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Los gobernadores envían al Congreso dos proyectos para aumentar los fondos que reciben las provincias

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Avance de los gobernadores: presentan proyectos en el Congreso para redirigir fondos del ICL a las provincias. Con apoyo transversal en el Senado, mandatarios provinciales buscan redistribuir recursos del Impuesto a los Combustibles Líquidos y reforzar la coparticipación. Se eliminan fideicomisos sectoriales y se plantea un esquema más transparente sin afectar el equilibrio fiscal.

Golpe político de los gobernadores al Ejecutivo

En una nueva escalada institucional frente al Gobierno nacional, 22 gobernadores y el jefe de Gobierno porteño presentaron en el Congreso dos proyectos de ley que apuntan a modificar el destino de los recursos generados por el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL). La medida busca aumentar los fondos coparticipables que reciben las provincias, en respuesta al ajuste fiscal y la transferencia de competencias que ejecutó la administración de Javier Milei.

Las iniciativas cuentan con el respaldo de una mayoría transversal en el Senado, con la firma de referentes como Juliana Di Tullio, José Mayans, Eduardo Vischi, Fernando Salino y Carlos Espínola, lo que sugiere un respaldo político amplio para avanzar en el tratamiento legislativo.

Fin a los fideicomisos y redistribución automática de recursos

El primer proyecto propone eliminar fideicomisos considerados “poco transparentes”, como:

  • Fondo Fiduciario de Infraestructura Hídrica
  • Fondo de Infraestructura de Transporte
  • Sistema Vial Integrado
  • Fondo Compensador del Transporte
  • Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior
  • Fondo Nacional de la Vivienda

Estos fondos, que actualmente capturan alrededor de $500.000 millones de los $1,5 billones recaudados por el ICL, serían reemplazados por un esquema de distribución automática y proporcional a la Ley de Coparticipación Federal (Ley 23.548).

La nueva propuesta de reparto de la recaudación del ICL establece:

  • 14,29% para el Tesoro Nacional
  • 57,02% para las provincias
  • 28,69% para el Sistema Único de Seguridad Social (Anses)

Dentro de los fondos provinciales, el 25% se repartiría en partes iguales entre todas las jurisdicciones, y el 75% restante según los coeficientes de coparticipación vigentes.

Proyecto Impuesto a Los Combustibles Gobernadores by CristianMilciades

Segundo proyecto: rediseño del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional

El segundo proyecto complementario plantea incorporar un nuevo artículo a la Ley 11.672 (Ley Complementaria Permanente de Presupuesto) para que los recursos del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) se redistribuyan diaria y automáticamente, también bajo el esquema de coparticipación.

La intención de fondo es acotar la discrecionalidad en el manejo de los ATN, garantizando un reparto más equitativo y previsible de esos recursos.

Proyecto ATN Gobernadores by CristianMilciades

Ambas iniciativas surgieron tras el fracaso de las negociaciones entre el Ejecutivo y las provincias, en las que se propuso coparticipar parcialmente el ICL, pero a cambio de transferir rutas nacionales, lo cual fue rechazado por los ministros de Economía provinciales.

Desde la Casa Rosada, el jefe de Gabinete Guillermo Francos ya anticipó que el Gobierno vetará cualquier ley que afecte el equilibrio fiscal. Sin embargo, los gobernadores insisten en que la medida no genera nuevos gastos ni desequilibrios, ya que se trata de un redireccionamiento de fondos existentes, actualmente asignados a fideicomisos sectoriales con escasa transparencia y alto grado de discrecionalidad.

El avance de los gobernadores en el Congreso representa una señal de autonomía creciente de las provincias, que buscan recuperar capacidad de gestión en un escenario de ajuste y recentralización. La pulseada con el Gobierno nacional promete nuevos capítulos legislativos, donde el eje ya no será solo el equilibrio fiscal, sino también la calidad institucional en el reparto de recursos federales.

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Extienden el plazo para declarar ingresos brutos por superposición de vencimientos

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Extienden al 4 de julio el plazo para presentar la declaración CM05 del Convenio Multilateral

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral dispuso extender hasta el 4 de julio de 2025 el plazo para presentar la declaración jurada anual CM05, correspondiente al período fiscal 2024. La decisión fue oficializada a través de la Disposición 9/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Motivos de la prórroga: superposición con otros vencimientos

El aplazamiento responde a numerosos planteos realizados por contribuyentes, consejos profesionales y entidades del ámbito tributario, quienes manifestaron dificultades operativas derivadas de la coincidencia de fechas con otros vencimientos clave. Entre ellos, se destacan:

  • La presentación de Ganancias Personas Jurídicas.
  • La presentación del Libro IVA Digital.
  • El vencimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Ante esta superposición, y en el marco de un “diálogo institucional” con actores del sistema tributario, la Comisión Arbitral resolvió postergar la fecha original del 30 de junio hasta el viernes 4 de julio, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La presentación del Formulario CM05 debe realizarse aplicando el coeficiente unificado establecido por la Resolución General N° 10/2019, que rige el procedimiento para determinar la distribución del impuesto entre las jurisdicciones provinciales participantes del régimen del Convenio Multilateral.

Este coeficiente resulta fundamental para definir la proporción del impuesto sobre los Ingresos Brutos que corresponde a cada provincia donde el contribuyente desarrolla actividad económica, en función de parámetros de ingresos y gastos.

La disposición firmada por el presidente de la Comisión Arbitral, Luis María Capellano, también instruye a las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral a dictar, si corresponde, normas complementarias para garantizar la implementación homogénea de la prórroga.

Esta prórroga representa una respuesta institucional a los reiterados reclamos del sector privado y profesional contable, que desde hace años reclaman mayor previsibilidad en el cronograma impositivo y mejor articulación entre organismos recaudadores.

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Fuerte crecimiento en exportaciones impulsa la recaudación, pero caen anticipos de Ganancias

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Exportaciones, vencimientos y menor presión tributaria sobre empresas: el cóctel detrás del desempeño fiscal de junio. La recaudación nacional de junio cerró con una entrada de $16.2 billones y aumentó en la comparación un 43,3% interanual y un 2,4% real interanual, revirtiendo la caída de la recaudación del mes anterior. Iva Seguridad Social representan la mitad de la recaudación total.

De acuerdo con el tributarista Nadin Argañaraz, la recaudación en estos impuestos fue la que más cayó: “sin tener en cuenta la eliminación del impuesto PAIS, Ganancias habría caído en un 18% real interanual. Los otros tributos con descensos serían Créditos y Débitos en c/c (-13,3%) e internos coparticipados (-10%)”.

La recaudación tributaria de la Argentina alcanzó en junio $16,18 billones, con una suba interanual del 43,3%. El acumulado del primer semestre ascendió a $87,01 billones, con una variación interanual del 55,3%, según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ex AFIP. El desempeño del mes estuvo marcado por factores extraordinarios que impulsaron los ingresos, aunque también se evidenció el impacto de la reducción de anticipos y la eliminación de tributos como el Impuesto PAIS.

Entre los factores que explican el crecimiento, destaca el fuerte salto en los Derechos de Exportación, que aportaron $1,21 billones, con un crecimiento interanual del 183,9%. Este fue el último mes de vigencia del régimen de reducción transitoria de aranceles que regía para varios productos, como porotos de soja (del 33% al 26%) y aceite de soja (del 31% al 24,5%), estipulado en el Decreto 38/2025. La normativa aún mantiene rebajas para trigo y cebada hasta marzo de 2026.

También impactó positivamente el vencimiento de las presentaciones de Ganancias y Bienes Personales para personas humanas y sociedades. En 2024, ese cronograma había sido prorrogado, lo que generó una baja base de comparación. Este junio, los pagos efectivos se realizaron con los parámetros de la Ley 27.743, que actualiza escalas según inflación.

En paralelo, Bienes Personales registró un alza interanual del 265%, recaudando $1,17 billones, y Acciones y Participaciones también mejoraron su desempeño frente al año pasado.

No obstante, el informe oficial también marca una caída en la recaudación de anticipos del Impuesto a las Ganancias para Sociedades, debido a una modificación del régimen que redujo la alícuota del primer anticipo del 25% al 11,11%. Esto afectó especialmente a las empresas con cierre fiscal en diciembre.

Además, el extraordinario aporte del sector financiero al impuesto en 2023 distorsionó la comparación interanual, ya que ese impacto se sintió en los anticipos de junio 2024, elevando la base.

En total, el impuesto a las Ganancias recaudó $2,88 billones, apenas un 14,7% más interanual, muy por debajo de la inflación estimada para el período.

El IVA neto mostró un crecimiento sólido: recaudó $5,11 billones, con una suba del 50,5%. El componente impositivo trepó 54,3% y el aduanero, 44%. Aportaron positivamente la suba del tipo de cambio, mayores importaciones y dos días hábiles extra respecto a 2024, aunque se vio atenuado por mayores devoluciones a exportadores y por la derogación de la suspensión de certificados de exclusión, que en 2024 había incrementado las percepciones.

En tanto, los ingresos por Seguridad Social crecieron 57,5%, alcanzando $3,53 billones, principalmente por el aumento de las remuneraciones promedio brutas.

Uno de los factores que recortaron la base de comparación fue la eliminación del Impuesto PAIS a partir de marzo, que en junio de 2024 había generado ingresos por $780.042 millones.

Pese a los impulsos puntuales que beneficiaron la recaudación de junio, el informe también evidencia señales de debilitamiento estructural, en particular por la caída en Ganancias de sociedades y la menor presión de tributos como PAIS. Esto plantea desafíos para los próximos meses, donde la desaceleración inflacionaria y el ajuste fiscal podrían comenzar a reflejarse con mayor claridad en los ingresos tributarios.

Además, las reformas impositivas en curso y los cambios en el esquema de anticipos podrían tensionar aún más la recaudación sin medidas compensatorias.

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Prorrogan hasta junio de 2026 la suspensión de ejecuciones fiscales a empresas del régimen industrial

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Prorrogan la suspensión de ejecuciones fiscales a empresas del régimen de promoción industrial hasta junio de 2026

La medida busca garantizar la continuidad de un proceso de verificación clave para definir la condonación de deudas de firmas beneficiarias de la Ley 22.021

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la prórroga de la suspensión de ejecuciones fiscales contra empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial de la Ley 22.021, ampliando el plazo hasta el 30 de junio de 2026. La medida se formalizó a través de la Resolución General 5717/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La disposición responde a la necesidad de finalizar los procesos de verificación y emisión de los Certificados de Cumplimiento Promocional, instrumento que acredita el derecho de las empresas a la condonación de deudas originadas por uso indebido o excesivo de bonos fiscales otorgados hasta el período 2015.

La condonación fue establecida originalmente en el artículo 116 bis de la Ley 11.672 —complementaria permanente de presupuesto—, incorporado por el artículo 79 de la Ley 27.341. Esta última ley aprobó el Presupuesto Nacional para el ejercicio 2017 y reconoció el beneficio para aquellas empresas que utilizaron una cantidad de bonos fiscales superior a la reconocida originalmente, en el marco del régimen de promoción industrial.

Mediante el Decreto 651/2017, el Poder Ejecutivo instruyó a los entonces ministerios de Hacienda y Producción a implementar el procedimiento para el otorgamiento de la condonación. A tal fin, se dictó la Resolución Conjunta N° 6/2017, que estableció que las empresas debían gestionar un Certificado de Cumplimiento Promocional, considerado suficiente para acreditar la regularización ante el fisco.

La nueva prórroga se suma a una larga serie de extensiones previamente dispuestas por ARCA (ex AFIP), a través de las Resoluciones Generales 4129, 4247, 4388, 4537, 4663, 4780, 4894, 5021, 5208, 5381, 5470 y 5627, que llevaron la suspensión de ejecuciones fiscales hasta el 30 de junio de 2025.

Sin embargo, según indica la resolución vigente, aún resta concluir la evaluación de varias solicitudes y certificados, motivo por el cual se amplía un año más el plazo de gracia para las empresas involucradas.

Desde ARCA indicaron que la extensión se fundamenta en la complejidad de los procesos administrativos y la necesidad de respetar garantías legales en el análisis de la documentación presentada por las compañías. La medida fue avalada por áreas clave del organismo, como las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Fiscalización e Institucional, y la Dirección General Impositiva.

La resolución lleva la firma del director ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, y entrará en vigencia el 1° de julio de 2025.

La prórroga otorga un respiro a un importante número de empresas industriales, muchas de ellas radicadas en zonas de promoción económica, que se encuentran a la espera de una definición sobre su situación fiscal. También contribuye a preservar la estabilidad operativa del régimen promocional, evitando embargos o acciones judiciales mientras se sustancia el proceso de regularización.

En un contexto económico donde la presión fiscal y la litigiosidad tributaria son factores críticos, la decisión de ARCA apunta a brindar previsibilidad tanto a las empresas como al Estado, que deberá concluir los análisis y emitir los certificados pendientes durante este nuevo plazo de suspensión.

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Después de pagar los costos ¿qué pasa con lo que queda? 63,6% para pagar impuestos

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Para producir es necesario pagar diferentes costos: las semillas, los fertilizantes, los salarios, fletes, seguros, etc. Una vez que se cosecha, se vende el cultivo. La plata que queda después de pagar los costos se divide en 3: el valor de quienes alquilan la tierra para producir (26,6%), la ganancia (9,8%) y los impuestos que se pagan (63,6%). Esto último medimos en el Índice FADA, cuánto es el peso de los impuestos para quienes trabajan la tierra”, explica Nicolle Pisani Claro, Economista Jefe FADA. 

El Índice subió comparado a la medición de marzo. “Aún con el efecto de la baja temporal de Derechos de Exportación (DEX), la caída en los precios fue tal que genera un menor valor de la producción de los granos y, con ello, un mayor peso de los impuestos”, revela Antonella Semadeni, economista FADA. 

¿Qué está pasando con el trigo?

“En el marco del inicio de la campaña de trigo y dado que es el único cultivo de los que analizamos al cual se le prorrogó la baja temporal de DEX, resulta interesante hacer un repaso de su situación”, sostiene Pisani Claro. 

Los precios de junio 2025 se encuentran muy por debajo del promedio de los últimos cinco años. Comparado con el promedio desde marzo 2020 a la actualidad, hoy el trigo está 20% por debajo. Si se contrasta con la medición anterior de FADA (marzo 2025) se ve una caída del precio del 6%. Al analizarlo en relación a un año atrás, la caída es del 28,2% del precio.

Si los precios son menores, la renta del productor es menor, porque recibe menos dinero por los granos que vende, pero sigue pagando los mismos impuestos. Por eso el peso del Estado es mayor”, argumenta la economista.

El panorama para esta campaña de trigo no es alentador. Con caída de precio y suba de algunos insumos, el índice trepa al 78%. “Se necesitaría un precio local más cercano a los USD 220 por tonelada para mejorar el resultado, pero hoy está en USD 200 por tonelada”, afirma Semadeni.

Por cultivos, por jurisdicción y por provincia

El peso de los impuestos en soja es del 65,9%, maíz 53,4%, trigo 78,2% y girasol 63,2%. “Se anunció que la reducción temporal de DEX sólo se prorroga para trigo, con el retorno de retenciones para los demás cultivos los índices aumentarían a: el promedio nacional 67%, 70% en soja, 56% en maíz y 67% en girasol”, sostiene Pisani Claro.

De todos los impuestos que paga una hectárea agrícola, el 63,8% son nacionales no coparticipables, es decir, que no vuelven a las provincias. El 28,4% son nacionales coparticipables, 6,8% corresponde a los impuestos que cobran las provincias y un 1% son los municipales.

Mientras el Índice FADA nacional es de 63,6%, las provincias muestran diferencias según costos, producción e impuestos locales. Córdoba registra un 64%, Buenos Aires 59,7%, Santa Fe 58,6%, La Pampa 62%, Entre Ríos 69,1% y San Luis: 61,1. A modo de resumen: en todas las provincias analizadas se paga impuesto inmobiliario rural e impuesto a los sellos para la compraventa de granos.  En Buenos Aires, Entre Ríos, La Pampa y San Luis se pagan Ingresos Brutos con diferentes porcentajes. En Córdoba y Santa Fe la actividad está exenta.  Buenos Aires y Santa Fe tienen tasas municipales, mientras que La Pampa tiene las guías cerealeras. Córdoba, San Luis y Entre Ríos no tienen imposiciones a nivel local. San Luis y La Pampa tienen impuestos al estilo de aduanas internas.

“Cada una de estas provincias enfrenta realidades distintas en cuanto a sus rindes, estructura de costos e impuestos, lo que explica la variabilidad de estos resultados”, concluye Pisani Claro.

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