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Los motivos por los que el STJ rechazó la apelación de Rocío Santa Cruz, quien deberá cumplir su condena

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El Superior Tribunal de Justicia de Misiones rechazó el recurso de casación planteado por los defensores de Rocío Santa Cruz, la joven abogada que atropelló y mató, en estado de ebriedad, al trabajador municipal Ramón “Topo” Cabrera. 

La primera en rechazar el planteo de la ex modelo fue la presidenta del STJ, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, quien recordó que el alto cuerpo ya había dispuesto el reenvío de las actuaciones al Tribunal de origen únicamente a los fines de la fijación de una nueva pena, encontrándose firme todo lo referido tanto a la acreditación material del hecho y autor, como  así también la tipificación de la conducta endilgada a Santa Cruz. 

El recurso de los abogados de Santa Cruz planteaba esencialmente la nulidad de la nueva pena impuesta por dos cuestiones: la inobservancia del principio contradictorio y la falta de fundamentación. Pero la ministra advierte que “no es posible invocar la violación al principio de contradicción en esta oportunidad cuando ello es propio de la etapa plenaria que a la postre, ha transcurrido con total normalidad. 

Lógicamente ello no implica reeditar el debate sino la corrección de un  defecto legal para lo cual no es necesaria la intervención de las partes como  pretende introducir la defensa. Respecto a la fundamentación de la pena, es de destacar que la defensa reedita en su totalidad los argumentos expresados  en su primer recurso de casación con la particularidad de que aquellos están  referidos a una pena distinta a la impuesta en esta oportunidad dejando indemnes los argumentos dados por el juez para justificar la nueva imposición”. 

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Venchiarutti insistió en que en la sentencia cuestionada se tuvo en cuenta la edad de la imputada, que en ese momento tenía 30 años, como dato objetivo para reflejar con ello la plenitud de su desarrollo  en el entendimiento y capacidad de asimilación respecto a las consecuencias  causadas por su accionar. 

En cuanto a la educación, refiere a que la imputada es una persona instruida, de profesión abogada, por lo que debió haber tenido en cuenta también las consecuencias jurídicas de su actuar, máxime  entre sus antecedentes laborales se puede destacar que la profesional del  derecho prestó funciones en el fuero penal del Poder Judicial de Misiones. 

“Como puede advertirse, se ha cumplido en su totalidad no solo con lo dispuesto por el STJ sino también  con la fundamentación exigida por el Código Penal argentino, razón por la cual, no habiendo prosperado agravio alguno, corresponde rechazar el recurso interpuesto y confirmar la sentencia recurrida”, votó la magistrada. 

Las juezas María Laura Niveyro y Ramona Beatriz Velázquez adhirieron a ese voto. Jorge Rojas indicó que el nuevo juez de sentencia expresó  que, “si bien debe darse una reducción en la sanción oportunamente ordenada, esta disminución en virtud de la magnitud del agravio receptado tampoco debe significar una modificación del efecto jurídico de la pena.

Los motivos por los que el STJ rechazó la apelación de Rocío Santa Cruz, quien deberá cumplir su condena by Juan Carlos Arguello on Scribd

“No es posible extraer cuál es la crítica concreta que la defensa intenta realizar con relación al pronunciamiento impugnado en esta segunda oportunidad. Y me refiero a la segunda oportunidad, porque, como  bien ha sido mencionado, estas actuaciones ya transitaron el trámite del recurso de casación en una anterior ocasión y parecería que la crítica recursiva  expresada por la defensa, no hace más que volver sobre los argumentos allí expuestos con relación a los defectos que señala contra el primer pronunciamiento. 

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Sin embargo, el veterano magistrado votó a favor del planteo de la modelo porque el juez no hizo lugar a los planteos previos de la defensa ni entrevista personal con Santa Cruz antes de dictar la sentencia recurrida. “Desde el punto de vista de la ley penal de fondo, una pena dictada sin escuchar lo que tiene que decir al respecto el condenado no puede considerarse bien determinada”, apuntó. 

El juez Marcelo Benítez adhirió al fallo de Venchiarutti, mientras que Froilán Zarza adhirió al voto de Rojas. 

El ministro Rubén Uset  rechazó el recurso planteado, y por consiguiente se confirma la sentencia de tres años de prisión efectiva que se le impuso a Rocío Santa  Cruz. 

A raíz de esta decisión, ya se pidió la detención de la ex modelo. La defensa irá a la Corte Suprema de Justicia.

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