporte público, ya sea colectivos, trenes y subtes.

Los elementos varían según el motivo por el cuál la persona esté en la calle, y van desde una declaración jurada hasta una nota con la firma de un empleador.

Certificados para circular

Por el momento, hasta el 31 de marzo, fecha que podría ser modificada, solo pueden viajar en transporte público las personas exceptuadas del Aislamiento social preventivo y obligatorio. Sin embargo, para hacerlo de manera tranquila, deben llevar encima documentación de respaldo.

Justamente, el Ministerio de Transporte de la Nación dispuso la continuación del servicio del transporte público para todas aquellas personas que tienen que realizar tareas esenciales, pero las mismas deberán ser debidamente demostradas y justificadas.

Entre las situaciones especiales se contemplan tanto laborales como familiares, y cada una de ellas tiene una reglamentación especial.

Para trabajar

Quienes viajan porque su trabajo está dentro de las tareas esenciales que están exentas de la cuarentena obligatoria, deben llevar:

  • DNI
  • Certificado que debe otorgarle su empleador. En general se usa una hoja membretada donde se indican los datos del empleado.

Para atender a mayores

En este caso, el Gobierno dispuso en la página web del país una serie de elementos para descargar y completar. Además, hay otros elementos que llevar. Todo el trámite se completa con:

  • DNI propio
  • Declaración jurada para asistir a personas mayores
  • Los/as cuidadores/as profesionales deben contar con un certificado de su empleador que aclare que están a cargo de mayores.

Para traslado de niñas/os y adolescentes

Del mismo modo que para cuidar mayores, en este caso hay un formulario especial junto a otros elementos. Se debe llevar:

  • DNI propio y del niño, niña o adolescente que traslada.
  • Declaración jurada para asistencia a niños/as y adolescentes.

Un dato clave: las declaraciones juradas se pueden imprimir o hacer a mano en una hoja en blanco copiando todos los datos pedidos cada formulario publicado en la web.

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Quiénes pueden usar transporte público

Los servicios de transporte público seguirán funcionando durante este momento especial que vive el país, pero no lo harán con normalidad. De hecho, en la Ciudad de Buenos Aires, ya se cerraron varios accesos para quienes se movilizan desde provincia, aunque no así para estos medios que tienen sus ingresos garantizados.

A partir del Aislamiento, los diferentes medios funcionarán con cronograma de fin de semana o feriado, para que viajen exclusivamente las personas que quedan exceptuadas de la norma de Aislamiento Social Preventivo Obligatorio dictada por el gobierno nacional.

Quienes forman parte de este grupo son las siguientes actividades y servicios:

En primer lugar todo el personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Las autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires también pueden seguir circulando. Esto incluye a los trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

Lo mismo sucede con el personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes; y el personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Otro rubro específico integran aquellos que tienen que desplazarse para ayudar o asistir a menores y mayores.

Por un lado, contempla a las personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes. También personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Quienes están afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones deben seguir con sus servicios, aunque en este caso, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Las personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos y quienes se desempeñan en los servicios de comunicación audiovisual, radial y gráfica también podrán movilizarse.

En el orden público, quienes realicen tareas de obra pública pueden seguir yendo a sus trabajos.

Para garantizar el abastecimiento de alimento en los hogares, supermercados mayoristas y minoristas, y comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas seguirán abiertos, lo mismo que las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.Esto inlcuye las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

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Quienes realice actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil, y servicios digitales; así como otras ctividades impostergables vinculadas con el comercio exterior, pueden seguir sus tareas.

Es muy importante también el funcionamiento de los recolectores, transportes y tratamientos de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencia; Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP; yReparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Los servicios de lavandería; postales y de distribución de paquetería; esenciales de vigilancia, limpieza y guardia, también están habilitados para salir de sus casas y usar transporte público.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica; la Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Por último, las industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal; la producción y distribución de biocombustibles y la operación de centrales nucleares.

En el caso de los hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria, deberán garantizar las prestaciones a las personas que estén alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.

Es importante la operación de aeropuertos, operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas; así como el sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.

Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria. En ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma persona.

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13 thoughts on “¿Qué documentación hay que llevar para circular en la cuarentena?

  1. Tengo un almacén en lo barnechea q papel necesito para poder salir a comprar para abastecer este???

  2. Yo necesito un formulario para circular por ser trabajador independiente (trabajador informal ) (venta de productos de limpieza)

  3. Tengo una verdulería. Por favor necesito poder llegar al mercado central. No tengo como abastecer el negocio y no solo para poder seguir trabajando sino tmb que es para propio consumo. Abastezco el barrio pero nadie dice como abastecernos. Por favor ayuden a los que necesitamos seguir. Tengo 3 hijos a cargo y 1 hermano discapacitado. Necesito urgente seguir trabajando. De dónde saco un permiso para circular y llegar al mercado central?

    1. Hola necesito un permiso para poder ir a comprar en fl mercado central tengo una verdulería de barrio vivo en González catan y voy con un flete

  4. Hola necesito un permiso para poder ir a comprar en fl mercado central tengo una verdulería de barrio vivo en González catan y voy con un flete

    1. Voy a lomas de zamora a dejar a mis hijos con la madre .vivo en la boca tengo la declaración jurada nesesito algo más?

  5. Cómo tengo que hacer para traer a mi madre desde la capital de la Rioja. Para ir a buscarla. Tiene problemas de salud. Su Domicilio está en su casa de la Calera.

  6. Necesito atenderme con mi Diabetologo y tengo que viajar a otra localidad que necesito para viajar en transporte publico de un partido al otro (del partido de Tigre al partido de San Fernando de la Buena Vista en provincia de Buenos Aires

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