Día: 3 octubre, 2025

Inauguraron en Brasil una fábrica de mosquitos modificados para combatir el dengue

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La empresa británica Oxitec, especializada en el control biológico de plagas, inauguró en Brasil una fábrica con capacidad para producir hasta 190 millones de mosquitos modificados por semana, con el objetivo de bloquear la transmisión de enfermedades como el dengue, el zika y la chikunguña. La nueva instalación, ubicada en la ciudad de Campinas, en el estado de Sao Paulo (sureste), fue diseñada para producir a gran escala dos tipos de tecnologías: los mosquitos Wolbachia y los de la línea Aedes do Bem.

Según un comunicado de la empresa, se trata de una capacidad de producción “sin precedentes”, que permitirá una rápida expansión tanto en Brasil como en otros países. Señaló que estas tecnologías demostraron ser eficaces para reducir significativamente la transmisión del dengue y eliminar poblaciones del mosquito Aedes aegypti, principal vector de estas enfermedades.

La fábrica podrá suministrar hasta 190 millones de huevos de mosquitos con Wolbachia por semana, una cantidad que, de acuerdo con Oxitec, permitirá proteger a hasta 100 millones de personas al año. Además, también se están produciendo ejemplares de la línea Aedes do Bem con una capacidad semanal aún mayor, ofreciendo así una opción de control biológico para gobiernos, empresas y familias.

Desde 2022, los mosquitos Aedes do Bem, capaces de reducir las poblaciones de Aedes aegypti en más de un 95 % en zonas urbanas, están siendo implementadas en diversas ciudades brasileñas como parte de las estrategias para combatir el dengue. En tanto, la tecnología Wolbachia, que utiliza una bacteria presente naturalmente en muchos insectos para reducir la capacidad del Aedes aegypti de transmitir enfermedades, demostró reducir la transmisión del dengue en más del 75 %, según resultados de proyectos piloto en grandes áreas urbanas, según el informe de la agencia de noticias Xinhua.

Aunque esta tecnología aún está en proceso de aprobación por parte de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa), ya fue formalmente reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y adoptada por el Ministerio de Salud de Brasil como parte del Programa Nacional de Control del Dengue (PNCD). “Con el nuevo complejo de Oxitec en Campinas, estamos equipados para responder de inmediato a los planos de expansión de Wolbachia del Ministerio de Salud, asegurando que la tecnología pueda llegar rápidamente a las comunidades de todo el país”, explicó Natalia Verza Ferreira, directora ejecutiva de la filial brasileña de Oxitec, citada en el comunicado.

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Tesoro amplía emisiones dollar-linked y canjea con el BCRA bonos en pesos de octubre

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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, resolvió ampliar emisiones de deuda en dólares vinculados (dollar-linked) para concretar una operación de conversión con el Banco Central de la República Argentina (BCRA). La medida quedó oficializada en la Resolución Conjunta 49/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial.

El canje apunta a reemplazar las tenencias del BCRA en instrumentos en pesos —el BONCAP T17O5 y la LECAP S31O5, ambos con vencimiento en octubre de 2025— por una canasta diversificada de bonos y letras dollar-linked con vencimientos entre noviembre de 2025 y junio de 2026.

El mecanismo del canje: instrumentos y montos autorizados

La resolución establece la ampliación de la Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar cero cupón con vencimiento 28 de noviembre de 2025 (LELINK D28N5) y la Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar cero cupón con vencimiento 30 de abril de 2026 (LELINK D30A6), por hasta USD 2.000 millones de valor nominal original (VNO) cada una.

Con esa base se habilita el canje con el BCRA de sus tenencias de:

  • BONCAP T17O5 (Bono del Tesoro Nacional capitalizable en pesos, vencimiento 17/10/2025).
  • LECAP S31O5 (Letra del Tesoro capitalizable en pesos, vencimiento 31/10/2025).

A cambio, el Central recibirá una canasta compuesta en partes iguales (20% cada una) por:

  1. LELINK D28N5 (noviembre 2025).
  2. BONTE TZVD5 (bono dollar-linked, diciembre 2025).
  3. LELINK D16E6 (enero 2026).
  4. LELINK D30A6 (abril 2026).
  5. BONTE TZV26 (junio 2026).

La fecha de realización del canje se fijó para el 1 de octubre de 2025, con liquidación el 2 de octubre. Los precios se determinarán sobre la base de las cotizaciones en BYMA inmediatamente previas a las 15:00 horas, con valores expresados en pesos.

Alivio de vencimientos y riesgo cambiario

El canje se enmarca en el programa financiero autorizado por la Ley de Presupuesto 27.701 y las sucesivas modificaciones por decretos de necesidad y urgencia. Según la resolución, la operación “se encuentra dentro de los límites establecidos en los artículos 37 y 38 de la ley 27.701” para operaciones de crédito público y emisión de Letras del Tesoro.

La conversión implica reducir la carga de vencimientos en pesos de corto plazo del Tesoro y al mismo tiempo trasladar el riesgo hacia instrumentos atados al dólar, todos con vencimientos entre noviembre de 2025 y junio de 2026.

Para el BCRA, el canje significa reemplazar deuda ajustada por capitalización en pesos por títulos dollar-linked, lo que le otorga cobertura cambiaria parcial frente a la evolución del tipo de cambio oficial.

La medida refleja un doble objetivo político y financiero: dar certidumbre al programa de financiamiento 2025 y coordinar con el BCRA la administración de pasivos en moneda local, en un contexto de fuerte presión sobre el mercado de deuda y expectativas devaluatorias.

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ARCA implementa la Exportación Monitoreada en planta

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Aduana implementa la “Exportación Monitoreada” en planta: control remoto para reducir costos y tiempos logísticos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la creación del procedimiento de “Exportación Monitoreada” en forma remota para las operaciones de exportación a consumo realizadas a través del régimen de cargas de exportación en planta. La medida, establecida mediante la Resolución General 5770/2025, fue publicada el 2 de octubre en el Boletín Oficial y tendrá aplicación inmediata con un cronograma de implementación progresiva.

El nuevo esquema introduce un sistema de control aduanero mediante tecnologías de videovigilancia (CCTV), lo que permitirá agilizar los tiempos de despacho, reducir la carga administrativa y bajar los costos logísticos asociados al actual esquema de fiscalización presencial.

Modernización del control aduanero: antecedentes y marco normativo

La medida se apoya en la Resolución General Nº 5.721, que regula el régimen de cargas de exportación en planta, un mecanismo diseñado para que los exportadores autorizados puedan despachar mercadería directamente desde sus instalaciones productivas, sin necesidad de trasladarlas previamente a depósitos fiscales.

Hasta ahora, estos procedimientos exigían la presencia física de agentes aduaneros para supervisar cada operación. Con la nueva modalidad, ese control se podrá realizar en forma remota mediante sistemas de cámaras y transmisión de datos, lo que alineará la operatoria local con los estándares internacionales de facilitación del comercio y gestión aduanera inteligente.

En su articulado, la Resolución General 5770/2025 establece que los exportadores habilitados deberán tener al menos dos años de antigüedad como importadores o exportadores registrados y contar con un sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV) que cumpla con los requisitos técnicos y funcionales fijados por la ARCA. Estos lineamientos estarán disponibles en el micrositio oficial “Exportación Monitoreada” (https://www.arca.gob.ar).

Además, se faculta a la Dirección General de Aduanas a definir las pautas de control operativo, admisión y mantenimiento, así como la ejecución de un plan piloto previo a la implementación definitiva.

Impacto económico y operativo para el comercio exterior

La introducción de la “Exportación Monitoreada” tiene implicancias directas en la competitividad exportadora. Al reducir tiempos de espera y eliminar la necesidad de supervisiones presenciales permanentes, se espera que las empresas registren un ahorro significativo en logística y administración.

El procedimiento permitirá que el control se realice en tiempo real y bajo protocolos estandarizados, garantizando tanto la trazabilidad de las operaciones como la seguridad aduanera. Al mismo tiempo, el esquema favorecerá la asignación más eficiente de los recursos humanos de la Aduana, que podrán concentrarse en operaciones de mayor riesgo.

En términos políticos e institucionales, la decisión se enmarca en una estrategia de modernización de la gestión tributaria y aduanera, orientada a reducir trabas burocráticas y facilitar la inserción de la producción argentina en los mercados internacionales. Según la norma, “resulta de vital importancia tender a una política económica que incentive la producción y comercialización de productos destinados a la exportación, y optimizar los recursos de control mediante el uso de tecnologías de monitoreo”.

La resolución entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, y el cronograma de implementación progresiva será publicado por ARCA en los próximos días en el micrositio oficial.

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Sin producción nacional, cae el antidumping a films y papeles autoadhesivos chilenos

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Economía cerró el examen antidumping sobre importaciones de autoadhesivos desde Chile: sin medidas vigentes

El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 1495/2025 publicada este 3 de octubre en el Boletín Oficial, dispuso el cierre del examen por expiración de plazo de las medidas antidumping aplicadas a importaciones de productos autoadhesivos desde Chile, sin mantener vigentes los derechos adicionales que regían desde 2013.

La decisión implica que, a partir de la publicación oficial, no se aplicarán recargos antidumping a las importaciones de placas, láminas, hojas, cintas y tiras autoadhesivas de plástico y papeles autoadhesivos, productos que hasta ahora habían estado sujetos a un arancel correctivo por prácticas de comercio desleal.

Fin de una medida con más de una década de vigencia

El caso se remonta a la Resolución 13/2013 del ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que había establecido derechos antidumping sobre productos originarios de Chile tras comprobarse exportaciones a precios de dumping. Dichas medidas fueron confirmadas y prorrogadas en 2014 y 2019, manteniéndose vigentes durante cinco años adicionales a través de la Resolución 1342/2019 del entonces Ministerio de Producción y Trabajo.

En 2024, la firma Avery Dennison de Argentina SRL, principal productora local del sector, solicitó la apertura de un nuevo examen. En ese marco, la Subsecretaría de Comercio Exterior elaboró en junio de 2025 un Informe de Determinación Final del Margen de Dumping, que concluyó que existiría una probabilidad de recurrencia en caso de levantarse la medida. El estudio determinó un margen de dumping del 19,77% para la firma exportadora Fedrigoni Self Adhesives Chile SA (continuadora de Ritrama SA), que representaba el 98% del volumen exportado hacia la Argentina.

No obstante, la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) concluyó, mediante el Acta de Directorio 2603 del 3 de septiembre de 2025, que no correspondía sostener la medida, dado que la rama de producción nacional prácticamente desapareció. Avery Dennison, único productor relevante, había confirmado el cierre de su única planta, lo que dejó al mercado sin capacidad local significativa para abastecer la demanda.

Argumentos de la CNCE: “sin producción nacional, no hay rama que proteger”

En su dictamen, la CNCE señaló que durante el período de análisis la capacidad productiva nacional ya era insuficiente y que, tras el retiro de Avery Dennison, “la capacidad productiva nacional es extremadamente poco significativa en términos del consumo aparente argentino”.

En consecuencia, el organismo afirmó que una eventual medida antidumping “no tendría una producción nacional suficiente a la cual proteger”, condición indispensable que exige la normativa internacional y local.

Por este motivo, recomendó cerrar el examen iniciado en 2024 sin aplicar nuevas medidas compensatorias. La Subsecretaría de Comercio Exterior y la Secretaría de Industria y Comercio adhirieron a esta conclusión, que finalmente fue ratificada por el Ministerio de Economía.

La resolución implica que las importaciones chilenas de films y papeles autoadhesivos ingresarán sin derechos antidumping adicionales, en un contexto donde el mercado interno depende en gran medida del abastecimiento externo.

El impacto se sentirá tanto en el sector gráfico e industrial que utiliza estos insumos como en los precios finales, dado que la eliminación de sobrecostos por derechos antidumping puede mejorar la competitividad de las empresas locales consumidoras.

En términos políticos y regulatorios, el caso refleja cómo la desaparición de un actor local clave (Avery Dennison) reconfigura la lógica de defensa comercial: sin producción nacional que proteger, las medidas antidumping pierden sustento legal.

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El Gobierno reglamentó el uso forense del ADN en investigaciones criminales

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Gobierno reglamenta el Registro Nacional de Datos Genéticos para reforzar la investigación criminal. Con el Decreto 709/2025, el Poder Ejecutivo aprobó una nueva reglamentación de la Ley 26.879 que fortalece el uso forense del ADN en investigaciones criminales.

El Ministerio de Seguridad Nacional será la autoridad de aplicación y deberá garantizar altos estándares de seguridad, confidencialidad e interoperabilidad entre jurisdicciones.

Un nuevo marco normativo para la identificación genética

El decreto, publicado el 3 de octubre en el Boletín Oficial, establece la reglamentación de la Ley 26.879 y sus modificaciones, derogando la normativa anterior aprobada en 2017 (Decreto 522/17). La medida redefine el funcionamiento del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal, que tendrá a su cargo la organización de una base de datos informatizada de perfiles genéticos, entrecruzamiento de información y provisión de informes a las autoridades judiciales y al Ministerio Público.

Según el artículo 1°, el Registro deberá almacenar perfiles obtenidos de imputados, procesados y condenados, evidencias biológicas, cadáveres no identificados, familiares de desaparecidos y personal interviniente en la escena del crimen. El objetivo es favorecer el esclarecimiento de delitos graves y evitar la impunidad, priorizando casos de homicidios dolosos, abusos sexuales, narcotráfico y robos agravados.

Seguridad, confidencialidad y control judicial

El anexo del decreto precisa que los laboratorios deberán estar acreditados conforme a normas ISO/IEC 17025 y supervisados por la Comisión Nacional de Huellas Genéticas, que además tendrá potestad de dictar normas técnicas, asesorar sobre equipamiento y velar por la cadena de custodia.

El artículo 8° fija un reglamento de seguridad de datos, que prohíbe expresamente compartir información con bancos privados, registros no autorizados o entidades extranjeras sin ley específica. Asimismo, toda operación deberá quedar registrada para garantizar trazabilidad y transparencia.

La normativa también resguarda los derechos de las personas imputadas o procesadas, garantizando que la extracción de ADN se realice del modo menos lesivo, con orden judicial y sin afectar la dignidad del afectado. El control judicial se mantiene en la decodificación de perfiles, que solo se habilitará ante un impacto identificatorio positivo.

Coordinación federal y dirección interina

El decreto designa al Ministerio de Seguridad Nacional como autoridad de aplicación, facultándolo a integrar los datos de registros provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo convenios de reciprocidad. Esta coordinación federal es considerada clave para unificar criterios y mejorar la eficacia del sistema.

En tanto, hasta que se realice el concurso público previsto en la Ley 27.759, el Poder Ejecutivo podrá designar un Director Interino del Registro, con requisitos de especialización en genética forense y experiencia comprobada. El futuro titular será designado tras un concurso de oposición y antecedentes, supervisado por la Comisión Nacional de Huellas Genéticas.

La reglamentación refuerza la política de prevención y persecución penal mediante la ciencia forense, en un contexto donde el avance tecnológico multiplica las posibilidades de identificación criminal. A la vez, plantea un desafío en materia de protección de datos personales, ya que involucra información altamente sensible.

Entre los sectores más directamente afectados se encuentran el Poder Judicial, el Ministerio Público, las fuerzas de seguridad y los laboratorios forenses acreditados. También tendrá repercusión en las provincias, que deberán adecuar sus registros locales para garantizar interoperabilidad.

En lo institucional, la medida busca evitar la impunidad y reducir la revictimización en casos de delitos graves, además de mejorar la trazabilidad de investigaciones abiertas y la identificación de personas desaparecidas.

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