La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de facilidades de pago del Impuesto a las Ganancias, incorporando las multas al plan, reduciendo el pago inicial y extendiendo el plazo y las cuotas para regularizar las obligaciones. La adhesión estará disponible hasta el 31 de octubre.
Mediante la Resolución General 5742/2025, publicada en el Boletín Oficial, ARCA introdujo modificaciones al plan de facilidades establecido por la Resolución General 5.684. El régimen, que apunta a regularizar saldos del Impuesto a las Ganancias correspondientes a períodos fiscales no prescriptos, ahora incluirá también las multas vinculadas a las obligaciones alcanzadas.
Entre las principales novedades, se reduce el anticipo exigido del 3% al 2%, se amplía el número máximo de cuotas de 36 a 120 para determinados contribuyentes, y se eleva el monto mínimo de pago por cuota a $50.000 (o $500.000 para quienes apliquen el ajuste por inflación a quebrantos).
Plazos y condiciones
La adhesión al régimen estará habilitada hasta el 31 de octubre de 2025. Para los ejercicios comerciales cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, el plazo será el último día del quinto mes siguiente al vencimiento de la declaración jurada.
Además, ARCA abrió la posibilidad de refinanciar planes vigentes: los contribuyentes podrán solicitarlo entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre, sin necesidad de un nuevo pago a cuenta.
El organismo, que encabeza Juan Alberto Pazo, busca con esta medida dar más opciones a las empresas y contribuyentes para regularizar sus obligaciones en un contexto económico complejo. “La finalidad es simplificar el cumplimiento y dar herramientas más flexibles a quienes necesitan ordenar sus compromisos fiscales”, señalan desde ARCA.
La medida tendrá impacto en todo el país, especialmente en las provincias con fuerte presencia de pymes y contribuyentes que atraviesan procesos de reestructuración impositiva. Para Misiones, que cuenta con un tejido productivo compuesto mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas, el régimen puede representar una herramienta clave para evitar litigios y mejorar el flujo de capital en el sector privado.
La adhesión y la refinanciación estarán disponibles en el sistema “Mis Facilidades” desde el 12 de agosto y el 2 de septiembre, respectivamente.
El Gobierno simplifica la publicación de valores del Fondo Especial del Tabaco: ahora serán informados exclusivamente en la web oficial de ARCA
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificaron el mecanismo de publicación de los valores correspondientes al precio ponderado de venta al consumidor de cigarrillos y del adicional fijo del Fondo Especial del Tabaco (FET). A partir de ahora, esa información será difundida exclusivamente a través del micrositio “Tabaco” en el portal institucional de ARCA.
Nueva modalidad de publicación
La medida fue formalizada mediante la Resolución General Conjunta 5729/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, que modifica el artículo 5° de la Resolución Conjunta 2844/2010 (AFIP) y 264/2010 (SAGyP). Con este cambio, el organismo recaudador dejará de difundir estos valores mediante publicaciones impresas y se centralizará la información en línea.
En el comunicado oficial, las autoridades destacaron que la decisión busca “simplificar procedimientos, optimizar recursos y reducir costos”, en línea con la política del Estado nacional de fortalecer una administración pública eficiente y menos burocrática.
El FET, creado por la Ley 19.800, es una herramienta clave de redistribución y apoyo económico a las provincias tabacaleras —entre ellas Misiones, principal productora del país—, y se financia con un adicional sobre el precio de venta al público de los cigarrillos. Hasta ahora, el valor ponderado y el monto fijo del fondo se publicaban semestralmente en el Boletín Oficial. Con la nueva modalidad, la información seguirá actualizándose dos veces al año, pero solo estará disponible en el portal de ARCA (https://www.arca.gob.ar), donde se indicará el semestre de aplicación.
Impacto para el sector tabacalero
La modificación es de particular relevancia para las provincias productoras como Misiones, Salta y Jujuy, que dependen de estos fondos para sostener programas de apoyo a productores y el desarrollo de infraestructura vinculada a la actividad. Según fuentes del sector, la digitalización del sistema puede agilizar el acceso a la información y mejorar la previsibilidad de las transferencias.
El texto oficial remarca que los servicios jurídicos permanentes de ambas carteras intervinieron en el proceso, garantizando el encuadre legal del cambio.
La resolución entró en vigencia el mismo día de su publicación. Desde agosto, los productores, cámaras tabacaleras y gobiernos provinciales deberán consultar los valores exclusivamente a través del micrositio de ARCA, lo que marca una transición hacia un modelo 100% digital en la gestión del FET.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Aduana, puso en vigencia el régimen simplificado para compras de pequeños envíos desde Tierra del Fuego al resto del territorio nacional, lo que permitirá a los consumidores adquirir electrodomésticos desde la isla libres de impuestos y sin pago de IVA.
La Resolución General 5727/2025, publicada en el Boletín Oficial, instrumenta este nuevo beneficio para los ciudadanos, que a partir de ahora tendrán la posibilidad de comprar productos fueguinos por medio de sitios de venta online directamente a las firmas fabricantes.
Así, se podrán adquirir celulares, televisores, monitores, aires acondicionados y microondas para uso y consumo personal, que serán entregados directamente en el domicilio del comprador, remitidos por la empresa vendedora. Ello se enmarcará dentro de un nuevo Régimen de Envíos Simplificados dentro de la República Argentina, implementado para el traslado de productos desde el Área Aduanera Especial (AAE) al Territorio Continental Nacional (TCN).
El régimen contempla un tope de hasta tres unidades por producto por año calendario, con un tope de USD 3.000 por envío, y sin límites de peso. Contempla ventas directas del productor al consumidor, por lo cual cada empresa podrá abrir su propio portal para ofrecer sus artículos sin intermediarios comerciales.
Cabe destacar que posteriormente a las ventas, la Aduana podrá realizar fiscalizaciones para verificar que se haya cumplido el cupo anual por destinatario, que los productos tengan origen fueguino y estén correctamente declarados y, por último, que no exista comercialización indebida de los productos adquiridos.
¿Por qué se trata de un régimen simplificado?
La provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur constituye un área aduanera especial, por lo que los traslados de mercaderías desde allí al área continental argentina son operaciones sujetas a controles de esta dependencia de ARCA, ya que se consideran importaciones internas.
¿Qué ventaja tiene el consumidor?
Los consumidores podrán adquirir los productos directamente de los fabricantes sin necesidad de pasar por una cadena o casa de electrodomésticos, y a un menor precio, dado que no pagarán IVA.
Para más información se podrá consultar el micrositio “Pequeño envío AAE”, en el sitio web de ARCA.
La petrolera YPF volvió a ajustar el precio de los combustibles a partir de este lunes, con un incremento promedio del 2,5 por ciento que ya se refleja en las estaciones de servicio de Misiones. En Posadas, la nafta súper pasó de $1.356 a $1.390 por litro, mientras que la Infinia escaló de $1.565 a $1.604. En cuanto al gasoil, el Diésel 500 (grado 2) registró un salto llamativo: de $1.373 a $1.407, y el Infinia Diésel avanzó de $1.568 a $1.607 por litro.
Este nuevo ajuste ocurre apenas tres semanas después del aumento anterior, aplicado el 1 de julio, cuando la suba en Misiones fue sensiblemente mayor que el promedio nacional. En aquella oportunidad, YPF dispuso un incremento del 3,5% en todo el país, pero en Misiones los combustibles escalaron entre 5,28% y 5,32%, consolidando una de las brechas de precios más marcadas respecto a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
A modo de comparación, la nafta súper aumentó en Posadas un 7,8% en menos de un mes, al pasar de $1.288 el 1 de julio a los actuales $1.390. La Infinia, por su parte, trepó un 8,3% en el mismo período, desde los $1.486 a $1.604.
Desde la asunción de Javier Milei, en diciembre de 2023, la nafta súper acumula un incremento del 181,44% en Posadas (costaba $485) y la Infinia aumentó 168,44%, desde los $583.
Los precios en CABA continúan siendo considerablemente más bajos. Según el portal especializado Surtidores, el litro de Súper en la capital cuesta $1.228, mientras que la Infinia se vende a $1.454. Así, la diferencia con Posadas es de $162 por litro en el caso de la Súper y de $150 en la Infinia. Esta disparidad responde a una combinación de factores: la política de precios regionales que aplica YPF, los mayores costos logísticos y las cargas tributarias diferenciales que afectan al mercado del norte argentino.
Además de YPF, las demás petroleras también actualizaron sus pizarras en la provincia. En estaciones Shell, la Nafta Súper se ofrece a $1.433, la V-Power a $1.665, la Fórmula Diesel a $1.459 y la V-Power Diesel a $1.695. En Axion, la Súper cuesta $1.395, la Quantum $1.654, el Diesel común $1.487 y el Quantum Diesel $1.695.
En un contexto de estancamiento en las ventas y fuerte presión sobre los costos operativos, las estaciones de servicio advierten que el margen de rentabilidad continúa en niveles críticos, especialmente en regiones alejadas de los centros de refinación. Mientras tanto, el impacto en el bolsillo del consumidor se agrava, sobre todo en provincias como Misiones donde el combustible es más caro que en gran parte del país.
Un nuevo informe de Focus Market, liderado por el economista Damián Di Pace, advierte sobre las profundas distorsiones entre el régimen simplificado del Monotributo y el de autónomos, que penalizan con bruscos saltos de carga tributaria a quienes buscan crecer y formalizarse. En vísperas del período de recategorización de julio-agosto 2025, el análisis propone revisar topes, escalas y modalidades de transición para evitar que el sistema siga expulsando contribuyentes hacia la informalidad.
Desde Focus Market elaboraron el siguiente Informe donde muestran que cambios debería tener el Monotributo y Autónomos para que sea un tributo más equilibrado.
“A los argentinos muchas veces nos cuesta ponernos de acuerdo, pero existe algo en lo que todos coincidimos: nadie quiere ser autónomo. El Monotributo, con todos sus límites, es la última trinchera para no caer en un régimen tributario que parece hecho para castigar al que trabaja por su cuenta. Se viene la recategorización del monotributo en Julio y hasta Agosto 2025 y es un buen momento para pensar donde estamos parados y que mejoras se le podría realizar al régimen para evitar distorsiones”, expresó Damián Di Pace.
Desde su creación en 1998 mediante la Ley 24.977, el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes fue pensado como una herramienta de inclusión fiscal y protección social. Su objetivo era claro: formalizar a trabajadoras y trabajadores con bajos ingresos, brindándoles acceso a una cobertura previsional y de salud básica, mediante un sistema tributario simple y de bajo costo.
En el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional uno de los ítems es “armonización del Monotributo”. A lo largo de los años, este régimen se convirtió en la puerta de entrada al sistema formal para millones de argentinos. Pero también, con el correr del tiempo y la persistente inflación, el Monotributo fue perdiendo su capacidad de adaptación a la realidad económica del país. Los parámetros que definen las escalas quedaron muchas veces desactualizados, haciendo que quienes deberían seguir dentro del régimen simplificado terminen expulsados hacia el sistema general de autónomos, mucho más costoso y complejo.
Aunque actualmente la inflación muestra signos de moderación, los topes del Monotributo siguen desfasados, especialmente si se los compara en dólares o frente a los regímenes de otros países. Hasta el mes de Junio 2025 la categoría más baja (A) permitía facturar hasta $651.088 mensuales (unos USD 581), mientras que la más alta (K) tenía un tope anual de $82.370.281 (USD 73.527).
Fuente: Focus Market en base a ARCA
En contraste, al momento de su creación, el régimen permitía facturar hasta $144.000 anuales, que equivalía a USD 144.000 (dado el 1 a 1 con el dólar). Si se ajustara ese monto por inflación (IPC), el tope máximo actual debería rondar los $108.630.755 (USD 96.968), lo que deja en evidencia el atraso relativo del sistema
Este diagnóstico aparece también reflejado en el reciente acuerdo de Argentina con el FMI. Más allá de las metas fiscales y monetarias, el organismo internacional planteó una serie de reformas estructurales necesarias para el país. Entre ellas, destacó que el sistema tributario argentino es “excesivamente complejo y distorsivo”, con más de 155 tributos, aunque solo seis de ellos concentran el 80% de la recaudación. En ese marco, se recomendó avanzar hacia un esquema más simple, progresivo y eficiente, que incluya una transición más ordenada desde el Monotributo hacia el régimen general y una revisión profunda del impuesto a las ganancias.
Un monotributista de la categoría máxima, hoy, puede facturar hasta $82.370.281 al año y paga una cuota fija mensual de $1.050.323. Esa cifra incluye el impuesto integrado, el aporte jubilatorio (SIPA) y el aporte a la obra social.
Sin embargo, al exceder ese umbral, el contribuyente es expulsado del Monotributo y cae directamente en el régimen general, donde la carga impositiva se multiplica: pasa a tributar IVA (21% en la mayoría de los casos), Ingresos Brutos (del 3% en adelante según la jurisdicción) e Impuesto a las Ganancias, con alícuotas progresivas que alcanzan hasta el 35%.
Supongamos un profesional inscripto en la categoría K, con una facturación anual de $82.370.281. Bajo el régimen de Monotributo, paga una cuota fija mensual de $1.050.323, lo que representa aproximadamente $12.603.876 al año. Esto equivale a cerca del 15,3% de su facturación bruta anual. Sin embargo, si este mismo contribuyente excediera el límite del Monotributo y pasara al régimen general de autónomos, la situación cambiaría radicalmente. Considerando los impuestos, mencionados anteriormente, su carga tributaria total alcanzaría aproximadamente el 45% de su facturación, es decir, unos $37.066.626 anuales. Así, pasaría de pagar alrededor del 15% al 45% de su facturación en concepto de impuestos, en un salto abrupto y desincentivador.
La misma dinámica se observa en escalas menores. Un contribuyente de categoría H, con una facturación anual de $53.298.417, paga actualmente una cuota mensual de Monotributo de $340.061, lo que representa un total anual de $4.080.732. En términos relativos, este monto equivale apenas al 7,65% de su facturación bruta. Pero si al superar el tope se viera obligado a ingresar al régimen general de autónomos, bajo los mismos supuestos de carga impositiva, su carga escalaría fácilmente al 42% o más de su facturación, alcanzando en términos nominales alrededor de $22.385.334 anuales.
Estos ejemplos muestran con claridad que el problema no es solo el tope del Monotributo en sí, sino la enorme diferencia de carga tributaria entre uno y otro régimen, lo que desincentiva abiertamente el crecimiento y la formalización completa de los contribuyentes, Así, quien intenta crecer, pasa de ser un pequeño contribuyente a convertirse en un condenado tributario.
“El Monotributo argentino, aunque fue una herramienta útil en sus inicios, necesita de una urgente actualización, tanto en términos de su capacidad de adaptación a la inflación como en su diseño, para que los emprendedores no se vean obligados a optar entre mantenerse en la informalidad o enfrentarse a un régimen que castiga más de lo que acompaña”, indicó Damián Di Pace Director de la Consultora Focus Market.
¿Cómo es el régimen simplificado en otros países? ¿Qué ideas podríamos tomar?
Al observar los regímenes tributarios de otros países, surgen alternativas que podrían inspirar una reforma en el sistema fiscal argentino, especialmente cuando hablamos de la carga tributaria sobre pequeños y medianos contribuyentes.
El Flat Tax o “impuesto único” es una opción que muchos países han adoptado como alternativa al sistema progresivo tradicional. Este sistema tiene como principal virtud eliminar las distorsiones económicas que genera un sistema progresivo, generando un importante incentivo al crecimiento personal y empresarial, pues el esfuerzo adicional no se ve penalizado con tasas más altas. Esto evita lo que se denomina “enanismo fiscal”, donde los contribuyentes prefieren quedarse en una categoría baja para evitar los costos tributarios que implican escalar.
En Estados Unidos, el flat tax se aplica de manera escalonada, con tasas que comienzan en el 10% para los primeros ingresos de hasta USD 11.600 y alcanzan hasta el 37% para ingresos superiores a USD 609.351.
Cabe destacar que, mientras la categoría máxima del Monotributo en Argentina permite facturar hasta USD 73.527, los límites de ingresos del flat tax estadounidense son considerablemente más altos, lo que facilita que los pequeños contribuyentes puedan crecer sin ser absorbidos por un sistema tributario que puede resultar penalizador.El régimen tributario de Brasil para microempresas y pequeñas empresas, el Simples Nacional, permite la recaudación de impuestos en un solo formulario, simplificando la administración fiscal y reduciendo la carga burocrática. Las empresas tienen la ventaja de pagar un solo tributo que incluye impuestos federales, municipales y estatales.
La tabla de escalas del Simples Nacional comienza con una alícuota baja de alrededor del 4% para ingresos anuales de hasta USD 31.532, y sube gradualmente hasta un 19% para ingresos de hasta USD 840.859. Este sistema es muy favorable para las pequeñas empresas, ya que mantiene las tarifas accesibles y favorece el crecimiento dentro del régimen sin forzar a los contribuyentes a saltar a un sistema fiscal más complejo y costoso.
En el caso de Uruguay, el Monotributo está dirigido a quienes realizan actividades de pequeña escala, como las de trabajadores autónomos o emprendedores de bajo volumen de facturación. Al igual que el régimen argentino, se concentra en un único tributo que incluye tanto los aportes al sistema de seguridad social (BPS) como los impuestos nacionales vigentes.
Se divide en dos categorías principales: los unipersonales, con un límite de ingresos anuales de USD 28.155, y las sociedades de hecho, con un límite de USD 46.925. Si bien los topes de facturación son más bajos que los del régimen argentino, el sistema uruguayo es conocido por su simplicidad administrativa y la flexibilidad para pequeños contribuyentes. Además, la transición entre el Monotributo y el régimen general es más gradual, lo que da más tiempo para adaptarse a nuevas exigencias fiscales.
Los regímenes tributarios de Estados Unidos, Brasil y Uruguay ofrecen modelos interesantes para repensar el sistema fiscal argentino. El flat tax de Estados Unidos, con su simplicidad y foco en incentivar el crecimiento sin castigar el esfuerzo, podría ser una excelente alternativa para eliminar las distorsiones y desincentivos económicos del sistema argentino.
Por su parte, el Simples Nacional de Brasil muestra cómo un sistema unificado de impuestos, con tasas progresivas pero accesibles, puede simplificar la tributación de las pequeñas empresas sin sobrecargarlas. Y el Monotributo uruguayo, con su enfoque en la simplicidad administrativa y su capacidad de adaptarse a la realidad de los pequeños contribuyentes, es una opción a considerar para aliviar la carga fiscal y fomentar la formalización.
La clave radica en encontrar un sistema fiscal que no sólo sea más simple, sino que también impulse el crecimiento económico y la formalización, sin penalizar el esfuerzo de los contribuyentes.
A su vez, recordemos que aquellos que deseen usar los dólares del colchón no serán observados por su patrimonio si se pasan al régimen simplificado de impuesto a las ganancias, pero aún con una alícuota y carga tributaria muy grande. Sería bueno pensar en un régimen anterior al de ganancias similar al flat tax en Estados Unidos con una carga tributaria menor pero previsible y pagable.