Cómo funcionará el sistema de vacunación del personal estratégico del Estado
La ministra Vizzotti firmó la resolución que reglamenta el sistema para transparentar el proceso de vacunación a personal estratégico en los tres ámbitos del Estado
La ministra Vizzotti firmó la resolución que reglamenta el sistema para transparentar el proceso de vacunación a personal estratégico en los tres ámbitos del Estado
El gobierno nacional definió el procedimiento legal para “transparentar” el proceso de vacunación contra el coronavirus al personal estratégico en los tres ámbitos del Estado y, en ese marco, resolvió que los involucrados “deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño” al solicitar autorización para ser inmunizado.
La ministra de Salud, Carla Vizzotti, firmó la Resolución 2021 -publicada después del mediodía en el Boletín Oficial- que reglamenta ese sistema con el fin de “transparentar” el proceso de vacunación al “personal estratégico” en los tres ámbitos del Estado, nombre con el que técnicamente se define al personal del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial que se considera que debe tener prioridad para recibirla.
Vizzotti resolvió para ello crear un observatorio para “monitorear” el cumplimiento y “emitir recomendaciones” en tal sentido, para avanzar en la “transparencia” de todo el proceso de vacunación, e invitó a todas las jurisdicciones del país a hacer lo mismo.
La resolución establece que “se convocará para su integración a organismos externos de relevancia sanitaria y/o académica” y establece que las personas consideradas personal estratégico “deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño”.
El procedimiento
El trámite para contar con la anuencia para acceder a la vacunación Covid-19 se iniciará con la “remisión a través del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) de una nota con la información” firmada conjuntamente entre el solicitante de la vacuna y una autoridad con rango no menor a subsecretario o subsecretaria o su equivalente del organismo.
- Se creará un observatorio para monitorear el cumplimiento y emitir recomendaciones. Se convocará para su integración a organismos externos de relevancia sanitaria y/o académica.
- Las personas consideradas personal estratégico deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño. Las funciones ejercidas por los tomadores de decisión, en su calidad de personal estratégico, *deben ser relevantes para garantizar el adecuado funcionamiento del Estado. *
- Se comprenderá como personal estratégico a:
- Las personas que desarrollen funciones de gestión necesarias y relevantes para el adecuado funcionamiento del Poder Ejecutivo que acrediten el rol estratégico de su función, independientemente de la edad y la condición de salud; y realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición.
- Los y las representantes del Estado Argentino en organismos internacionales y los funcionarios jerárquicos y funcionarias jerárquicas que se desempeñen en los mismos que realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición.
- Las personas que realicen viajes afuera del país como miembros de delegaciones oficiales encabezadas por integrantes de los Poderes del Estado Nacional; o personas que deban recibir, en nombre de estos poderes, comitivas oficiales que provengan del exterior en representación de otros Estados o de organismos internacionales.
- Deberán pedir autorización por el sistema informático de la administración pública a la cartera de Salud para acceder a la vacuna. Será el Ministerio de Salud la autoridad que autorizará o rechazará la solicitud.
- Deberán completar un formulario donde autorizan la difusión de sus datos en un registro público para poner a disposición de los y las argentinas los datos sobre las personas que desarrollen funciones de gestión y/o conducción necesarias para el adecuado funcionamiento del Estado, que sean vacunados.
- Se deben vacunar en establecimientos autorizados
- La vacunación se notificará en el Registro Federal de Vacunación Nominal
- Se constituirá un listado público que se actualizará de manera periódica
- El Ministerio de Salud de la Nación podrá difundir a través de los medios de comunicación y/o a poner a disposición de los y las ciudadanas que así lo soliciten, la información sobre quienes recibieron la vacuna contra COVID-19, detallando: Nombre y apellido, fecha de nacimiento, DNI, cargo/función, repartición, vacuna recibida, número de dosis, fecha de aplicación, lugar de vacunación.
- Se invitará a todas las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a realizar un protocolo para la solicitud de anuencia para vacunación Covid19, aplicable en el ámbito de su jurisdicción.
Habilitan un formulario especial para el “personal estratégico” que se quiera vacunar
El gobierno nacional, al definir el procedimiento legal para vacunar contra el coronavirus al personal estratégico en los tres ámbitos del Estado, estableció un protocolo para la solicitud de anuencia para la vacunación, con el fin de “transparentar” el proceso de inmunización de la población.
El procedimiento, establecido por resolución del Ministerio de Salud, determina que el trámite para contar con la anuencia para acceder a la vacunación Covid-19 se iniciará con la “remisión a través del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) de una nota con la información y en el formato establecido”.
La nota deberá ser firmada conjuntamente entre el solicitante de la vacuna contra la Covid-19 y una autoridad con rango no menor a subsecretario o subsecretaria o su equivalente del organismo.
Ese pedido debe ser remitido al usuario GDE del Titular de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio de Salud de la Nación.
El procedimiento indica que, una vez presentado el formulario con la solicitud y la conformidad de la autoridad competente, se procederá a la correspondiente evaluación por parte de la cartera de Salud nacional, y luego se remitirá al peticionante la respuesta de la solicitud de anuencia.