La CNV permitirá a las empresas canjear deuda privada por colocaciones de bonos
Le posibilitará las compañías refinanciar pasivos porque podrán estirar vencimientos de sus emisiones de obligaciones negociables en el mercado. Deberán cumplir con una serie de requisitos.
En un contexto de mayor presión financiera a las empresas por el impacto del covid en la economía, la Comisión Nacional de Valores (CNV) decidió avanzar en una nueva normativa “proempresa” que permite canjear parte de la deuda privada o créditos preexistentes en las nuevas emisiones de obligaciones negociables que la compañía realice.
Si bien esta decisión no está firme aún, la CNV abrió un período de 15 días de consulta para recibir comentarios respecto de esta nueva regulación, que buscar dar herramientas para que las empresas puedan “sanear o bien administrar de manera eficiente su nivel de endeudamiento”, según consta en la Resolución general 849/2020 publicada ayer en el Boletín Oficial por el organismo que preside Adrián Cosentino.
Desde la CNV explicaron a Ámbito que “las emisoras pueden refinanciar parte de su deuda emitiendo ON con oferta pública, que se pueden canjear o suscribir con deuda privada contraída previamente por ella (ON privadas o préstamos preexistentes contra ella) hasta un 30% del monto colocado y, aun así, la emisión sigue gozando de los beneficios impositivos previstos en la Ley de ON”. El 70% restante, detallaron desde la CNV, podrá ser suscripto e integrado en pesos (o su equivalente en otras monedas) por personas humanas o jurídicas distintas de los acreedores adjudicados en el 30%.
En concreto, el nuevo artículo de la normativa, quedaría redactado de la siguiente manera: “En los casos de refinanciación de deudas en los que se ofrezca el canje o la integración de nuevas emisiones de obligaciones negociables, con obligaciones negociables privadas previamente emitidas por la sociedad y/o con créditos preexistentes contra ella, se considerará cumplimentado el requisito de colocación por oferta pública, cuando la nueva emisión resulte suscripta bajo esta forma por acreedores de la sociedad en un porcentaje que no exceda el 30% del monto total efectivamente colocado, y que el 70% restante sea suscripto e integrado en pesos (o su equivalente en otras monedas) por personas humanas o jurídicas distintas de los acreedores adjudicados en el 30%”.
Para poder realizar este tipo de canje, las empresas deberán cumplir una serie de requisitos: las deudas deben estar incluidas en los balances y estados financieros; el ofrecimiento debe estar dirigido a la totalidad de los titulares de los créditos preexistentes contra la sociedad, o a la totalidad de los que se encuentren en una misma categoría; y, una vez terminado el proceso de colocación, las acreencias deben ser canceladas. Además, las empresas que decidan hacerlo deberán presentar ante la CNV la documentación respaldatoria, entre la cual se solicita la constancia de que las acreencias están domiciliadas en el país.
El análisis que hacen en el Gobierno es que esta normativa puede traer beneficios tanto para las empresas que utilicen esta herramienta como también a las entidades que poseen esas acreencias. En el caso de las empresas, les permite refinanciar sus pasivos y mejorar el perfil de su deuda, porque pueden estirar los vencimientos de una parte de sus obligaciones, despejándoles la presión financiera en un contexto cada vez más exigente. En el caso de quienes tienen esas deudas, porque les permite cambiar un acreencia privada por nuevos instrumentos que, al ser públicos, pueden performar y negociarse en el mercado secundario, lo que les brinda más liquidez.
En la resolución publicada en el Boletín Oficial, la CNV argumentó las modificaciones en el “contexto socioeconómico imperante”. “Se estima necesario adaptar la normativa vigente a las necesidades actuales, a los fines de brindar a las entidades emisoras que operan en el ámbito del mercado de capitales las herramientas necesarias para sanear, o bien administrar, de manera eficiente su nivel de endeudamiento, a los fines de que puedan reprogramar la estructura de su deuda, utilizando los mecanismos admitidos para la colocación de ON”, indica la resolución.