Maidana: “La ley de Alquileres reconoce el trabajo de los Corredores Inmobiliarios”
El presidente del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Misiones, Juan Maidana destacó algunos puntos de la nueva ley de Alquileres que fue aprobada en el Senado con 41 votos a favor. “Trae cambios para todo el país por una problemática que se concentra en Capital Federal”, analizó. Sin embargo, resaltó que para el corredor inmobiliario es un hecho fundante que se lo reconozca en la ley como único habilitado a cobrar honorarios por las operaciones que se concreten a futuro.
“Los honorarios son solo para los matriculados y en el caso de Misiones, para quienes formen parte del Colegio. Es la primera vez que se nos reconoce como tales y queda plasmado en la ley”, explicó.
También destacó que se le quita presión al inquilino, a través de la extensión de los vínculos contractuales, de dos a tres años y la actualización anual. Pero advirtió que la ecuación utilizada para calcular las actualizaciones, puede ser perjudicial para el inquilino de las provincias, ya que combina inflación y aumentos salariales, que no siempre coinciden con los del país central. Por ejemplo, la inflación anualizada es de 43.4 por ciento, pero los contratos se pactaron con subas semestrales de 15 por ciento en promedio.
Para el inquilino también significará una mejora que solo sea exigible el equivalente a un mes de alquiler como depósito y que pueda romper el vínculo con una multa menor.
Será el propietario quien deba hacerse cargo de las expensas extraordinarias y no podrá trasladarlas al inquilino.
Lo que hay que saber
En la semana el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Misiones capacitó a sus matriculados y a propietarios sobre los artículos de la ley que se apresta a debatir la Cámara alta.
En cuanto a la indexación de los alquileres, el proyecto establece que el ajuste de los contratos deberá efectuarse anualmente utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor y los salarios. Es en ese punto en el que surgen dudas sobre el impacto en el mercado local, ya que los salarios no se actualizan al mismo ritmo que en Buenos Aires.
En cuanto a los plazos de los vínculos contractuales, se extienden de dos a tres años.
Por otra parte, el proyecto de ley establece que las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Solo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes independientemente de cómo sean considerados (expensas comunes ordinarias o extraordinarias).
Otra reforma es el depósito en garantía. Se reducirá el depósito de garantía a un mes de alquiler y una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.
En el caso de las garantías, la ley indica que se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no sólo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas.
El locador o inmobiliaria deberá declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la para la renovación del contrato el prestador del inmueble deberá informar con tres meses de anticipación si renueva y cuáles son las condiciones para el nuevo contrato.
En cuanto a la comisión inmobiliaria, la normativa establece que sólo podrá estar a cargo de un profesional matriculado en los colegios profesionales según legislación provincial vigente y, en el caso de que intervenga un solo corredor, propietario e inquilino deberán pagar comisión.
“En este punto es donde CCPIM hace un llamado de atención muy importante ya que al momento de concretarse la locación las partes deberán abonar la comisión solamente si el profesional se encuentra matriculado en CCPIM, para los contratos celebrados en el ámbito de la provincia de Misiones, de otra manera no está obligado a abonar”, señaló Juan Maidana, presidente del Colegio.