Todos los Municipios de Misiones tendrán Área de Niñez y Adolescencia

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Este jueves se aprobó la modificación de la Ley Orgánica de Municipalidades (XV – N.° 5), propuesta por el Dip. Carlos Eduardo Rovira, donde se incorpora como prioritario el Área de Niñez y Adolescencia en cada municipio  de Misiones.

La sesión ordinaria de la Cámara de Representantes del jueves 18 de junio, en el marco de la Comisión de Asuntos Constitucionales, de los Derechos Humanos, Municipales y Juicio Político, tuvo entre sus temas tratados diferentes modificaciones en la Ley Orgánica de Municipalidades (XV – N.° 5), propuestas por el Dip. Carlos Eduardo Rovira, que establece  la incorporación de los derechos humanos de los niños a la estructura formal de los organigramas municipales siendo un avance sustantivo en la Provincia.

En este sentido, cabe destacar que las mismas se articulan y afianzan el trabajo que se viene desarrollando a través del Programa de Fortalecimiento Institucional que lleva adelante la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia de Misiones.

Al respecto, cabe mencionar que la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), entre sus recomendaciones a los estados participantes, insta a que la legislación referida a los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes tenga el máximo rango posible. Esto quiere decir que, no se habla de resoluciones, disposiciones, ni decretos sino que se sancionen leyes que permitan la permanencia en el tiempo, la continuidad y desarrollo sostenible de políticas públicas.

Por otra parte la Convención de los Derechos del Niño promueve, sostiene, argumenta, fundamenta y da centralidad al centro de vida del niño. En nuestro contexto, se infiere que el Municipio (barrio, escuela, su club) cumple dicha funcionalidad y es deber de los funcionarios públicos preservar, promover y protegerlos. Por dicha razón, es fundamental que se instauren áreas especializadas en los Municipios que trabajen específica y profesionalmente la niñez y la adolescencia.

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Modificaciones que dan entidad a los Derechos de NNyA

La modificación de la Ley Orgánica de Municipalidades (XV – N.° 5) se sustenta en la sustitución del Artículo 32 y las incorporaciones del apartado K) y del Artículo 117 bis al Capítulo III. Dichas modificaciones se completan con las atribuciones del Departamento Ejecutivo y Deliberativo Municipal, las cuales ahondan los “Derechos de la Niñez y Adolescencia” (creación de áreas específicas).

 Las modificaciones tienen como finalidad  garantizar efectivamente el resguardo los derechos de los niños, niñas y adolescentes desde el interior de cada Municipio, con estrategias y propuestas producidas desde el territorio. En este sentido, este nuevo paso en la normativa de los municipios formaliza dicha cuestión, otorgando una herramienta efectiva en defensa de los derechos de la niñez y la adolescencia con vistas a la consolidación de un sistema integral de protección.

Experiencias Exitosas

La Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia de Misiones viene desarrollando hace tiempo el  Programa de Fortalecimiento Institucional a fin de generar esa red de trabajo entre los Municipios y los órganos del estado abocados a la tarea de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

En la provincia de Misiones existen oficinas o áreas de niñez y adolescencia conformadas en Posadas, Oberá, Comandante Andresito, Leando N. Alem, Montecarlo, Puerto Esperanza, y San Antonio. “Con la modificación de la Ley Orgánica de Municipalidades (XV – N.° 5) se buscará ampliar este número para consolidar una red de trabajo que aborde cuestiones de índole provincial y específicas de cada municipio, entendiendo que el niño es sujeto de derecho y que cada comunidad debe garantizar el pleno ejercicio de sus Derechos” puntualizó el Defensor de los Derechos de NNyA, Mgter. Miguel Molina.

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