Maggie Solari destacó la designación del Defensor de niños, niñas y adolescentes

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“Tenemos defensor de de niños, niñas y adolescentes”, resaltó la Senadora por Misiones, Magdalena “Maggie” Solari.

El Senado dio acuerdo, en la última sesión extraordinaria, a la designación del Defensor de niños, niñas y adolescentes. En el año 2005 se había sancionado la ley que creaba dicha defensoria y hasta la actualidad no se había definido quien ocuparía dicho cargo. Con el acuerdo del Senado y su aprobación por el pleno del mismo la Dra. Marisa Adriana Graham es la Defensora de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Argentina.

Maggie Solari Quintana, senadora por Misiones, fue una de las impulsoras para cubrir dicho espacio y así cumplir con leyes vigentes. Pero además de la letra fría de las normas, el hecho de “defender los derechos de niños y adolescentes no podía esperar más” según destacó.

Afirmó que “mi compromiso con la infancia como base del entramado social es inamovible. Estaré acompañando siempre todo lo que cuide a nuestros niñas, niños y adolescentes. Gracias a todos los senadores que entendieron que esto era una deuda que debíamos saldar”.

La Presidencia del Senado convocó para el día viernes 28 a la cuarta Sesión Extraordinaria del 2020 con el fin de tratar la Orden del Día 167: Resolución N° 2/19, de la Comisión Bicameral Permanente del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. En la misma se propone a las Cámaras del Honorable Congreso a la Dra. Marisa Adriana Graham como Defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; al Dr. Juan Facundo Hernández y al Dr. Marcelo Fabián Repetto como Defensores Adjuntos de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en primer y segundo orden, respectivamente.

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En el Capítulo III de la Ley 26.0611 –sancionada en Septiembre del 2005- se crea la figura de Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y dispone que será una comisión bicameral la que designará a su titular, quien tendrá a su cargo velar por la protección y promoción de sus derechos consagrados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales. A su vez, señala los requisitos para su elección, la duración en el cargo y las funciones que tendrá el Defensor, entre otros.

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