El Gobierno disolvió la ANDIS y centralizó la política de discapacidad en Salud
El Poder Ejecutivo Nacional dispuso una reorganización estructural de la política de discapacidad, centralizando la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) en el ámbito del Ministerio de Salud, y prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 la emergencia sanitaria nacional. La medida fue instrumentada a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 942/2025, firmado el 31 de diciembre de 2025, que entró en vigencia el mismo día de su dictado y fue publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026.
El decreto se fundamenta en la existencia de irregularidades administrativas, financieras, tecnológicas y de control detectadas en la ANDIS, que —según el texto oficial— comprometen la continuidad y regularidad de las prestaciones esenciales destinadas a las personas con discapacidad y configuran una situación de riesgo cierto, actual e inminente que imposibilita seguir el trámite legislativo ordinario.
Irregularidades en la ANDIS y fundamentos de la centralización
El DNU se apoya en las conclusiones del Informe final de intervención elaborado en el marco del Decreto 601/2025, que dispuso la intervención de la Agencia Nacional de Discapacidad. Allí se detalla que el organismo operaba sobre un ecosistema tecnológico fragmentado, con sistemas inconexos y sin interoperabilidad, lo que afectaba directamente la gestión del Certificado Único de Discapacidad, las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral y el Programa Federal Incluir Salud.
El informe advierte que esta situación generaba duplicación de tareas, inconsistencias de datos y dificultades para el seguimiento de las trayectorias de vida de las personas beneficiarias, además de debilidades estructurales en el control interno, como la ausencia de manuales de procedimientos, deficiencias en la trazabilidad documental, demoras en la tramitación de pensiones y falencias en la gestión contractual con prestadores.
Asimismo, se identificaron “irregularidades de gravedad” en las contrataciones y en la gestión de gastos vinculados a insumos médicos, equipamientos y dispositivos de alta complejidad, particularmente en la Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Salud (DNASS). Según el decreto, estas falencias colocan en riesgo el acceso efectivo a medicamentos de alto costo, dispositivos de apoyo y servicios esenciales para las personas con discapacidad.
Ante este diagnóstico, el Poder Ejecutivo consideró indispensable avanzar con la centralización orgánica y funcional de la política de discapacidad en una Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del Ministerio de Salud, incorporándola al organigrama aprobado por el Decreto 50/2019. El texto sostiene que esta medida permitirá unificar criterios de conducción, fortalecer los sistemas de control interno, integrar los sistemas de información, transparentar contrataciones y optimizar la ejecución presupuestaria.
Continuidad de prestaciones y alcance institucional
El decreto establece que el Ministerio de Salud actuará como continuador legal de la ANDIS, asumiendo todos sus compromisos y obligaciones. A tal fin, se consideran transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes y personal, garantizando expresamente la continuidad en la prestación de los servicios hasta tanto se apruebe la nueva estructura organizativa.
En línea con los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino, el DNU señala que la centralización resulta compatible con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por la Ley 26.378, la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad y el Convenio N° 159 de la OIT, siempre que se preserve el rol estatal como punto focal gubernamental, se asegure la coordinación interministerial y se garantice la participación de las organizaciones representativas.
Desde una perspectiva institucional, la norma deroga los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto 698/2017, que había creado la ANDIS como organismo descentralizado, consolidando así un cambio de modelo de gobernanza en la política pública de discapacidad.
Prórroga de la emergencia sanitaria y nuevas competencias en precursores químicos
El Decreto 942/2025 también prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la emergencia sanitaria nacional, originalmente declarada por el Decreto 70/2023. El texto argumenta que la finalización de la emergencia sin medidas de transición adecuadas implicaría un riesgo inmediato para la continuidad de los servicios de salud, afectando el acceso de la población y comprometiendo la red asistencial.
En ese marco, el DNU amplía las competencias del Ministerio de Salud mediante la incorporación de nuevos incisos a la Ley de Ministerios N° 22.520, otorgándole un rol activo en materia de precursores químicos, evidencia sanitaria y estrategias de prevención vinculadas al consumo problemático de sustancias, en articulación con el Ministerio de Seguridad Nacional.
El Gobierno fundamenta esta ampliación en el impacto sanitario de estas sustancias, la aparición de nuevos compuestos de alta peligrosidad y la necesidad de fortalecer la trazabilidad, el control y la prevención, para evitar la sobrecarga del sistema sanitario.
Finalmente, el decreto dispone dar intervención a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, conforme lo establecido por la Ley 26.122, para el control parlamentario del DNU.
