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ARCA amplía el alivio fiscal al sector salud: prestadores podrán regularizar deudas hasta el 30 de octubre

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el alcance del régimen especial de facilidades de pago para contribuyentes del sistema sanitario. A través de la Resolución General 5874/2026, el organismo dejó de limitar el beneficio a establecimientos con internación e incorporó al conjunto de los prestadores de salud, atendiendo un pedido formulado por la Confederación Argentina de Prestadores de Salud (CAPS).

La modificación también extiende el plazo para adherirse al programa hasta el 30 de octubre de 2026, otorgando más tiempo para que clínicas, sanatorios, centros de diagnóstico, consultorios y otros actores del sistema regularicen obligaciones vencidas al 31 de mayo de 2026.

La resolución modifica el régimen creado por la Resolución General 5858, que originalmente estaba destinado a establecimientos de salud con internación. Con el nuevo esquema, el beneficio alcanza a un universo mucho más amplio de contribuyentes vinculados a la prestación de servicios sanitarios.

El fundamento de la decisión se apoya en las dificultades económicas y financieras planteadas por las entidades representativas del sector y en la necesidad de preservar el funcionamiento de una actividad considerada de interés público.

Para ARCA, facilitar la regularización tributaria también constituye una herramienta para mejorar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales sin recurrir a procesos de ejecución o litigios.

Qué cambia para los prestadores

La norma introduce modificaciones operativas que simplifican el acceso al programa.

Los principales cambios son:

  • El régimen se amplía a todos los contribuyentes del sector salud, ya no únicamente a establecimientos con internación.
  • Se crea la caracterización “533 – Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud” dentro del Sistema Registral.
  • La adhesión se prorroga hasta el 30 de octubre de 2026.
  • El trámite se realiza mediante “Mis Facilidades”, utilizando el plan denominado “Plan Especial Sector Salud – Obligaciones vencidas al 31/05/2026”.

La nueva caracterización convivirá con el código 481, correspondiente a establecimientos con internación, ampliando así el universo de contribuyentes habilitados para ingresar al régimen.

Para el entramado sanitario privado, el principal efecto económico radica en la posibilidad de reordenar pasivos fiscales sin afectar de manera inmediata el flujo de fondos.

En una actividad intensiva en recursos humanos, equipamiento médico y tecnología, la regularización de obligaciones tributarias permite liberar capacidad financiera para sostener operaciones, afrontar inversiones y preservar la cadena de pagos con proveedores.

El beneficio también reduce el riesgo de medidas cautelares o restricciones derivadas del incumplimiento fiscal, un aspecto relevante para prestadores que mantienen contratos con obras sociales, empresas de medicina prepaga y organismos públicos.

La posibilidad de acceder a un plan especial de regularización contribuye a disminuir tensiones de liquidez en un sector que enfrenta elevados costos operativos y una estructura de ingresos frecuentemente condicionada por los plazos de pago de financiadores.

La ampliación del régimen refleja una estrategia de administración tributaria orientada a privilegiar la regularización antes que la ejecución fiscal. El desafío estará en medir cuántos prestadores se incorporan efectivamente al programa y si el alivio financiero logra traducirse en una mejora de la capacidad operativa del sistema de salud sin deteriorar la recaudación futura.

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La IGJ digitaliza la presentación de balances: qué cambia para empresas, asociaciones y fundaciones

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La Resolución General 9/2026, publicada en el Boletín Oficial, redefine el sistema de presentación de estados contables ante la IGJ mediante una fuerte simplificación administrativa. El organismo derogó 16 artículos de la normativa vigente y reestructuró los procedimientos para sociedades comerciales, asociaciones civiles y fundaciones, con el objetivo de adaptar el control registral a un esquema íntegramente digital.

Aunque la IGJ tiene competencia sobre las personas jurídicas registradas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la reforma trasciende esa jurisdicción porque marca una tendencia hacia la digitalización de los organismos de control societario. Para grupos empresarios, inversores y estudios contables que operan en distintas provincias —incluido el NEA—, el cambio reduce cargas burocráticas y estandariza procesos que suelen replicarse en otros registros públicos.

Uno de los cambios centrales consiste en abandonar la lógica basada en expedientes físicos. La resolución reconoce que los mecanismos presenciales habían quedado desactualizados frente al desarrollo de herramientas digitales y que muchos de los requisitos eliminados ya no aportaban valor desde el punto de vista del control jurídico.

La nueva normativa incorpora tres pilares tecnológicos presentación completamente digital de los estados contables. Firma electrónica mediante Clave Fiscal de ARCA, con efectos legales para las presentaciones. Importación automática de información desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.

La resolución sostiene expresamente que la simplificación administrativa no implica una reducción de los controles, sino una reorganización del proceso de fiscalización basada en información digital estandarizada.

Cambios para las sociedades comerciales

Las sociedades alcanzadas por el artículo 299 de la Ley General de Sociedades y las sociedades anónimas no comprendidas en ese régimen deberán continuar presentando sus estados contables dentro de los 15 días posteriores a la aprobación por el órgano de gobierno, aunque ahora bajo un procedimiento simplificado.

La documentación requerida incluye Estados contables aprobados, con informe del auditor cuando corresponda. Memoria del ejercicio. Actas de convocatoria y de la asamblea, junto con la planilla de asistencia cuando resulte exigible.

La resolución también consolida el criterio de que las normas técnicas contables aplicables serán las emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y adoptadas por el Consejo Profesional porteño, salvo que exista una disposición legal específica.

Otro aspecto relevante para compañías con operaciones complejas o vinculadas a mercados de capitales es la consolidación de la opción para presentar estados financieros bajo Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) o NIIF para PyMEs.

La primera presentación bajo ese régimen deberá incorporar conciliaciones patrimoniales y del resultado integral, alineando la información con estándares utilizados por empresas que mantienen vínculos con inversores internacionales.

Asimismo, las sociedades vinculadas a entidades fiscalizadas por la Comisión Nacional de Valores podrán presentar documentación compatible con las exigencias de ese organismo, evitando duplicaciones regulatorias.

Impacto para asociaciones civiles y fundaciones

La resolución también modifica el régimen aplicable a entidades sin fines de lucro.

Las asociaciones civiles mantendrán un esquema diferenciado según su categoría, aunque con procedimientos simplificados y plazos claramente definidos para las presentaciones posteriores a las asambleas.

En el caso de las fundaciones, los estados contables deberán presentarse dentro de los 15 días hábiles posteriores a la reunión del Consejo de Administración, junto con un informe específico sobre el cumplimiento del plan de acción trienal cuando corresponda.

Qué implica para el ecosistema empresarial

Más allá del aspecto administrativo, la reforma apunta a disminuir el denominado “costo de cumplimiento regulatorio”, es decir, el tiempo y los recursos que las organizaciones destinan a cumplir obligaciones formales sin impacto directo sobre su actividad económica.

Para estudios contables, departamentos legales y empresas que administran múltiples sociedades, la digitalización permite reducir traslados, documentación en papel y tiempos de procesamiento, además de facilitar la trazabilidad de los expedientes.

Desde la perspectiva de la fiscalización, la IGJ sostiene que la centralización digital de la información mejora la capacidad de control del organismo al estandarizar los datos y facilitar su procesamiento.

Si bien la medida tiene aplicación directa sobre las entidades registradas ante la IGJ, introduce señales relevantes para el clima de negocios reduce costos administrativos asociados al cumplimiento societario. Digitaliza completamente la presentación de balances. Incorpora firma electrónica mediante Clave Fiscal de ARCA. Facilita la interoperabilidad entre organismos públicos y entidades profesionales. Alinea normas contables con estándares nacionales e internacionales.

La resolución deja pendiente un aspecto operativo clave: los requisitos técnicos del nuevo sistema —formatos de archivos, protocolos de seguridad e interoperabilidad— serán definidos mediante circulares posteriores de la IGJ. La eficacia de la reforma dependerá de la velocidad con que esas herramientas entren en funcionamiento y de la capacidad del sistema para absorber la totalidad de las presentaciones digitales sin generar nuevos cuellos de botella.

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Brasil eliminó a Japón agónicamente y pasó a octavos de final

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Brasil venció agónicamente a Japón por 2-1, en el partido correspondiente a los 16avos de final del Mundial 2026, logrando la clasificación a los octavos de final y estar entre los 16 mejores del certamen.

Los goles del encuentro que se disputó en el Estadio Houston, los marcaron Casemiro a los 10 minutos y Gabriel Martinelli a los 49 del segundo tiempo, mientras que Kaishu Sano, a los 29 del primer tiempo había abierto el marcador.

Brasil tuvo que trabajar más de la cuenta para avanzar a los octavos de final del Mundial. El equipo dirigido por Carlo Ancelotti dominó gran parte del encuentro, pero recién pudo quebrar la resistencia japonesa en los instantes finales tras una remontada cargada de insistencia.

La primera mitad mostró a un Brasil protagonista desde el inicio, con mayor posesión de pelota y varias aproximaciones mediante Bruno GuimarãesMatheus Cunha y Vinícius Júnior, aunque sin la profundidad necesaria para vulnerar al arquero Zion Suzuki.

Japón, que apostó por esperar y salir de contraataque, golpeó a los 29 minutos cuando Kaishu Sano recuperó el balón en el mediocampo, condujo hasta la puerta del área y sacó un preciso remate cruzado que dejó sin respuesta a Alisson para establecer el 1-0.

Antes del descanso, el conjunto sudamericano buscó la igualdad con remates de ViníciusPaquetá y Cunha, pero se encontró con una sólida actuación del arquero japonés.

En el complemento, Ancelotti movió el banco con el ingreso de Endrick y Brasil salió decidido a cambiar la historia. Suzuki volvió a transformarse en figura al contener un cabezazo de Bruno Guimarães y luego protagonizó una increíble secuencia junto al palo y la defensa japonesa para evitar el empate.

Sin embargo, la resistencia asiática se quebró a los 56 minutos, cuando Casemiro apareció por el segundo palo para conectar de cabeza un centro preciso y decretar el 1-1, tanto que fue convalidado tras la revisión del VAR.

A partir de allí, el dominio brasileño fue absoluto: Vinícius estrelló un remate en el palo, Martinelli desperdició otra ocasión y Japón prácticamente no volvió a inquietar a Alisson, limitándose a defender cerca de su área.

Cuando todo hacía pensar que el partido se encaminaba al alargue, Brasil encontró el premio a su insistencia. Ya en el quinto minuto del tiempo añadido, Bruno Guimarães filtró un gran pase para Gabriel Martinelli, quien controló dentro del área y definió con categoría al segundo palo para sellar el 2-1 definitivo.

De esta manera, la “Canarinha” evitó la prórroga con una remontada sufrida y ahora espera por el ganador de Costa de Marfil y Noruega que jugarán este martes.

Sintesis del partido

  • Mundial 2026
  • 16avos de final.
  • Brasil 2-1 Japón
  • Estadio: Estadio Houston, Houston
  • Árbitro: Maurizio Mariani (Italia)
  • VAR: Marco Di Bello (Italia)

Brasil: Alisson; Danilo, Marquinhos, Gabriel Magalhaes, Douglas Santos; Casemiro, Bruno Guimarães; Rayan, Lucas Paquetá, Vinicius; Matheus Cunha. DT: Carlo Ancelotti.

Japón: Zion Suzuki; Hiroki Itō, Takehiro Tomiyasu, Shogo Taniguchi, Ritsu Dōan, Daizen Maeda, Keito Nakamura, Junya Ito, Daichi Kamada, Kaishu Sano; Ayase Ueda. DT: Hajime Moriyasu.

Goles en el primer tiempo: 29m. Kaishu Sano (J).

Goles en el segundo tiempo: 10m. Casemiro (B), 49m, Gabriel Martinelli (B).

Cambios en el segundo tiempo: 0m. Endrick por Lucas Paquetá (B), 20m. Gabriel Martinelli por Matheus Cunha (B), Yukinari Sugawara por Ritsu Doan (J), junnosuke Suzuki por Keito Nakamura (J), 33m. Ao Tanaka por Daichi Kamada (J), Shuto Machino por Junya Ito (J), 48m. Fabinho por Casemiro (B), 52m. Koki Ogawa por Daizen Maeda (J), Danilo Santos por Bruno Guimarães (B).

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RIGI: aprueban una inversión de USD 1.300 millones para construir un gasoducto exclusivo para exportar GNL desde Vaca Muerta

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El Ministerio de Economía aprobó la adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) del proyecto “Gasoducto dedicado para la Exportación de Gas Natural”, que demandará una inversión de USD 1.300 millones y permitirá transportar hasta 27 millones de metros cúbicos diarios de gas natural desde Tratayén, en Neuquén, hasta el Golfo San Matías, en Río Negro, donde se desarrollan los proyectos de licuefacción destinados a exportar Gas Natural Licuado (GNL).

La Resolución 873/2026 formaliza el ingreso de San Matías Pipeline SA (SMP SA) como Vehículo de Proyecto Único (VPU) dentro del RIGI, luego de que la compañía adecuara su estructura societaria exclusivamente para desarrollar esta obra de infraestructura, tal como exige la Ley 27.742.

El proyecto constituye una pieza estratégica para resolver uno de los principales cuellos de botella de Vaca Muerta: la capacidad de evacuación del gas destinado a los mercados internacionales. El nuevo ducto tendrá 480 kilómetros de extensión, 36 pulgadas de diámetro y será complementado por una nueva planta compresora de 60.000 HP, además de la repotenciación de la estación existente en San Antonio Oeste.

Más allá de la magnitud de la inversión, el dato de mayor relevancia económica es que se trata de un gasoducto concebido exclusivamente para abastecer las futuras terminales de GNL. Esto implica que la infraestructura no apunta al mercado interno sino a incrementar la capacidad exportadora del país, uno de los principales objetivos que persigue el RIGI para sectores considerados estratégicos.

La empresa comprometió inversiones por USD 454 millones durante el primer año y USD 501 millones en el segundo, superando ampliamente los umbrales mínimos exigidos por el régimen. El cronograma presentado prevé el inicio de las obras el 30 de junio de 2026 y el comienzo de operaciones en mayo de 2028.

Otro aspecto con impacto sobre la cadena productiva es el compromiso asumido por SMP SA de destinar al menos el 20% del monto total de inversión a proveedores locales, tanto durante la construcción como en la etapa operativa. Para las empresas argentinas de ingeniería, obras civiles, metalmecánica, logística, servicios petroleros y equipamiento industrial, esta cláusula representa una oportunidad concreta de participación en una obra de escala internacional.

La resolución también habilita a la compañía a importar bienes de capital y equipamiento bajo los beneficios aduaneros previstos por el RIGI, mientras que el Banco Central deberá aplicar los incentivos cambiarios correspondientes. No obstante, la empresa informó expresamente que no solicitó el beneficio de libre disponibilidad de divisas provenientes de exportaciones, uno de los incentivos opcionales contemplados por el régimen.

Durante la evaluación, la Secretaría de Energía concluyó que el proyecto cumple con todos los requisitos técnicos, financieros y regulatorios establecidos por la Ley 27.742. En paralelo, el Banco Central determinó que la demanda de divisas asociada a la inversión no compromete la sostenibilidad del sector externo ni las reservas internacionales, uno de los análisis clave para este tipo de emprendimientos.

Desde la perspectiva productiva, la aprobación consolida un cambio de escala para la infraestructura energética argentina. El desarrollo de plantas de GNL requiere no sólo mayores niveles de producción en Vaca Muerta, sino también sistemas de transporte dedicados que garanticen abastecimiento continuo y previsible hacia la costa atlántica.

Para el entramado industrial, el proyecto abre un nuevo ciclo de demanda en bienes y servicios especializados, mientras que para las provincias productoras fortalece la integración entre la explotación no convencional y la infraestructura logística necesaria para convertir el gas argentino en un producto exportable de largo plazo.

Claves del proyecto inversión total: USD 1.300 millones. Capacidad de transporte: 27 millones de m³ diarios. Extensión: 480 kilómetros. Diámetro: 36 pulgadas. Inicio de obras: 30 de junio de 2026. Puesta en operación prevista: mayo de 2028. Participación mínima de proveedores locales: 20% de la inversión. Destino del gas: abastecimiento exclusivo de plantas de GNL para exportación.

La evolución de esta obra será uno de los indicadores más relevantes para medir la capacidad del RIGI de transformar anuncios de inversión en infraestructura efectiva. También permitirá evaluar el grado de integración de proveedores nacionales en proyectos de gran escala y la velocidad con la que Argentina logra convertir el potencial de Vaca Muerta en mayores exportaciones de energía y generación de divisas.

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Misiones actualizó un 25% el valor del Boleto Estudiantil Misionero que abona a las empresas de transporte

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El Gobierno de Misiones dispuso una nueva actualización de la tarifa del Boleto Estudiantil Misionero (BEM), incrementando en un 25% el valor que perciben las empresas prestadoras del servicio de transporte público por cada pasajero alcanzado por el beneficio.

La medida fue oficializada mediante una disposición de la Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación, firmada el 16 de junio y publicada en el Boletín Oficial provincial.

La actualización alcanza a las empresas concesionarias del Sistema Integrado de Transporte Urbano y Metropolitano de Posadas y a todas las prestatarias de los municipios adheridos al régimen establecido por la Ley VI N.º 189, norma que creó el Boleto Estudiantil Misionero.

Desde el organismo explicaron que la adecuación tarifaria busca garantizar la continuidad del sistema de gratuidad para estudiantes y, al mismo tiempo, acompañar los costos operativos que enfrentan las empresas de transporte.

La disposición recuerda que el BEM constituye una política pública destinada a garantizar la equidad en el acceso a la educación en todo el territorio provincial, permitiendo que miles de estudiantes de los niveles primario, secundario, terciario y universitario puedan trasladarse sin costo hacia sus establecimientos educativos.

Asimismo, la Subsecretaría argumentó que la actualización resulta necesaria para sostener las condiciones de eficiencia y calidad exigidas en la prestación del servicio público, tanto en materia operativa como en el mantenimiento de las unidades.

La medida modifica los valores establecidos previamente por la Disposición 021/2026, dictada el 30 de marzo pasado, y entró en vigencia a partir de su publicación oficial.

Aunque el incremento del 25% impacta en el monto que el Estado provincial reconoce a las empresas transportistas por cada viaje realizado bajo el esquema del BEM, no modifica la gratuidad del beneficio para los estudiantes, que continúan accediendo al servicio sin costo.

El Boleto Estudiantil Misionero es una de las políticas de subsidio al transporte más extensas de la provincia y representa una inversión significativa del Estado provincial para sostener la movilidad de la comunidad educativa en un contexto de aumento de costos operativos del sector.

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