El Gobierno lanza un mecanismo para incorporar personal sin establecer una relación laboral – Economis

El Gobierno lanza un mecanismo para incorporar personal sin establecer una relación laboral

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El Ministerio de Producción y Trabajo (MPyT) presentó una herramienta por la cual no se establece una relación laboral entre la empresa y los trabajadores, sino un acuerdo de entrenamiento.
Se trata de un esquema que brinda incentivos económicos a las empresas – entre ellas las Estaciones de Servicio -para que capaciten aprendices en los puestos que necesitan. Luego tienen la posibilidad de incorporarlos ya entrenados a la hora de una gran demanda de mano de obra.
Para los expendedores, resulta una medida positiva, aunque están analizando su alcance. No obstante afirman que actualmente las ventas en baja obstaculizan la incorporación de personal, aun en estas condiciones.
ALCANCES DEL PROGRAMA  
Los trabajadores desocupados reciben a cambio, una ayuda económica de $5.400 mensuales a cargo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación o en forma conjunta con la empresa, dependiendo de su tamaño.
Los requisitos para las empresas son los siguientes:

  • Designar un tutor cada 10 participantes.
  • Garantizar una cobertura de seguro de accidentes personales y un Plan Médico Obligatorio para los participantes.
  • Abonar parte de la ayuda económica que reciben los aprendices (excepto las microempresas).

Las empresas que deseen incorporar aprendices deben contactarse con la Oficina de Empleo local, que las asesorará y realizará el proceso de preselección de candidatos de acuerdo al perfil requerido. Los trabajadores desocupados, en tanto, deben asistir la Oficina de Empleo local para informarse de las convocatorias vigentes.
Las Resoluciones SE N°905/2010 y N°1032/2014 establecen que la empresa debe abonar como mínimo el Programa Médico Obligatorio, un seguro de accidentes personales y, si corresponde, parte de lo que reciben los aprendices. En cuanto al pago de pasajes, desayuno, refrigerio, u otros que quieran brindarse dentro del período establecido dentro de las 20 horas semanales, queda a criterio del empleador.
En caso de no realizar contrataciones de los aprendices del proyecto finalizado, la firma deberá esperar seis meses para realizar una nueva presentación o una temporada en el caso de actividades de temporada.
Respecto a la selección de las personas a capacitar, la Oficina de Empleo realiza una búsqueda en base al perfil que demande la empresa. Se preseleccionan los posibles candidatos y se los deriva a la empresa para que los entrevisten, y esta es la instancia decisiva para la selección, es decir que finalmente la empresa es la que decide a quién enseñará.
Tutor puede ser cualquier persona empleada por la empresa con cargo de jefatura y/o capataz, que conozca las tareas del puesto a entrenar, de modo que pueda enseñar y monitorear el desempeño de cada aprendiz y realizar un informe del avance producido”, explican desde el MPyT. También es la persona que funcionará como nexo entre el aprendiz, la Oficina de Empleo y la empresa.

 

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