Vence la obligación para Estaciones de Servicio de presentar las declaraciones de exposición a agentes cancerígenos

Según la normativa vigente, antes del primer día de abril, los expendedores deben realizar la declaratoria correspondiente al año 2022, a través de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo respectivas, manteniendo las historias clínicas de la totalidad del plantel de trabajadores que operan en cada establecimiento.
El asesor en Seguridad e Higiene, Mariano Sobrero, advirtió que se acerca la finalización del plazo de presentación de la DDJJ de la Resolución de la SRT 81/2019, sobre los Sistemas de Vigilancia y Control de Sustancias y Agentes Cancerígenos, dentro del cual se encuentran las Estaciones de Servicio con expendio de combustibles líquidos o duales.
Sobrero recordó que la norma comenzó a aplicarse en el año 2019, en reemplazo de la Resolución 415 del 2002 y modificó la Resolución 463/09, que implica el Relevamiento General de Riesgos Laborales.
Agregó que dicha presentación debe realizarse todos los años con la información correspondiente al año calendario anterior y expresó que de no cumplir con los tiempos y los datos exactos, el estacionero puede ser plausible de sanciones.
“La inscripción deberán hacerla en conjunto el empleador, el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo y el Servicio de Medicina Laboral. Las Estaciones que no cuenten con ambos servicios, podrán realizar la inscripción, pero se generarán observaciones”, explicó Sobrero.
Para ello, consignó que se deberá elevar la información de trabajadores expuestos y no expuestos, por lo cual es obligatorio cargar la nómina completa del personal de la Estación de Servicio, destacando en el mismo documento, quienes están involucrados en el despacho de combustibles y quienes no lo están.
El especialista recalcó además que, tal como establece la resolución oficial, los establecimientos están obligados a declarar a todos los proveedores de sustancias cancerígenas que le suministraron naftas durante el año 2022.
Por último, consideró muy importante conservar toda la documentación que se declara. En este caso pueden ser los procedimientos de trabajo relacionado con el expendio de combustibles, las hojas de seguridad de los productos relacionados, las constancias de entrega de elementos de protección personal y ropa de trabajo de los empleados, capacitación del plantel, exámenes médicos preocupacionales y periódicos, así como las mediciones ambientales de benceno.
Fuente: Redacción Surtidores
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