Brasil requerirá prueba negativa de Covid-19 para ingresar al país
A partir del 30 de diciembre, los pasajeros de vuelos internacionales que desembarquen en el país, deberán presentar una prueba de RT-PCR negativa para Covid-19 realizada hasta 72 horas antes del viaje.
A partir del 30 de diciembre, los pasajeros de vuelos internacionales que desembarquen en el país, deberán presentar una prueba de RT-PCR negativa para Covid-19 realizada hasta 72 horas antes del viaje.
La Ordenanza 630 de la Casa Civil de la Presidencia de la República fue publicada el jueves (17), en una edición extra del Boletín Oficial, y establece “restricciones excepcionales para los extranjeros que deseen viajar a Brasil o los brasileños que regresen al país por avión, carreteras o vía fluvial ”.
“El viajero de origen internacional, brasileño o extranjero, deberá presentar a la aerolínea responsable del vuelo, antes de embarcar: I – Documento acreditativo de las pruebas de laboratorio (RT-PCR), para el cribado de infección por SARS-CoV-2, con resultado negativo / no reactivo, realizado 72 horas antes del momento de la salida ”, establece el párrafo 1 del artículo 7 de la Ordenanza.
Las obligaciones que establece la norma no se aplican a inmigrantes con residencia permanente, profesionales extranjeros que prestan servicios a organismos internacionales y empleados de otros países acreditados ante el gobierno federal.
También quedan excluidos de este requisito los extranjeros que sean familiares o cónyuges de brasileños, que cuenten con autorización del gobierno federal “por motivos de interés público o por razones humanitarias” o que cuenten con el Registro Nacional de Migraciones.
Aún de acuerdo con la Ordenanza, las restricciones no incluyen acciones humanitarias en regiones fronterizas, ni el movimiento de personas en “ciudades gemelas” en Brasil y países vecinos y personas que trabajan con transporte de carga.
Paraguay – La norma tampoco incluye a los extranjeros que cuenten con visa de ingreso, que provengan de Paraguay por vía terrestre, siempre que tengan una situación migratoria regular.
El incumplimiento del requisito puede derivar en responsabilidad civil o penal, deportación de regreso al país de origen o invalidación de la solicitud de asilo, si existe.