
Garupá aprobó una ordenanza integral para prohibir el tabaco en espacios cerrados y regular su comercialización
En una decisión histórica para la salud pública local, el Concejo Deliberante de Garupá aprobó una ordenanza que establece un riguroso marco normativo para la regulación del consumo, la publicidad y la comercialización del tabaco, así como medidas de prevención y sanción en todo el ámbito del municipio.
La nueva norma, sancionada el 25 de marzo de 2025 durante la cuarta sesión ordinaria del cuerpo legislativo, tiene como eje central la protección de la salud de la población y el derecho a respirar aire libre de humo, en línea con los compromisos asumidos por la Argentina al adherir al Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud.
Espacios 100 % libres de humo
Entre los puntos más destacados de la ordenanza, se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados con acceso y atención al público, tanto del ámbito público como privado. Esto incluye bares, restaurantes, locales bailables, centros culturales, instituciones educativas, hospitales, oficinas, comercios y medios de transporte, entre otros.
También se prohíbe la habilitación de áreas para fumadores dentro de los espacios cerrados y se exige la colocación obligatoria de cartelería visible que indique la prohibición de fumar, con referencia explícita a la ordenanza y un número telefónico habilitado para denuncias.
La ordenanza prohíbe la venta de productos derivados del tabaco a menores de 18 años, así como el expendio en centros educativos, de salud o cualquier dependencia del Estado. También se veta la venta ambulante de cigarrillos y productos afines.
En materia de publicidad, se establece una prohibición total de propaganda o promoción de marcas tabacaleras, con la única excepción de la exhibición gráfica en el interior de los locales habilitados para su venta.
Sanciones y control
Las infracciones serán pasibles de multas que oscilan entre las mil quinientas y treinta mil Unidades Tributarias, además de posibles clausuras temporales o definitivas de los establecimientos que no cumplan con la normativa. Se prevé incluso la intervención de la fuerza pública en caso de negativa a acatar las disposiciones.
Asimismo, se creará un Registro Único de Infractores que funcionará en el ámbito de los Juzgados de Faltas municipales, y lo recaudado en concepto de multas será destinado a programas de prevención y lucha contra el tabaquismo.
La norma contempla acciones educativas obligatorias para el personal estatal y una fuerte campaña de concientización comunitaria. Se invita a los docentes a incorporar en sus planes de estudio contenidos sobre los riesgos del tabaquismo, y se promueve la articulación con organizaciones sociales, medios de comunicación y el sistema de salud para difundir información preventiva.
“Esta ordenanza constituye un paso firme hacia la consolidación de una ciudad saludable, que prioriza el bienestar colectivo, especialmente de niños, niñas y adolescentes, frente a los efectos nocivos del tabaquismo activo y pasivo”, indicaron desde el Concejo Deliberante.
La norma fue sancionada con la firma del presidente del cuerpo, Ariel Rauber, y del secretario legislativo, Marcelo De Olivera. En adelante, será el Departamento Ejecutivo Municipal el encargado de designar a la autoridad de aplicación y garantizar su cumplimiento efectivo en toda la ciudad.