El SIRCREB en la mira: la Justicia frena retenciones bancarias desproporcionadas
Un reciente fallo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal[1] ha vuelto a poner en discusión el funcionamiento del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) y su impacto en los contribuyentes. La decisión judicial cuestiona la legalidad del mecanismo y su efecto sobre la liquidez de las empresas al generar saldos a favor de difícil recuperación.
¿Qué es la Comisión Arbitral y el SIRCREB?
La Comisión Arbitral, junto con la Comisión Plenaria, es un organismo que se encarga de aplicar el Convenio Multilateral. Este acuerdo fue adoptado por las 23 provincias argentinas y la Ciudad de Buenos Aires con el objetivo de coordinar la forma en que se cobra el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en distintas jurisdicciones. Su propósito principal es evitar la doble o múltiple imposición por la misma actividad en diferentes provincias.
Por su parte, el SIRCREB (Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias) es un sistema que tiene como objetivo armonizar los regímenes de recaudación aplicable sobre las acreditaciones realizadas en cuentas bancarias en las entidades financieras, según lo establecido por los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos creados por las jurisdicciones adheridas. Las retenciones aplicadas a los contribuyentes son un pago a cuenta del impuesto citado. El sistema administra la recaudación, control y atribución jurisdiccional de los importes percibidos.
En pocas palabras el SIRCREB es un mecanismo de recaudación de ingresos brutos por las acreditaciones en las cuentas bancarias.
El caso que reabre el debate
La controversia surge a partir de la demanda de una empresa agroindustrial, la cual solicitó una medida cautelar para frenar las retenciones automáticas que el SIRCREB aplica sobre sus acreditaciones bancarias. Argumentó que el sistema le genera un saldo a favor del 135% sobre el impuesto efectivamente adeudado, impidiendo el uso eficiente de su capital de trabajo y afectando su previsibilidad financiera.
En primera instancia, la justicia rechazó la solicitud por considerar que no se había acreditado suficientemente la afectación. Sin embargo, la Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó esa decisión y ordenó la suspensión de las retenciones hasta que se dicte sentencia definitiva, reconociendo que el mecanismo de recaudación aplicado podría estar vulnerando derechos constitucionales como la propiedad y la defensa en juicio.
El rol de la COMARB y los límites de su accionar
Si bien el SIRCREB fue diseñado para mejorar la recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en empresas que operan en distintas provincias, su implementación ha generado múltiples reclamos. El principal problema es que las retenciones no siempre reflejan la verdadera carga impositiva de cada contribuyente, lo que provoca acumulaciones de dinero retenido que no pueden ser usados inmediatamente. En un contexto inflacionario, esto implica una pérdida de poder adquisitivo y una distorsión en la carga impositiva real.
El fallo también pone en duda el alcance de las facultades de la COMARB, señalando que, al actuar mediante resoluciones administrativas y no mediante una ley formal del Congreso, podría estar extralimitándose en sus atribuciones. En este sentido, se refuerza el argumento de que la retención automática de fondos debería estar sujeta a mayores garantías y controles.
Impacto y perspectivas
La decisión de la CFACA representa otro antecedente relevante y podría incentivar nuevas acciones judiciales por parte de empresas afectadas por el SIRCREB.
Desde el sector privado, se insiste en la necesidad de reformular el mecanismo de recaudación, incorporando herramientas que permitan una compensación más ágil y un equilibrio entre la obligación tributaria y la liquidez de los contribuyentes.
En este escenario, el debate sobre el futuro del SIRCREB y su adecuación a principios de equidad y razonabilidad fiscal cobra una renovada importancia.
[1] CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV. Expediente N°: CAF 017760/2024/CA001. Carátula: SYNGENTA AGRO SA c/ COMISION ARBITRAL DE CONVENIO MULTILATERAL s/PROCESO DE CONOCIMIENTO. Fecha de sentencia: 25/02/2025