Año: 2025

ARCA simplifica y digitaliza la importación personal sin fines comerciales

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó el procedimiento para la importación definitiva para consumo de mercaderías sin finalidad comercial y/o industrial por parte de personas humanas, con el objetivo de simplificar trámites, digitalizar formularios y unificar criterios operativos. La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5805/2025, dictada el 23 de diciembre de 2025, con vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.

La norma introduce modificaciones a la Resolución General N° 3.172, que regula el régimen simplificado de importaciones personales, y consolida el uso del Sistema Informático MALVINA (SIM) para el registro de estas operaciones, en línea con un plan de mejora orientado a facilitar el comercio internacional y otorgar mayor previsibilidad a los procedimientos aduaneros.

Un nuevo esquema unificado para importaciones personales

Con la modificación dispuesta, la importación definitiva para consumo de mercaderías sin finalidad comercial y/o industrial deberá formalizarse mediante el procedimiento simplificado previsto en la Resolución General N° 3.628, que regula el uso del Módulo Declaración Detallada del SIM, con la utilización de los “Códigos AFIP” implementados por la Resolución General N° 2.964.

El nuevo texto del artículo 1° establece que podrán ingresar al país mercaderías nuevas o usadas para uso o consumo del destinatario, siempre que, “por su cantidad, calidad, variedad o valor no permitan presumir una finalidad comercial y/o industrial”. Además, exige acompañar la documentación correspondiente conforme a la normativa vigente al momento de la importación.

En paralelo, la resolución deroga los artículos 2° y 3° de la norma original, simplificando el esquema regulatorio y concentrando el procedimiento en un único canal operativo.

Pago de tributos, controles y digitalización del formulario OM-2153-A

La resolución también redefine el tratamiento tributario y operativo de estas importaciones. Según el nuevo artículo 5°, las mercaderías ingresadas bajo este régimen estarán sujetas al pago de los derechos y demás gravámenes del régimen general de importación, y el valor en aduana será determinado al momento de la verificación de los efectos ingresados.

Asimismo, las operaciones quedarán alcanzadas por las prohibiciones de carácter económico y no económico y por la intervención de terceros organismos, manteniendo los controles propios del sistema aduanero.

Uno de los cambios centrales es la digitalización del formulario “Solicitud para importar mercaderías por personas humanas sin finalidad comercial y/o industrial” (OM-2153-A). El nuevo artículo 7° dispone que, cuando por razones operativas no pueda realizarse el registro vía SIM, la importación deberá formalizarse mediante dicho formulario, ahora aprobado en formato digital e interactivo, disponible en la sección “Formularios” y en el micrositio “Viajeros” del sitio web de ARCA.

Este cambio se inscribe en la estrategia de digitalización de procesos y documentos físicos, con el objetivo de lograr una gestión más eficiente y coordinada entre las áreas intervinientes del organismo.

Delegación operativa y alcance institucional de la medida

La Resolución General 5805/2025 delega en la Dirección General de Aduanas la facultad de realizar las adecuaciones necesarias a los requisitos formales del procedimiento simplificado, a fin de garantizar el debido control aduanero y la correcta aplicación de prohibiciones.

La norma fue elaborada con la intervención de las áreas técnicas y jurídicas de ARCA, incluyendo la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, Control Aduanero y Operaciones Aduaneras, así como la Dirección General de Aduanas, lo que refuerza su alcance institucional.

En términos prácticos, la actualización apunta a ordenar y homogeneizar la operatoria de importaciones personales, mejorar la trazabilidad de las operaciones y reducir la carga administrativa para los usuarios, sin alterar los principios de control y fiscalización aduanera previstos en el marco normativo vigente.

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El Gobierno congela nuevas Sociedades de Garantía Recíproca y refuerza el control del sistema

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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, dispuso una reforma integral del régimen de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR). Mediante la Resolución 273/2025, publicada el 29 de diciembre de 2025, se suspenden las nuevas autorizaciones para crear SGR hasta el 31 de diciembre de 2026, se amplían los mecanismos de control y sanción y se introducen cambios técnicos en la operatoria del sistema. La medida apunta a ordenar el uso del beneficio fiscal, fortalecer la transparencia y asegurar un impacto fiscal “responsable, previsible y eficiente” del instrumento clave de financiamiento para las MiPyME aviso_336813.

Suspensión de nuevas SGR y continuidad del sistema vigente

El núcleo de la resolución establece que, desde el 1° de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, quedarán suspendidos los procedimientos para otorgar nuevas autorizaciones de funcionamiento de Sociedades de Garantía Recíproca, incluyendo los trámites que ya estuvieran iniciados. La decisión se apoya en el artículo 79 de la Ley N° 24.467, que reconoce el costo fiscal asociado al régimen de garantías, y busca preservar su sustentabilidad en un contexto de revisión normativa y administrativa aviso_336813.

Según los considerandos, la suspensión no implica desmantelar el sistema sino ordenar su crecimiento, manteniendo operativas las SGR ya autorizadas y reforzando los controles sobre su desempeño, su información financiera y el uso del Fondo de Riesgo. El objetivo explícito es que el régimen continúe promoviendo el acceso al crédito de las micro, pequeñas y medianas empresas, pero con mayor previsibilidad regulatoria.

Cambios normativos: más control, más información y sanciones más claras

La Resolución 273/2025 introduce modificaciones profundas a la Resolución N° 21/2021, que contiene las Normas Generales del Sistema de SGR. Entre los cambios centrales se destacan:

  • Ampliación del régimen informativo: se refuerza el intercambio de información entre la Autoridad de Aplicación y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con mayores exigencias documentales para los socios protectores y para las garantías otorgadas aviso_336813.
  • Reformas estatutarias más exigentes: las SGR deberán presentar, junto con cada modificación de estatuto, un texto ordenado consolidado, que deberá inscribirse en el Registro Público correspondiente, elevando los estándares de seguridad jurídica aviso_336813.
  • Fondo de Riesgo: se redefinen las condiciones para los aportes de socios protectores, se precisan los conceptos imputables al fondo y se eliminan restricciones temporales para los aportes sin beneficio fiscal, con el objetivo de incentivar la capitalización genuina del sistema aviso_336813.
  • Régimen de sanciones: se endurecen las sanciones para infracciones graves y muy graves. La norma fija multas de entre $500.000 y $5.000.000 para quienes ejerzan cargos de administración o dirección en las SGR, además de la posibilidad de inhabilitación temporaria o permanente para ocupar funciones en entidades comprendidas en la Ley 24.467 aviso_336813.

Estos ajustes buscan atender observaciones de auditorías previas y dotar al sistema de mayor taxatividad normativa, reduciendo zonas grises en la interpretación y aplicación de las reglas.

Impacto económico e institucional: señales al mercado PyME

Desde el punto de vista económico, la medida tiene un doble efecto. Por un lado, limita la expansión cuantitativa del sistema SGR al congelar nuevas autorizaciones durante 2026. Por otro, fortalece la calidad institucional del régimen existente, apuntalando su credibilidad ante el sistema financiero, el mercado de capitales y los organismos fiscales.

Para las MiPyME, el mensaje es que las garantías seguirán disponibles, pero dentro de un esquema más controlado. Para los socios protectores y administradores de SGR, el nuevo marco implica mayores responsabilidades legales y patrimoniales, con sanciones explícitas ante incumplimientos.

En términos políticos e institucionales, la resolución se inscribe en una estrategia de ordenamiento del gasto tributario y de revisión de los regímenes de promoción, sin eliminar instrumentos considerados clave para el financiamiento productivo. La prórroga de la suspensión hasta fines de 2026 deja abierta la puerta a una futura reconfiguración del sistema, una vez evaluados sus resultados bajo las nuevas reglas.

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El vóley posadeño celebró su año con un vibrante cierre en el Finito Gehrmann

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El torneo clausura finalizó en el Polideportivo Finito Gehrmann con un partido vibrante y entrega de premios. El Municipio reafirmó su compromiso con el deporte comunitario y el desarrollo de todas las edades.

La Liga Municipal Posadeña de Vóley cerró el 2025 este fin de semana en el Polideportivo Municipal Ernesto “Finito” Gehrmann, con un emocionante partido final, entrega de premios y acompañamiento de vecinos, pese al mal tiempo. El encuentro decisivo lo ganó Brujos A en dos sets, ante una gran cantidad de vecinos que acompañaron la jornada deportiva.

El evento coronó un año intenso para la competencia, que creció en equipos, categorías y participación. Familias, deportistas y seguidores del vóley se acercaron al estadio municipal, generando un clima festivo que reflejó el fuerte arraigo de la disciplina en la ciudad.

Desde el Municipio destacaron el trabajo sostenido que se realiza para fortalecer el deporte comunitario. La directora de Deportes Comunitarios, Luciana López, remarcó la importancia de la Liga Posadeña, que se desarrolla desde hace varios años y convoca cada temporada a más equipos.

“La liga viene creciendo año tras año. Se empezó con el torneo apertura y hoy estamos cerrando el clausura con una gran convocatoria y mucho acompañamiento”, señaló la funcionaria, y valoró el trabajo del equipo organizador integrado por Marta Prieto, Alejandro Cardoso y Daniela Cardoso.

López subrayó que el objetivo municipal es llegar a todas las edades. En ese sentido, destacó el impulso a la Liga de Menores, que comienza en la categoría Sub 14, y el rol de las escuelas municipales como semillero deportivo.

Actualmente, Posadas cuenta con siete escuelas municipales de vóley distribuidas en distintos barrios, además de las actividades que se desarrollan en el Finito Gehrmann, el Polideportivo Municipal y el Feminí. Solo en el Finito participan más de 70 alumnos, mientras que la Liga Municipal reúne a más de 80 equipos.

La directora también resaltó la importancia de reconocer el esfuerzo y el rendimiento de los deportistas. “Estos espacios hay que sostenerlos, defenderlos y seguir construyéndolos para que se sumen cada vez más equipos”, afirmó durante la premiación.

La Liga Posadeña, además, trasciende las fronteras de la ciudad. Participan equipos de Puerto Rico, Capioví y Jardín América, lo que refuerza su carácter regional y consolida a Posadas como un punto de referencia para el vóley.

De cara al 2026, el Municipio proyecta ampliar la oferta deportiva en los barrios. Está previsto abrir nuevas escuelitas de vóley y fútbol, sumar una reciente escuela de rugby y continuar fortaleciendo las ligas municipales de vóley, fútbol y básquet.

La Liga Municipal Posadeña de Vóley despidió el año reafirmando el valor del deporte como espacio de inclusión, encuentro y crecimiento para toda la comunidad.

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El asado aumentó 13% en noviembre y empujó los precios, aunque repuntó el consumo

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A pesar de una fuerte suba de precios en noviembre, encabezada por el asado con un incremento mensual del 13%, el consumo de carne vacuna en Argentina creció 3,4% interanual, según el último informe de la Cámara de la Industria y el Comercio de Carnes y Derivados de la República Argentina (CICCRA). El dato confirma una recuperación moderada de la demanda interna, incluso en un contexto de aceleración inflacionaria en los mostradores y caída de las exportaciones, y aporta señales relevantes sobre el comportamiento del consumo y la dinámica del sector cárnico hacia el cierre del año.

De acuerdo con el relevamiento, el consumo per cápita alcanzó en noviembre los 48,3 kilos por habitante por año, lo que implica una mejora interanual del 2,3% al considerar el promedio de enero a noviembre. En términos absolutos, esto se traduce en un aumento de 1,1 kilo por persona, equivalente a 2,101 millones de toneladas res con hueso (tn r/c/h), un dato que refleja mayor absorción del mercado interno frente a un escenario externo más adverso.

Precios en alza: el asado lideró las subas y la inflación anual supera el 53%

El informe de CICCRA destacó que en noviembre el precio promedio de la carne vacuna registró una suba mensual del 6,6%, una aceleración significativa frente al 2,6% observado en octubre, impulsada por la recomposición del precio relativo de los distintos cortes.

El asado fue el corte con mayor incremento mensual, al trepar 13% y alcanzar un valor promedio de $13.304,75 por kilo. Le siguieron la nalga, con una suba de 10,2% hasta $16.740,11 por kilo; la carne picada común, con un alza de 9,5% ($8.018,7); el cuadril, que aumentó 9,4% ($16.063,71); y la paleta, con un incremento de 8,4% ($13.024,15). En contraste, la caja de hamburguesas congeladas mostró un aumento más moderado del 2,9% mensual, con un precio promedio de $5.756,54 por cuatro unidades.

En la comparación interanual, la aceleración fue aún más evidente: el precio promedio de la carne vacuna exhibió un aumento del 53,2% anual en noviembre, frente al 47,3% registrado en octubre. Nuevamente, el asado lideró las subas con un 76,8% interanual, seguido por el cuadril (75,9%), la nalga (73,7%), la paleta (71,2%) y la carne picada común (59,7%). Las hamburguesas congeladas aumentaron 42,7% anual, mientras que el pollo entero mostró un alza mucho más contenida del 21,1% interanual, consolidándose como sustituto en el consumo.

Producción estable, exportaciones en baja y reconfiguración de la demanda

En términos productivos, la industria frigorífica faenó y produjo 2,881 millones de toneladas r/c/h de carne vacuna en los primeros once meses del año, un volumen prácticamente idéntico al registrado en igual período de 2024. Sin embargo, en noviembre la producción fue de 245 mil toneladas r/c/h, lo que representó una caída del 6,3% respecto de octubre y un descenso del 6,7% interanual.

Del lado de la demanda externa, las exportaciones de carne vacuna retrocedieron 10% interanual en el período enero-noviembre, con un total embarcado de 779,6 mil toneladas r/c/h. CICCRA atribuyó este desempeño principalmente a la disminución de las compras de China durante el primer semestre del año, un factor clave dada la gravitación de ese mercado en el esquema exportador argentino.

En el análisis mensual, la cámara explicó que “al igual que un año atrás, la caída estacional de los envíos a Israel (-71,6%; -4.519 toneladas peso producto) alcanzó para explicar la contracción del total exportado con relación al mes previo”. En la comparación interanual, las exportaciones totales se contrajeron 2,4% (-1.362 tn pp), debido a menores ventas a China, Israel, México, Canadá, Chile e Italia, que compensaron los mayores envíos a Países Bajos y Estados Unidos. En tanto, los despachos a Alemania, Brasil y España se mantuvieron en niveles similares a los del año anterior.

Un equilibrio frágil entre precios, consumo y mercado externo

El cuadro que surge del informe de CICCRA muestra un equilibrio delicado: precios que vuelven a acelerarse con fuerza, un consumo interno que resiste y mejora levemente respecto de 2024, y un frente exportador que pierde tracción. En este contexto, el mercado doméstico vuelve a ganar protagonismo como sostén de la actividad, mientras los valores relativos entre carnes explican parte de la recomposición del consumo de pollo frente a la carne vacuna.

La evolución de los precios en los próximos meses, junto con la dinámica de la oferta y la recuperación —o no— de las exportaciones, será determinante para evaluar si este repunte del consumo logra consolidarse o si vuelve a verse tensionado por nuevas subas en el mostrador.

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El Gobierno prorrogó la continuidad de Ferrovías en la Línea Belgrano Norte

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La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía dispuso extender hasta el 30 de junio de 2027 la continuidad en la explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de la Línea Belgrano Norte a cargo de Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, o hasta tanto se adjudiquen los servicios en el marco de la licitación pública vigente, lo que ocurra primero. La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 90/2025, firmada el 22 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y apunta a garantizar la regularidad, continuidad, obligatoriedad e igualdad del servicio en un contexto de transición institucional del sistema ferroviario.

La medida se inscribe en el proceso de reordenamiento ferroviario definido por la Ley 27.132, en un escenario atravesado por la emergencia pública ferroviaria y por la redefinición del esquema concesional de las líneas metropolitanas bajo jurisdicción nacional.


Un contrato histórico, prórrogas sucesivas y un nuevo marco ferroviario

La concesión de la Línea Belgrano Norte fue aprobada originalmente por el Decreto 430/1994, mediante el cual el entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos suscribió el contrato con Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria. Posteriormente, el acuerdo fue modificado por el Decreto 1417/1999 y complementado por un acta acuerdo aprobada por el Decreto 167/2001.

El plazo contractual se fijó en 24 años desde la toma de posesión, con posibilidad de prórrogas sucesivas de 10 años. Sin embargo, la sanción de la Ley 26.352 y, posteriormente, de la Ley 27.132, modificó sustancialmente el esquema ferroviario argentino. Esta última declaró de interés público nacional la reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y cargas y estableció principios rectores como la administración estatal de la infraestructura, la participación pública y privada en la operación y la protección de los derechos de los usuarios.

En ese marco, la Resolución 1339/2017 del entonces Ministerio de Transporte rechazó la prórroga contractual solicitada por Ferrovías y dispuso la continuidad transitoria del servicio por 18 meses, conforme lo previsto en el artículo 19 del contrato de concesión. Ese plazo fue extendido en reiteradas oportunidades por las resoluciones 359/2019, 77/2020, 188/2023 y 999/2024 del Ministerio de Economía. La última extensión previa había sido otorgada por 60 días, mediante la Resolución 63/2025 de la Secretaría de Transporte.

Licitación en curso y suspensión de la adecuación contractual

En paralelo, el Estado Nacional avanzó con un proceso de licitación integral. A través del Decreto 423/2019, se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para otorgar la concesión de las líneas General Urquiza y Belgrano Norte, proceso que fue reformulado por el Decreto 170/2023, que migró de un modelo de concesión integral a uno centrado en operación y mantenimiento.

La Resolución 90/2025 detalla que Ferrovías solicitó una prórroga del plazo establecido por la Resolución 999/2024 con el objetivo de concluir y elevar una propuesta de adecuación contractual, en los términos del artículo 3° de la Ley 27.132 y del Decreto 1027/2018, modificado por el Decreto 478/2025, que delega en la Secretaría de Transporte la facultad de revisar los contratos vigentes, incluyendo eventuales extensiones de hasta 10 años.

La empresa presentó formalmente su propuesta el 28 de octubre de 2025, pero tras el análisis técnico y jurídico correspondiente, la Secretaría de Transporte resolvió no avanzar en esta instancia con la adecuación contractual, priorizando la consistencia con el marco normativo vigente y la continuidad de los procesos licitatorios en curso.

Por ese motivo, el Gobierno optó por extender administrativamente la continuidad operativa hasta el 30 de junio de 2027, o hasta la adjudicación de la licitación, lo que ocurra primero.

Impacto institucional y reglas de salida para el concesionario

La resolución establece además que, si la adjudicación del proceso licitatorio se produce antes del vencimiento del plazo, la prestación a cargo de Ferrovías finalizará con la toma de posesión del nuevo concesionario, “sin derecho a reclamo alguno por este concepto”, debiendo la empresa colaborar y facilitar el cambio de operador del servicio. Esta cláusula fija con claridad las condiciones de transición y reduce la incertidumbre jurídica en la etapa final de la concesión.

La medida se dicta en un contexto de emergencia pública ferroviaria, declarada por el DNU 525/2024 y reglamentada por el Decreto 526/2024, que abarca tanto la infraestructura como la operación de los servicios ferroviarios de pasajeros y cargas. No obstante, la resolución aclara que dicha emergencia no altera los efectos de los contratos de concesión vigentes ni subroga las obligaciones y responsabilidades de los operadores privados.

Desde el punto de vista institucional, la decisión refuerza el rol de la Secretaría de Transporte como autoridad delegada para administrar la transición del sistema ferroviario, con intervención de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIF).

Continuidad del servicio y definición pendiente

La extensión hasta 2027 garantiza previsibilidad operativa para la Línea Belgrano Norte, uno de los corredores ferroviarios metropolitanos más relevantes, pero también pone de relieve la demora en la definición del esquema concesional definitivo. Mientras se completa el proceso licitatorio iniciado en 2019 y reformulado en 2023, el Estado prioriza asegurar la continuidad del servicio público bajo un régimen transitorio.

La resolución, firmada por el secretario de Transporte, Luis Octavio Pierrini, entra en vigencia a partir de su suscripción y se suma a una serie de decisiones que delinean la hoja de ruta del Gobierno en materia de política ferroviaria y reorganización del transporte público.

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