Redacción Economis

Así se controlará el etiquetado y la publicidad de los productos de tabaco

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El Ministerio de Salud dispuso, mediante la Resolución 2312/2025, que la Secretaría de Gestión Sanitaria asuma la facultad de autorizar o rechazar las solicitudes de etiquetado y publicidad de nuevos productos de tabaco presentadas por fabricantes e importadores. La medida, publicada en el Boletín Oficial, apunta a acelerar los procesos de evaluación y control, en línea con la Ley 26.687 de Regulación de la Publicidad, Promoción y Consumo de Productos de Tabaco.

La Ley 26.687, sancionada en 2011, establece medidas integrales para reducir el consumo de tabaco, prevenir su iniciación —especialmente entre jóvenes— y minimizar los efectos del humo en la salud pública. Entre ellas, prohíbe la publicidad engañosa, el uso de términos como “light” o “suave” y la difusión de información que sugiera beneficios inexistentes en los productos elaborados con tabaco.

El Decreto 602/2013 y la Resolución Ministerial 143/2022 reforzaron estas disposiciones, fijando que toda información al público sobre ingredientes y efectos debe ser aprobada previamente por el Ministerio de Salud, a través del Programa Nacional de Control de Tabaco.

Contenido técnico: cambios en la estructura de control

La resolución firmada por el ministro Mario Iván Lugones delega en el titular de la Secretaría de Gestión Sanitaria la potestad de emitir los actos administrativos que autoricen o denieguen las solicitudes de etiquetado y publicidad.

De este modo, las empresas fabricantes e importadoras deberán presentar ante dicha Secretaría sus propuestas, que serán evaluadas en función de las Normas para la Divulgación de Información al Público Acerca de los Ingredientes de Productos de Tabaco, aprobadas en 2022.

La norma también contempla que esta delegación se mantendrá vigente aun si se producen cambios estructurales en la cartera sanitaria, asegurando la continuidad del proceso.

Según los considerandos, el objetivo de la medida es “brindar mayor celeridad al trámite y obtener mayor agilidad y capacidad de respuesta” en las autorizaciones. Esto permitirá al Ministerio actuar con mayor rapidez ante la aparición de nuevos productos y estrategias de marketing de la industria tabacalera, que buscan eludir las restricciones vigentes.

La Dirección Nacional de Abordaje Integral de Enfermedades No Transmisibles y el Programa Nacional de Control de Tabaco fueron los organismos técnicos que impulsaron esta decisión.

Repercusiones: impacto en la industria y la salud pública

El nuevo esquema podría endurecer los tiempos de aprobación y control sobre el etiquetado, dificultando el ingreso al mercado de productos que utilicen mensajes ambiguos o atractivos para menores. Para la industria tabacalera, esto supone una mayor exigencia de adecuación a las pautas oficiales antes de lanzar nuevas líneas de productos.

Desde el punto de vista sanitario, la medida fortalece las políticas de prevención y concientización sobre los riesgos del consumo de tabaco, alineándose con las recomendaciones internacionales de la OMS.

La delegación de competencias apunta a consolidar un esquema de fiscalización más ágil, que permita dar respuesta rápida ante los desafíos regulatorios que plantea el mercado del tabaco, especialmente en productos novedosos como los sistemas electrónicos de administración de nicotina.

En los próximos meses, la Secretaría de Gestión Sanitaria deberá definir protocolos operativos para implementar esta delegación y garantizar que los controles mantengan el rigor técnico y científico establecido por la normativa vigente.

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El Ministerio de Trabajo brindó una capacitación sobre violencia laboral en el IPEC

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El Observatorio de Violencia Laboral del Ministerio de Trabajo de Misiones llevó adelante una jornada de capacitación en el Instituto Provincial de Estadística y Censos (IPEC), con el objetivo de brindar herramientas para la prevención, detección y abordaje de situaciones de violencia en el ámbito laboral.

La actividad estuvo a cargo de la Lic. en Psicología María Fernández López, la Lic. en Psicopedagogia, Belén Acuña y la Dra. Soledad Llamosas, abogada y asesora legal del Observatorio, quienes compartieron contenidos teóricos y prácticos, así como experiencias y recursos para fortalecer la construcción de entornos de trabajo seguros y respetuosos.

La ministra de Trabajo, Silvana Giménez, destacó que Misiones es la única provincia del país que cuenta con un Observatorio de Violencia Laboral y con estadísticas propias sobre esta problemática, lo que permite desarrollar políticas públicas concretas de prevención. Asimismo, subrayó la importancia del trabajo articulado con el IPECb para avanzar en la elaboración y análisis de datos que contribuyan a la toma de decisiones.

Por su parte, la directora del IPEC, Silvana Labat, agradeció la capacitación y puso en valor el compromiso y profesionalismo del personal del organismo, resaltando la relevancia de contar con espacios de formación continua que potencien sus capacidades.

Esta capacitación se enmarca en las políticas del Gobierno de Misiones orientadas a garantizar el trabajo digno, la protección de los derechos laborales y la erradicación de toda forma de violencia en el ámbito laboral.

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El Gobierno fijó los nuevos haberes de las Fuerzas Armadas y la Policía Naval

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El Gobierno actualizó los haberes del personal militar y de la Policía de Establecimientos Navales para el segundo semestre de 2025

A través de la Resolución Conjunta 63/2025 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía y el Ministerio de Defensa establecieron la nueva escala de haberes para el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía de Establecimientos Navales correspondiente a los meses de junio a noviembre de 2025, en el marco de las políticas de actualización salarial de la Administración Pública Nacional.

La medida, que lleva las firmas de Luis Caputo y Luis Petri, responde a la necesidad de mantener actualizada la remuneración del personal militar y de las fuerzas de seguridad navales, en línea con los criterios fijados para el conjunto de la Administración Pública Nacional. La Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público intervino en el proceso de elaboración.

La resolución complementa la Resolución Conjunta 24/2025, que había fijado los haberes para el trimestre marzo-mayo, y se inscribe en el esquema de revisiones escalonadas que viene implementando el Gobierno.

Nuevos valores: detalle de los haberes por jerarquía

Según los Anexos I y II que acompañan la medida, los salarios experimentarán aumentos mensuales progresivos entre junio y noviembre.

En el caso del personal militar, el haber mensual inicial (junio) para un Teniente General, Almirante o Brigadier General es de $2.647.231, y alcanzará $2.809.917 en noviembre. Un Coronel, Capitán de Navío o Comodoro pasará de $1.883.977 en junio a $1.999.757 en noviembre, mientras que un Voluntario de 2da. o Marinero de 2da. percibirá entre $575.163 y $610.510 en el mismo período.

Para la Policía de Establecimientos Navales, un Comisario Inspector cobrará $816.039 en junio y llegará a $866.190 en septiembre, mientras que un Agente de Segunda percibirá entre $317.438 y $336.947.

Fundamentos: garantizar la operatividad y adecuación a la política pública

El Ministerio de Defensa destacó que esta actualización busca preservar el poder adquisitivo del personal y garantizar la operatividad de las fuerzas, considerando las “necesidades funcionales de la defensa y seguridad nacional”.

Asimismo, el artículo 3 de la resolución establece que el gasto será atendido con los créditos del Presupuesto 2025 asignados al Ministerio de Defensa, sin necesidad de ampliaciones extraordinarias.

La medida beneficiará a miles de efectivos en las tres Fuerzas Armadas y en la Policía de Establecimientos Navales, representando una recomposición que acompaña los ajustes realizados en el resto del sector público.

Desde el plano operativo, el aumento salarial busca consolidar la retención de personal calificado y contribuir al cumplimiento de las misiones estratégicas de las fuerzas, en un contexto de reformas más amplias dentro del Estado nacional.

La resolución establece que las escalas tendrán vigencia hasta noviembre de 2025, por lo que en los próximos meses el Gobierno deberá definir los valores correspondientes al último tramo del año o implementar una nueva actualización en caso de cambios macroeconómicos.

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Transporte ferroviario: Caputo aprobó el Presupuesto 2025 con equilibrio financiero sostenido por subsidios

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El Ministerio de Economía aprobó, mediante la Resolución 1126/2025, el Plan de Acción y Presupuesto 2025 de la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), organismo responsable de los servicios ferroviarios urbanos, interurbanos y regionales. El presupuesto prevé gastos operativos por $1,06 billones frente a ingresos estimados en $83.801 millones, lo que implica un déficit operativo proyectado de $978.773 millones, según se desprende de los anexos publicados en el Boletín Oficial.

La resolución establece que, para el ejercicio 2025, la SOFSE tendrá ingresos corrientes por $1,05 billones y gastos corrientes por $1,06 billones, lo que arroja un resultado económico negativo de $14.039 millones. A su vez, se prevén recursos de capital por $66.838 millones y gastos de capital por $52.798 millones, lo que lleva el resultado financiero final a un equilibrio formal de $0, compensado por transferencias del Tesoro Nacional.

En términos prácticos, el esquema presupuestario refleja que más del 90% del financiamiento operativo de la SOFSE provendrá de subsidios estatales, dado que la recaudación por venta de pasajes representa una fracción mínima de los costos totales.

Contexto: una empresa clave para el transporte público

La Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), dependiente del Ministerio de Economía, administra la mayor parte de los servicios ferroviarios del país, incluidos los trenes metropolitanos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y varias líneas interurbanas de larga distancia.

Desde 2020, el Estado nacional ha incrementado el apoyo financiero a la empresa como parte de una política de sostenimiento del transporte público de pasajeros en un contexto de inflación y aumento de costos de mantenimiento, salarios y combustible.

La ley 24.156 de Administración Financiera, en su capítulo III, establece el régimen presupuestario para empresas públicas, que obliga a la aprobación anual de los planes de acción y presupuestos por parte del Ministerio de Economía.

Detalles técnicos: ingresos y gastos para 2025

El anexo de la resolución detalla que:

  • Ingresos de operación: $83.801.073.123
  • Gastos de operación: $1.062.574.719.876
  • Resultado operativo: -$978.773.646.753
  • Ingresos corrientes: $1.054.670.215.487
  • Gastos corrientes: $1.068.710.058.203
  • Resultado económico (desahorro): -$14.039.842.716
  • Recursos de capital: $66.838.711.027
  • Gastos de capital: $52.798.868.311
  • Resultado financiero final: $0

Estos números muestran que el déficit operativo continúa siendo uno de los mayores desafíos de la empresa, que depende casi exclusivamente de aportes estatales para sostener su funcionamiento.

Fundamentos oficiales: garantizar el servicio y mantener la red

El Ministerio de Economía, que conduce Luis Caputo, destacó que la medida se dicta en uso de las atribuciones del artículo 49 de la Ley 24.156 y su decreto reglamentario 1344/2007.

El presupuesto busca garantizar la continuidad de los servicios ferroviarios, sostener las operaciones en el AMBA –donde circula el 95% de los pasajeros– y financiar proyectos de inversión en infraestructura y material rodante, especialmente en corredores metropolitanos y regionales.

El alto nivel de subsidios destinados a la SOFSE genera tensiones en el marco del ajuste fiscal impulsado por el Gobierno nacional. Si bien el transporte ferroviario es considerado un servicio público esencial, la magnitud del déficit plantea interrogantes sobre la sostenibilidad del esquema actual y la posibilidad de avanzar en reformas tarifarias o modelos de participación privada.

Analistas advierten que un eventual recorte de subsidios podría impactar en la calidad y frecuencia de los servicios, mientras que un incremento en tarifas enfrenta límites sociales y políticos.

Con la aprobación del presupuesto, la SOFSE cuenta con un marco formal para ejecutar los fondos durante 2025. El desafío inmediato será optimizar el gasto operativo y acelerar proyectos de inversión, en un escenario donde el transporte ferroviario sigue siendo central para millones de usuarios, pero altamente dependiente del aporte estatal.

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ARCA amplía hasta 120 cuotas el plan para regularizar el Impuesto a las Ganancias

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva modificación al régimen especial para regularizar saldos del Impuesto a las Ganancias derivados de la incorrecta imputación de quebrantos. La Resolución General 5743/2025 amplía los plazos, mejora condiciones de pago y habilita cuotas más extensas para contribuyentes que apliquen ajuste por inflación, como parte de una estrategia para fortalecer la recaudación sin recurrir a medidas coercitivas.

Mediante la Resolución General 5684, dictada en marzo de 2024, ARCA había creado un régimen de facilidades de pago enfocado en regularizar saldos del impuesto a las ganancias surgidos de declaraciones juradas con quebrantos mal imputados —por uso de valores actualizados no procedentes u otros errores materiales—. En noviembre de 2024, la Resolución 5742 amplió los beneficios permitiendo refinanciar planes presentados para casos que aplicaran ajuste por inflación. Ahora, con la RG 5743/2025 publicada este 5 de agosto en el Boletín Oficial, se suman nuevas condiciones más favorables.

Detalles técnicos: más cuotas, montos mínimos actualizados y plazos extendidos

La normativa reformula los artículos 1°, 2°, 3° y 4° del régimen vigente:

  • Se ratifica que el plan puede aplicarse a:
    • Declaraciones juradas de Ganancias con quebrantos incorrectos en períodos no prescriptos.
    • Declaraciones de ejercicios comerciales cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, que computen quebrantos a valores históricos (originales o rectificativas).
    • Intereses y multas vinculadas a esos quebrantos.
  • Cantidad de cuotas:
    • Para casos generales: hasta 36 cuotas mensuales.
    • Para quienes apliquen ajuste por inflación y cumplan requisitos especiales: hasta 120 cuotas.
  • Montos mínimos por cuota:
    • Casos generales: $50.000.
    • Ajuste por inflación: $500.000.
    • Multas e intereses (inciso c): $200.000.
  • Plazos de adhesión:
    • Régimen general: hasta el 31 de octubre de 2025.
    • Casos bajo inciso b) del art. 1° (ejercicios cerrados entre dic/24 y nov/25): hasta el quinto mes posterior al vencimiento de la declaración.
    • Multas e intereses (inciso c): hasta el 30 de junio de 2026, si el impuesto principal ya fue regularizado.
  • El régimen no contempla reducción de intereses ni condonación de sanciones, preservando la integridad fiscal.

Fundamentos: objetivo de eficiencia recaudatoria sin litigios masivos

ARCA fundamenta la medida en razones de administración tributaria, con el propósito de “facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”. El foco está puesto en reducir la litigiosidad, regularizar ingresos con celeridad y mantener los principios de equidad tributaria ante errores formales pero recurrentes en el cómputo de quebrantos.

El artículo 2° también aclara que quienes hayan manifestado su voluntad de aplicar ajuste por inflación mediante el servicio “Presentaciones Digitales” hasta el 1 de septiembre de 2025, podrán acceder a los beneficios extendidos, si presentan sus declaraciones rectificativas al menos cinco días antes de la adhesión al plan.

Este régimen beneficia principalmente a empresas medianas y grandes con estructuras contables complejas, que aplicaron mal el tratamiento de quebrantos arrastrados, sobre todo en un contexto inflacionario donde la actualización de montos genera conflictos interpretativos. También alcanza a contribuyentes que incurrieron en errores involuntarios al trasladar saldos a favor entre ejercicios fiscales consecutivos.

El alivio puede tener impacto positivo sobre la recaudación sin requerir fiscalizaciones extensas, a la vez que ofrece previsibilidad a las empresas en proceso de auditoría o cierre de balances.

Con la nueva resolución, las empresas ganan margen de acción para revisar sus declaraciones pasadas y acceder a un esquema de pagos progresivo, sin caer en mora ni enfrentar sanciones mayores. La posibilidad de acceder hasta junio de 2026 para las multas e intereses derivados de quebrantos mal imputados es una medida que también busca sostener la voluntad de cumplimiento sin saturar la estructura de control de ARCA.

La medida se enmarca en un contexto de consolidación fiscal, donde el Ejecutivo apunta a mejorar la recaudación sin incrementar nominalmente la presión tributaria.

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