Carlos Nunes Velloso

Abogado, Especialista en Gestión Aduanera. Docente de Derecho de la Navegación y Aduanero (UCP) y Régimen Legal Aduanero (I.E.S H.A.S.) y (J.M.R.) Coord. Jurídico por Municipalidad de Posadas Del Parque Industrial y de la Innovación Posadas. Director S. por la Municipalidad de Posadas en A.P.P.S.A.

¿Cualquier persona podrá importar o exportar? Los cambios en el Código Aduanero que impuso el DNU de Milei

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En el marco del Decreto de Necesidad de Urgencia dictado por el presidente de la  Nación en fecha 20/12/2023, se han introducido diversas modificaciones y  derogaciones al Código Aduanero Argentino ley 22.415, por lo que se analizan en el  presente las más relevantes, de forma general. 

La sustitución del artículo 37 del C.A. por el 99° refiere a la actividad del Despachante  de Aduanas.  

Esta modificación habilita a partir de ahora, a que cualquier persona tanto física como  jurídica (empresa) pueda realizar operaciones de comercio exterior.  Anteriormente sólo las personas físicas podían inscribirse como despachantes de  aduana siendo obligatorio su inscripción en el Registro de Despachantes de Aduanas. En este sentido además de quienes pueden gestionar los despachos, también se  prescinde de la matrícula que era obligatoria, modificándose por la simple  “autorización”; término que no queda del todo claro, por lo que se entiende que debería  ser reglamentado. 

Por otra parte, el artículo 100 del DNU agrega en el inciso décimo primero dentro de  las inhabilitaciones para desempeñarse como Despachante de Aduanas, a aquellos que  hayan sido exonerados como agentes públicos de la Ciudad de Buenos Aires. 

El artículo 101, derogó completamente el sistema de inscripción en el registro de  Despachante de Aduanas (art 43,44,45 así como las sanciones de suspensión e  inhabilitación del citado registro). 

Asimismo, reformó el artículo 47 del C.A. que refería a las sanciones que eran pasibles  los despachantes de aduanas. 

Se resalta la posibilidad de que cualquier persona pueda realizar operaciones, como  expresamente lo establece el artículo 92 del DNU, “todas las personas humanas y  jurídicas podrán solicitar destinaciones aduaneras y realizar operaciones de  comercio exterior sin necesidad de inscribirse en ningún registro”.

Como comentario a esta modificación, se advierte que el desconocimiento de la  operatividad del comercio exterior hará que cientos de personas o empresas que  realicen las operaciones en forma incorrecta serán pasibles de gravosas sanciones  económicas (multas) por parte de la Aduana; extremos que han sucedido en la década  del 90. 

Se adiciona al código aduanero el art. 120 bis que establece la simplificación de  trámites aduaneros, debiendo ser todos los trámites de manera electrónica y con firma  digital; siendo excepcional la presentación de documentaciones físicas. En materia de publicación de las normas, anteriormente debían ser publicadas en el  Boletín Oficial o de la Aduana y con la reforma se establece en cualquier medio oficial electrónico. 

En el artículo 120 quinquies dispone la profesionalización del personal de la Dirección  General de Aduanas, orientado a un marco de transparencia y dentro de principios de  objetividad, neutralidad, mérito, capacidad en las contrataciones. En lo relacionado a la operativa aduanera, se realizaron pequeños cambios relativos al  ingreso/egreso de los medios de transporte en las operaciones de importación y  exportación. 

Se sustituye el artículo 226 del C.A. a través del art. 120 del DNU disponiendo la  figura de “la resolución anticipada”, el cual es un acto administrativo aduanero que  resuelve cuál será el tratamiento aduanero que se le otorga a la mercadería a  importar. 

En el mismo sentido el artículo 132 del DNU modifica el artículo 323 del C.A. en lo  que a exportación se refiere. 

El artículo 140 del DNU modifica el régimen de garantías previsto en el artículo 459  del C.A. el cual abrevia el plazo a cinco días para resolver si se concede o no, la  autorización de este régimen, estableciendo además los trámites recursivos que se prevén.

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El momento justo para las cargas misioneras

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El transporte fluvial apareció en el Neolítico y ya en aquella época se utilizaba para el intercambio de productos (para su transporte).

Los barcos o navíos tienen mayor capacidad de almacenaje que las vías terrestres, y junto a las diferentes medidas de contenedores marítimos, supone la posibilidad de trasladar más cantidad de materiales en un solo transporte.

La reapertura del moderno Puerto de Posadas, abre la posibilidad de la utilización del transporte fluvial con un servicio regular, lo cual significa una alternativa más que interesante en la búsqueda de reducir costos y ser competitivos.

La distancia que deben recorrer las cargas para llegar a los centros de distribución o puertos con salida al océano para colocarlas en destinos internacionales es, en prácticamente todos los casos, de 1000 kilómetros aproximadamente. 

La reactivación portuaria no implica la sustitución del transporte terrestre -el cual seguirá con su normal funcionamiento-, sino que propone una alternativa para ser más eficientes, económicos, ecológicos y seguros.

En distancias largas como las de 1000 kilómetros el transporte por agua es más barato, ya que una barcaza  transporta 80 contenedores, equivalente al mismo número de camiones y con dos convoyes de barcazas,  se  duplica la cantidad de contenedores transportados hasta 160.

Al ser el puerto de Rosario el destino para las salidas de exportación, las cargas que tengan otros operadores logísticos internacionales o puertos de salida seguirán en principio transportándose vía terrestre. 

El fin del Puerto, es que el productor misionero sea competitivo a la hora de enviar cargas a los puertos de la Argentina. Con la puesta en funcionamiento y el aumento progresivo de  las cargas a enviarse por el puerto, los costos naturalmente se reducirán.

Misiones aproximadamente exporta al año entre US$400 y 500 millones y con la reactivación del puerto esperamos poder duplicar estos números, sin tener en cuenta la enorme potencialidad de la “zona aduanera en Misiones”. 

Hay que tener presente que siempre que sea posible producir una mercadería, la exportación (la extracción de mercadería del territorio aduanero)  es lo más conveniente en contraposición a la otra operatoria aduanera que es la importación (ingreso de mercadería al territorio aduanero), ya que al enviar  productos misioneros también en ellos enviamos trabajo misionero, energía y todo los insumos y gastos necesarios en la producción, lo que genera un círculo virtuoso o positivo económicamente hablando.

No caben dudas del gran beneficio que brinda el puerto de Posadas incluso para los demás medios de transporte, ya que necesariamente deben asistirlo. Los contenedores que traigan carga al puerto de Posadas, serán vaciados y necesitan trasladarse hasta las empresas de distintas ciudades misioneras que luego sacarán sus cargas como las tealeras, yerbateras, celulosas, madereras, etc. Y regresar al puerto de Posadas, con lo cual de la mano del transporte multimodal se genera una sinergia logística. 

La ubicación del Puerto de Posadas es sumamente estratégica y se arriba y sale sin inconvenientes ni demoras, contando con que el Parque Industrial y de la Innovación es lindante y el aeropuerto está a una distancia corta.

El Puerto de Posadas, con el depósito fiscal otorgará más beneficios, ya que estos establecimientos operativos autorizados por la Aduana (DGA) y bajo su control, permite que se almacenan mercaderías sólidas, líquidas o gaseosas y se realicen las importaciones o exportaciones lo que simplifica y agiliza el cobro de los envíos. 

Es muy alentador para todos los Misioneros haber logrado no sólo la construcción de la infraestructura sino la adquisición y equipamiento de todo lo necesario para que funcione, desde las modernas grúas (fija y móvil), oficinas, instalaciones eléctricas, hidráulicas, balizamiento, sistemas seguridad y vigilancia permanente.  Podemos concluir citando a nuestro querido historiador Anibal Cambas que “Nuestro pueblo es hijo del río” en alusión a la historia de  Misiones.

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“Para obtener las cosas hay que luchar”

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Escribe, Carlos Nunes Velloso, Abog. Esp. Gestión Aduanera
Docente Universitario
Autor del proyecto del Área aduanera Especial para Misiones


“Nada será dado en forma de donación o gratuita porque cada cosa que los
argentinos obtengan deben ser muchas veces a través no sólo del esfuerzo sino de la
lucha”, planteó Cristina Fernandez, al contraponer que “hay una idea de que las cosas
suceden porque sí, y no es así”. …se refirió en la reciente inauguración de la zona
Franca de Río Gallegos, en la Provincia de Santa Cruz.


Néstor soñaba tanto con esta zona franca por una cuestión muy simple: del otro lado
de la frontera está la zona franca de Punta Arenas, y todos los que gobernaron veían
cómo todos los meses nuestros vecinos se trasladaban a la vecina ciudad a hacer sus
compras”, repasó al recordar la gestión provincial de su esposo.


Desde hace más de cuatro años, la Provincia de Misiones “está en lucha”
justamente por las desigualdades, asimetrías, falta de competividad, fuga de
divisas, coparticipación justa, que en definitiva son los intereses misioneros pero
que serán también en beneficios nacionales, parafraseando a la Vicepresidenta.
La denominada Zona Aduanera, que técnicamente es un Área Aduanera Especial
conforme el art. 600 del Código Aduanero, es una cuestión que se encuentra al tope de
la agenda de la Provincia y que fuera vetada a finales al año 2020 por el Presidente A.
Fernandez.


Esta premisa trasciende cualquier especulación al tratarse de un mecanismo de defensa
económica de la Argentina al crearse en el apéndice del Mercosur, una zona destinada
a la competitividad industrial y productiva real, transformando materia prima en
productos con valor agregado, generando puestos de trabajo, disminución de la fuga
de divisas, reducción del contrabando, inversión de capitales y recaudación para el
pago de la deuda externa.


Adherimos la frase de que “en Argentina hay que andar explicando hasta lo que es
obvio”, cuando la Dra. Fernández de Kirchner señaló que algunos medios “hace tiempo
que están nerviosos y tratan de poner nerviosos a todos los argentinos”.


Por ello, exhortamos desde la tierra colorada, que esta lucha que lleva adelante el
Frente de la Concordia Social de Misiones, encuentre en el recinto del Congreso
Nacional la lucidez de todos los legisladores que adviertan cabalmente la gran
oportunidad de salir del pozo, siendo el principal objetivo la necesaria y atrasada
reconversión de la matriz productiva de primaria a industrial.


Las leyes aduaneras existen y están a disposición como si se tratase de un menú presto
a que se lo pida; y a pesar de la tiranía del tiempo, todos los argentinos deberíamos al
menos una vez unirnos y adherir a la creación del Área Aduanera en Misiones para
que esta lucha culmine con justicia y sea en beneficio de todos y no de algunos.

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Rumbo al “Polo Misiones”

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La media sanción aprobada el pasado jueves es un paso bisagra para el pueblo de Misiones que se encamina a la creación del Territorio o área Aduanera Especial en Misiones, denominado “Polo de Desarrollo Comercial, Tecnológico Exportador Misiones o simplemente “Polo Misiones”.

Contar con esta herramienta estratégica de promoción comercial e industrial permitirá a toda la Provincia, reducir aranceles aduaneros y tributos nacionales a la importación y exportación de mercaderías en los cuales se encuentran los servicios, propiedad intelectual entre otros.

El artículo 124 del Presupuesto faculta al Presidente a definir el alcance de los beneficios y qué sectores serán los que dejan de pagar impuestos nacionales. La reglamentación quedó a cargo del ministro del Interior, del de Economía y de la Jefatura de Gabinete, una vez que el Senado apruebe el proyecto que ya cuenta con media sanción.

La autoridad de aplicación que se creará determinará, teniendo en consideración al tipo de actividad económica (industrial/tecnológica/innovación) las cuestiones socioeconómicas y regionales de cada lugar en que las mercaderías pueden ser objeto de esas operaciones con el objetivo de conseguir la exención de imposición de todo impuesto nacional que pudiere corresponder por hechos, actividades u operaciones que se realicen en el territorio, incluyendo algunos productos medicinales.

Así de esta forma se busca, que aumenten las ofertas laborales dentro de la Provincia, incorporen tecnología y procesos de producción sustentables y demuestren niveles crecientes de productividad y competitividad.

Esto permitirá no sólo la reactivación de la producción, sino que en muchos casos su reconversión agregando valor a la cadena productiva; así como la generación de empleo genuino, desarrollo económico y aumento de las exportaciones.

Estos beneficios otorgarán competitividad comercial y disminuirán las asimetrías evitando la fuga de divisas al exterior.

Además, de la actividad industrial también gozarán de los beneficios las operaciones de comercio al por menor, lo cual significará una reducción de los precios de manera significativa, con la consecuente mejora económica de los habitantes.

La importación al Territorio Aduanero General de la mercadería adquirida dentro del Polo Misiones se encontrará exenta del pago de tributos aduaneros.

Se trata de un hito histórico para la economía y el devenir de Misiones, donde fueron protagonistas el gobernador Oscar Herrera Ahuad; el conductor de la Renovación, Carlos Rovira; el presidente Alberto Fernández; el ministro de Economía, Martín Guzmán; el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, así como un equipo técnico local que trabajaron incansablemente para que el objetivo llegue hasta este lugar.

La exención de impuestos aplicará a los siguientes impuestos:

–    Impuesto a las Ganancias.

–   Impuesto al Valor Agregado.

–  Impuestos Internos.

–  Impuesto sobre los Bienes Personales.  – Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas            Bancarias y Otras Operatorias.

– Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono.

– Impuesto sobre el Gas Oil y el Gas Licuado para uso Automotor.

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