Créditos a “tasa cero” y las dudas que aclaró AFIP

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Los créditos a “tasa cero” para monotributistas abrieron una suma de interrogantes que obligó a aclarar para quiénes son, cómo funcionan y cómo se accede.

Los créditos a tasa cero hasta $ 150.000 anunciado por el Gobierno a mediados del mes concluido obligó a la AFIP a responder una serie de interrogantes que daban lugar a no menos importantes dudas.

La cuestión tomó tal dimensión que la agencia federal publicó en su pagina web un cuestionario con preguntas y respuestas para aclarar cómo acceder a los préstamos, quiénes pueden hacerlo, dónde y cómo se acreditan los fondos, o cuál es la categoría del tributo que considera para establecer el monto máximo de los giros.

Los preguntas y las respuestas que más preocuparon a un millón y medio de contribuyentes en todo el país fueron

¿Quiénes pueden acceder a los créditos a tasa cero?

Más de 1,5 millones de monotributistas que cumplen con los criterios establecidos por la normativa del ministerio de Desarrollo Productivo pueden solicitar los Créditos a Tasa Cero.

¿Cuál es el monto de los créditos?

El monto máximo de los créditos varía según la categoría en la que se encontraba cada monotributista al 30 de junio de 2021:

Categoría “A”: hasta $ 90.000.

Categoría “B” : hasta $ 120.000.

Resto de las categorías: hasta $150.000.

Los pequeños contribuyentes podrán solicitar como mínimo $10.000.

¿Cómo se tramitan los créditos a tasa cero?

Los créditos se tramitan dentro del servicio web “Crédito Tasa Cero”. Para ingresar al servicio es necesario contar con, como mínimo, clave fiscal nivel 2. Al acceder cada monotributista podrá visualizar el monto mínimo y máximo disponible para su categoría. Ingresado el importe a solicitar, los pequeños contribuyentes deberán completar su dirección de correo electrónico y seleccionar la entidad bancaria para la tramitación del crédito solicitado. El crédito termina de gestionarse con la entidad bancaria seleccionada.

¿Hasta cuándo pueden solicitarse ?

El Crédito a Tasa Cero puede solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2021. Cada monotributista contará hasta el 20 de enero de 2022 para realizar todas las gestiones con la entidad bancaria elegida.

¿Dónde se acredita el crédito a tasa cero 2021?

Se acredita en la tarjeta de crédito de la entidad bancaria que se informe al momento de la solicitud. Quienes no posean una tarjeta de crédito, deben indicar la entidad bancaria con la que operan habitualmente o la que elijan para tramitar su tarjeta. En ambos casos, ya sea que tengan o no tarjeta de crédito, deberán finalizar la gestión del crédito con la entidad bancaria seleccionada. El monto total del crédito será desembolsado y acreditado en una única cuota.

¿Cuántas cuotas disponen los monotributistas para devolver los créditos a tasa cero?

Los créditos comienzan a devolverse a los 6 meses del desembolso. Una vez finalizado el plazo de gracia, el crédito se cancelará en 12 cuotas mensuales consecutivas e idénticas.

¿Dónde se acreditan?

El monto total será desembolsado y acreditado en una única cuota en la tarjeta de crédito de cada monotributistas.

¿Cuál es la categoría del monotributo que se considera a la hora de determinar el monto máximo del crédito?

La categoría del monotributo que, según la normativa del ministerio de Desarrollo Productivo, se toma en cuenta para determinar el monto máximo del crédito es la vigente al 30 de junio de 2021. Es la categoría previa a la recategorización realizada entre el 28 de julio y el 17 de agosto de 2021.

¿Pueden volver a solicitar un Crédito a Tasa Cero aquellos monotributistas que accedieron al crédito en 2020?

Aquellos monotributistas que acc edieran al crédito en 2020 pueden volver a solicitarlo siempre que cumplan con los requisitos previstos en la normativa del ministerio de Desarrollo Productivo.

¿Qué sucede con los monotributistas que tienen una deuda por el Crédito a Tasa Cero 2020?

Los monotributistas que tengan una deuda por el crédito de 2020 podrán volver a solicitar el crédito, siempre que la garantía del crédito solicitado el año pasado no haya sido ejecutada. El monto solicitado por dichos monotributistas será destinado a cancelar el monto adeudado y, en los casos que corresponda, el saldo restante se acreditará en la tarjeta de crédito indicada.

De esta forma, verán acreditado como saldo a favor de la tarjeta de crédito la diferencia entre el nuevo crédito y el saldo de deuda a pagar. En estos casos, las y los monotributistas sólo podrán acceder a un crédito a tasa cero 2021 a través de la misma entidad financiera que hubiera otorgado el crédito en 2020.

Siguen las preguntas para la agencia que conduce Mercedes Marcó del Pont
1 ¿El monto correspondiente a los vencimientos del monotributo están incluidos en el crédito?

Las obligaciones mensuales de los monotributistas no están contempladas en el crédito 2021.

2 Los solicitantes ¿deben realizar gestiones en su banco para recibir el crédito?

Los solicitantes deben finalizar el trámite ante la entidad ba ncaria seleccionada.

3 ¿Pueden solicitar el crédito los trabajadores autónomos?

Los trabajadores autónomos no son elegibles para el Crédito a Tasa Cero 2021.

4 ¿Pueden solicitar el crédito los trabajadores en relación de dependencia o jubilados/as?

Los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados no serán elegibles para el Crédito a Tasa Cero 2021.

5 ¿Pueden solicitar los fondos quienes percibieron el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) en 2020?

Quienes percibieron el Ingreso Familiar de Emergencia en 2020 pueden solicitar el crédito, siempre que cumplan con la normativa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

6 ¿Es posible percibir el crédito en una tarjeta de crédito que no sea del solicitante?

El desembolso de los créditos se realizan en una tarjeta de crédito cuyo titular sea el solicitante. Quienes no sean titulares deberán indicar la entidad bancaria en la que qu ieran solicitar su tarjeta, al momento del trámite.

¿Cómo se finaliza el trámite?

El trámite para acceder al crédito se finaliza ante la entidad bancaria seleccionada por cada monotributista. Una vez completados los datos en la página web las y los pequeños contribuyentes podrán descargar un certificado de tramitación.

¿Qué condiciones deben cumplir los monotributistas para tramitar el crédito?

Estar adheridos al monotributo desde, al menos, el 31 de mayo de 2021. Además que el promedio de la facturación mensual durante el primer semestre de 2021 sea inferior a la facturación mínima promedio mensual de la categoría en la que se encontraba el monotributista al 30 de junio más un 20%.

Quienes pertenecían a la categoría A al 30 de junio de 2021, el monto promedio mensual de facturación será de $ 20.800. No percibir ingresos en relación de dependencia o provenientes de una jubilación o pensión. No ser trabajadoras o trabajado res autónomos.

Además no prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, y facturen al menos un 70% -de su facturación electrónica promedio del primer semestre del año 2021- haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integran dicho sector. No estar en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 (riesgo medio a irrecuperable). No pueden solicitarlo sucesiones indivisas.

No estarán habilitados para solicitar el crédito que se les haya ejecutado la garantía por mora.

¿Cuáles son los requisitos a cumplir durante la vigencia del préstamo?

Los requisitos son:
1 No acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.

2 No concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

¿Puede utilizarse una extensión de tarjeta de crédito?

No puede utilizarse una extensión de tarjeta de crédito para percibir el Crédito a Tasa Cero. Quienes no sean titulares de tarjeta de crédito deben indicar la entidad bancaria en la que quieran tramitar su tarjeta al momento de la solicitud.

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