Acusan a Massalin y a ex funcionarios de Macri de beneficiar a las grandes tabacaleras

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En lo que parece ser una guerra de tabacaleras, la empresa nacional Tabacalera Sarandí (TS), acusó al gigante mundial Philip Morris-Massalin Particulares, por supuestas maniobras junto a funcionarios de la administración del ex presidente Mauricio Macri, para aprobar la reforma impositiva al tabaco, una medida que redujo alícuotas para grandes corporaciones y perjudicó a las pequeñas y medianas empresas.

En una querella presentada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 4 por la causa Nro. 5076/2019, la compañía asegura que, Massalin Particulares -que tiene más del 70% del total del mercado-, y funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ministerio de Hacienda, y secretaría de Salud, utilizaron reportes e información desactualizada y falsa para impulsar este sistema impositivo, incluido en la reforma tributaria de la Ley 27.430.

“Es importante alertar que en estos procesos participaron importantes ministros, secretarios, y directores de AFIP, ligados al macrismo, tendientes a favorecer prácticas monopólicas”, afirmaron desde la Tabacalera Sarandí.

“Obtienen voluntades de funcionarios que no defienden los intereses de un país, sino de empresas extranjeras acostumbradas a girar cientos de millones de dólares por año, durante muchas décadas. Son los verdaderos dueños de la economía y el esfuerzo de los argentinos”, agregaron.

La compañía denunció irregularidades en el proceso al afirmar que los funcionarios del Estado Nacional “omitieron dar intervención a la Comisión Bicameral para la Reforma Tributaria (ley 27.260) para que se analizara y evaluara el proyecto de ley”.

La reforma, dice el documento, fue “armada como traje a medida” para empresas multinacionales -en particular Massalin Particulares-, y “perjudicó directamente al sector Pyme de esta rama de la industria y desfinanció el sistema de salud”.

“El mensaje del Poder Ejecutivo número MEN 2017-126 APN-PTE fue suscripto por Nicolás Dujovne, ex ministro de Hacienda, Marcos Peña, ex jefe de Gabinete de Ministros y Mauricio Macri, expresidente de la Nación”, finaliza la introducción del documento presentado por la compañía.

En lo que refiere al sector del tabaco, la reforma tributaria de la ley 27.430 modificó la tasa general de impuestos internos, disminuyéndola del 75% al 70%, y estableció un impuesto mínimo fijo de $ 28,00 -actualizable- para cada envase de veinte unidades.

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Aplicada la tasa general del 70% del impuesto, que da como resultado $28 -equivalente al impuesto mínimo- el precio de venta resulta en $51,69. Todos los precios de venta que sean mayores a este valor liquidarían y pagarían con la alícuota del 70%, mientras que todos los precios de venta que sean inferiores tributarían el pago del impuesto mínimo.

Según plantea la tabacalera nacional, esta reducción benefició exclusivamente a las grandes empresas que son las que comercializan las marcas más caras, por ejemplo, Marlboro; Phillip Morris; Benson & Hedges; Parliament; Virginia; L&M, todas de la firma Massalin Particulares.

Tabacalera Sarandí afirma que los precios de las tres marcas de cigarrillos que comercializa, en diciembre de 2017, eran de $ 19,00, $ 24,00 y $ 25,00, respectivamente, y los impuestos contenidos y determinados a tasa general en esos precios eran de $ 9,56, $ 12,38 y $ 12,95, respectivamente.

Periódicamente las tabacaleras presentan informes a distintas dependencias de la Administración Pública (Secretaría de Agroindustria, Dirección General Impositiva), los cuales contienen los precios de venta por marca y la cantidad de paquetes vendidos.

La tabacalera interpreta, entonces, que el Ejecutivo sabía, al momento de presentar la reforma, que los precios de venta de las Pyme no superaban en ningún caso los $ 25,00 y que sólo las grandes corporaciones tenían precios superiores a $ 51,69, por lo que la decisión de la reforma de la ley fue propuesta conociendo que la reducción de la alícuota sólo beneficiaría a éstas últimas.

El aumento de impuestos establecidos por la ley no sólo no es un aumento de carácter general, sino que afectó exclusivamente y en forma desproporcionada a los cigarrillos de menores precios, y a las marcas más caras les redujo su tributación al reducir la tasa general del 75% al 70%.

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Los cigarrillos reconocidos como ultra baratos a partir del 1 de marzo de 2018 quedarían en precios similares a las primeras marcas de las grandes empresas e inclusive superarían los precios de sus segundas marcas. De está manera, los condenarían a su desaparición afectando su supervivencia contrayendo centenares de perdidas de empleo, así como reducción en la recaudación tributaria.

A modo de ejemplo, en marzo de 2018 para un precio de venta de $ 59,00 el impuesto interno determinado a la alícuota del 75% era de $ 34,74 y a la alícuota del 70% era de $ 32,13, esto es una diferencia de $ 2,61 por paquete. En ese mes las ventas del cuarto quartil (rango de precios entre $ 52,78 y $ 64,00) totalizó 105.974.603 paquetes de 20 unidades. Esto es, la reducción de la alícuota general representó una transferencia de recursos a favor de las Empresas en detrimento de la recaudación de por lo menos $ 276.674.343.

La empresa sostiene que a las pymes como Tabacalera Sarandí, que emplean a más de 300 familias argentinas, esto les genera una situación de quebranto porque, a diferencia de las grandes corporaciones, el impuesto interno absorbe completamente los ingresos obtenidos por las ventas.

La reducción al 70% de la alícuota también impacta, por ejemplo, en la recaudación para el Fondo Especial del Tabaco que, entre otras cuestiones, contribuye con el Sistema de Salud para tratar enfermedades producidas por el tabaquismo. Se calcula que esta inexplicable reducción impositiva concedida por el macrismo, sumaria 100 mil millones para 2020.

El impacto negativo de la medida llevó a Tabacalera Sarandí, y otras Pyme, a presentar una medida cautelar para no tributar el impuesto mínimo y, a principios del mes de diciembre, la jueza federal Cecilia Gilardi de Negre falló en favor de la compañía al considerar inconstitucional el cobro de este impuesto a las pequeñas y medianas empresas del sector.

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