FINANZAS
Caputo representó a la Argentina ante el Consejo de Estabilidad Financiera en Londres
Caputo asistió en su calidad de representante ante la institución por la Argentina, y expresó que “el FSB busca orientar el sistema financiero internacional cada vez más hacia el crecimiento económico”. En ese sentido agregó: “Queremos que también en Argentina el sistema financiero esté al servicio de la productividad, la modernización económica y la inclusión financiera”.
Durante el encuentro los miembros del Comité abordaron el grado de avance en las reformas del sistema financiero internacional y evaluaron sus efectos. El Consejo trató la necesidad de la transformación del sistema financiero paralelo en un sistema sólido basado en el mercado. Asimismo, se comprometieron a seguir trabajando para tratar los riesgos y las debilidades de los mercados emergentes.
El FSB es un organismo multilateral que monitorea el sistema financiero internacional para promover la estabilidad financiera por medio de la coordinación de las entidades gubernamentales, con el fin de facilitar su colaboración para el desarrollo de políticas regulatorias y de supervisión sólidas. Asimismo, el FSB trabaja en la identificación del riesgo sistémico en el sector financiero con el objetivo de confeccionar e implementar políticas para abordar estos riesgos. Actualmente es presidido por Mark Carney, gobernador del Banco de Inglaterra, y el Secretario General del organismo es Svein Andresen.
Además, el FSB está integrado por el Plenario, que es el órgano encargado de la toma de decisiones, un Comité de Conducción que lleva a cabo las tareas operativas entre sesiones del Plenario y tres Juntas Permanentes: de Evaluación de Vulnerabilidades (SCAV), de Cooperación para la Supervisión y Regulación (SRC) y de Implementación de los Estándares (SCSI).
Nación refinanció Letras del Tesoro por 1.250 millones de dólares
Licitarán letras del Tesoro por 1.500 millones de dólares
El Ministerio de Finanzas anuncia que procederá a la licitación de tres series de Letras del Tesoro en Dólares estadounidenses.
Los instrumentos a licitar incluyen:
1) Letras del Tesoro en Dólares estadounidenses a un plazo de 179 días (24-nov-17) por VN USD 500 millones,
2) Letras del Tesoro en Dólares estadounidenses a un plazo de 360 días (24-may-18) por VN USD 500 millones
3) Letras del Tesoro en Dólares estadounidenses a un plazo de 452 días (24-ago-18) por VN USD 500 millones.
La recepción de ofertas comenzará a las 10 hs. del día martes 23 de mayo, finalizará a las 15 hs. del miércoles 24 de mayo de 2017 y será efectuada de acuerdo con los nuevos procedimientos aprobados por la Resolución Conjunta de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría de Finanzas Nº 2-E/2017, para las Letras con vencimiento dentro del presente ejercicio, y la Resolución del Ministerio de Finanzas Nº 66-E/2017, para los demás instrumentos.
La licitación de Letras del Tesoro se realizará por adhesión, es decir que a los fines de participar, deberán indicarse únicamente las cantidades que se desean suscribir expresadas en valor nominal. Para las Letras a 179 días el precio de suscripción será de USD 986,26 por cada USD 1.000 de valor nominal, lo cual representa una tasa nominal anual de 2,84%. Para las Letras a 360 días el precio de suscripción será de USD 969,68 por cada USD 1.000 de valor nominal lo cual representa una tasa nominal anual de 3,17%. Para las Letras a 452 días el precio de suscripción será de USD 960,28 por cada USD 1.000 de valor nominal lo cual representa una tasa nominal anual de 3,34%. De acuerdo con los nuevos procedimientos de colocación para estas Letras, se adjudicarán primero las órdenes minoristas por hasta VNO USD 50.000.
La suscripción podrá realizarse tanto en Pesos como en Dólares Estadounidenses. El tipo de cambio para la suscripción será el correspondiente a la Comunicación “A” 3500 del día martes 23 de mayo de 2017.
Podrán participar de estas operaciones personas físicas o jurídicas interesadas, debiendo a estos efectos dirigir sus manifestaciones de interés en tiempo y forma a través de los agentes de liquidación y compensación (integrales y propios) y agentes de negociación registrados en la CNV.
El detalle de los instrumentos y de la licitación se encuentra disponible en www.minfinanzas.gob.ar
Autorizan emisión de bonos por hasta u$s 20.000 millones con renuncia a inmunidad soberana
El Gobierno nacional autorizó hoy a las secretarías de Hacienda y de Finanzas a colocar bonos públicos por hasta u$s 20.000 millones y estableció jurisdicciones a favor de los tribunales estaduales y federales de Nueva York y Londres, renunciando a “oponer la defensa de inmunidad soberana”.
Así fue comunicado con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 334/2017, que lleva la firma de la vicepresidenta Gabriela Michetti, del jefe de Gabinete Marcos Peña y del ministro de Finanzas Luis Caputo.
Según los argumentos, la decisión responde a “una estrategia financiera integral y del programa financiero para el Ejercicio 2017” que “estima conveniente aprovechar ciertas circunstancias de los mercados financieros internacionales, a efectos de concertar operaciones de venta de títulos públicos y su recompra en una fecha posterior”.
La norma habilita a las mencionadas secretarías a incluir “cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América y/o de los tribunales ubicados en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente, respecto a reclamos que se pudieran producir en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a dichos acuerdo”.
De todas formas, el decreto aclara que “la renuncia a la inmunidad soberana” no implica “renuncia alguna respecto de la inmunidad con relación a la ejecución” de cualquier reserva del Banco Central, de cualquier bien público localizado en territorio argentino o que esté localizado en el país y que brinde un servicio público esencial, o los alcanzados por privilegios e inmunidad diplomática.
También quedan excluidos de la renuncia a la inmunidad soberana “efectivo, depósitos bancarios, valores, obligaciones de terceros o cualquier otro medio de pago de la Argentina, sus agencias gubernamentales y otras entidades gubernamentales relacionadas con la ejecución del presupuesto”.
Además, se excluyen de la posibilidad de embargo por falta de pago de las obligaciones contraídas los bienes utilizados por misiones diplomáticas, consulares y gubernamentales, los de carácter militar o de agencias de Defensa, los que representen la herencia cultural de la Argentina y otros bienes protegidos por cualquier ley de inmunidad soberana que resulte aplicable.
