Once años de la Ley de Identidad de Género: un hito que cambió la vida de miles de personas

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El 9 de mayo de 2012 se aprobó la Ley N° 26.743 de Identidad de Género en la Argentina, una medida pionera en el mundo que reconoce el derecho de las personas a ser inscriptas en su DNI acorde con su identidad de género. Un resultado de la lucha colectiva que permite construir una sociedad con más derechos, igualdad e inclusión.
Con 55 votos afirmativos, ninguno en contra y una abstención, el Senado convirtió en Ley el 9 de mayo de 2012 el proyecto militado durante años por las organizaciones del colectivo travesti trans. De esta manera, se oficializó la primera legislación en el mundo que no patologiza las identidades trans y permite acceder al cambio registral a través de un simple trámite administrativo, sin necesidad de acreditar pericias médicas, intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales. Además, reconoce el derecho a la salud integral.

Para la subsecretaria de Políticas de Diversidad del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Agustina Ponce, con esta ley y la de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán – Lohana Berkins”, “el Estado continuó profundizando el cambio de paradigma que se inició con la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario. La próxima pelea que deberemos dar será por la sanción de una ley de reparación histórica para las víctimas travestis y trans que hayan padecido violencia institucional en el pasado, iniciativa impulsada, fundamentalmente, por la campaña Reconocer es Reparar”.

Conmemorar esta fecha implica traer a la memoria referentas que fueron fundamentales en la conquista de este derecho. Activistas que dieron su vida por la transformación social como Pía Baudracco, Diana Sacayan y Lohana Berkins, pioneras en la construcción política del reconocimiento como sujetos de derechos.

En 2010 se conformó el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género impulsado por Lohana Berkins y conformado por más de 15 organizaciones que impulsaron la sanción a nivel nacional. Esta Ley garantiza la adecuación de todos los documentos personales a la identidad de género vivida y al nombre elegido por las personas, además del acceso a intervenciones quirúrgicas y hormonales sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.

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La sanción de la Ley N° 26.743 constituyó un capital político y simbólico que significó un punto de partida para la lucha del colectivo travesti trans en la conquista de otros derechos como la Ley La Ley N° 27.636 de Acceso al Empleo Formal para personas Travestis, Transexuales y Transgéneros “Diana Sacayán-Lohana Berkins” y el DNI para las personas no binarias.

Además, se dieron distintos pasos, con avances y retrocesos, para la conformación de una institucionalidad que permita hacer efectiva esta agenda y garantizar la legislación. La creación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) consolida un compromiso inédito en la histora argentina.

En este marco, desde el MMGyD se desarrolla una línea de trabajo específica para promover el acceso de LGBTI+ a una atención integral y de calidad de la salud que garantice sus derechos humanos. Durante 2022, se realizaron 30 actividades de formación con el objetivo de promover el acceso a la salud de forma inclusiva. Esto incluyó capacitaciones a quienes integran equipos de salud para garantizar la existencia de consultorios inclusivos en todos los niveles del servicio público de salud, y promover el acceso a la salud integral de LGBTI+, la participación en congresos profesionales y talleres de sensibilización. En total participaron de los mismos más de 3800 personas.

De acuerdo a lo establecido en el Decreto 476/2133, medida trabajada articuladamente entre el MMGyD y el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) que le permite a las personas con identidades no binarias acceder a un DNI y a un Pasaporte en el que se respete su identidad de género autopercibida, se elaboró el plan de capacitación a las autoridades y personal de organismos nacionales que integran la Administración Pública Nacional con competencia en la materia para acompañar la implementación del DNI no binario. Durante el 2022 se capacitó a más de 80 personas integrantes de los ministerios del Interior, de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación, Salud, Justicia y Derechos Humanos, Educación, Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Economía, ANSES, AFIP e INDEC. Además, se capacitó a más de 100 autoridades de los hospitales dependientes del Ministerio de Defensa de la Nación.

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Hacer visible lo invisible

La Ley 26.743, sancionada el 9 de mayo y promulgada el 23 de mayo, entiende la identidad de género autopercibida como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”. Cuando el sexo y el nombre que figuran en el DNI no coincidan con la identidad de género de la persona, se puede solicitar una rectificación registral, incluso en el caso de niñas, niños o adolescentes, quienes también lo podrán solicitar a través de un representante legal.

La Ley también regula el acceso a la atención sanitaria integral de las personas indicando que podrán acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales, a tratamientos hormonales para adecuar su cuerpo sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa. Y menciona que los tratamientos médicos de adecuación de género deben ser incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO), lo que garantiza una cobertura de las prácticas en todo el sistema de salud, tanto público como privado.

Esta es la primera Ley de Identidad de Género del mundo que no requiere diagnósticos médicos o psiquiátricos, ni operaciones de cambio de sexo para acreditar la identidad.

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