EL PAIS

Milei frena el traspaso de CINE.AR y mantiene las plataformas bajo el INCAA

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El Gobierno da marcha atrás y mantiene CINE.AR bajo control del INCAA, Milei derogó el Decreto 194/2025 y frena el traspaso a CAI S.A.U.

El Poder Ejecutivo derogó el Decreto 194/2025 y decidió que las plataformas CINE.AR, CINE.AR Play y CINE.AR Estrenos permanezcan dentro del INCAA. La medida, formalizada mediante el Decreto 821/2025, responde a un informe interno que desaconsejó ejecutar la transferencia a Contenidos Artísticos e Informativos S.A.U. (CAI), cuya intervención continúa abierta y sin cumplir los objetivos previstos. El cambio evidencia una revisión estratégica dentro del ecosistema estatal de contenidos y suspende un proceso que había sido impulsado a comienzos de año.

Un giro en la política audiovisual: el Gobierno revierte la transferencia de CINE.AR

El Decreto 821/2025, publicado el 19 de noviembre, deroga expresamente el Decreto 194/2025, que había ordenado trasladar las plataformas públicas de contenidos audiovisuales —CINE.AR, CINE.AR Play y CINE.AR Estrenos— desde el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) hacia la empresa estatal transformada en sociedad anónima, Contenidos Artísticos e Informativos S.A.U. (CAI).

La decisión marca un cambio relevante en la arquitectura institucional del sector cultural, que venía siendo objeto de reorganizaciones profundas desde la aprobación del DNU 70/23, norma que dispuso la transformación de todas las empresas estatales en sociedades anónimas bajo el régimen de la Ley 19.550.

En este marco, CAI S.A.U. había sido creada en febrero de 2024 mediante la intervención y transformación de Contenidos Públicos S.E., con la expectativa de concentrar la producción, gestión y distribución de contenidos audiovisuales.

Sin embargo, según el informe elevado por el actual interventor de CAI, Carlos María Curci González, el traspaso de las plataformas no debía concretarse. El documento, fechado el 16 de octubre de 2025, sostiene que la intervención sigue vigente y que la empresa no culminó las tareas para las cuales fue reestructurada, por lo que sumar nuevas responsabilidades resultaría contraproducente.

Razones institucionales y administrativas: intervención inconclusa y objetivos incumplidos

El decreto detalla varias razones por las cuales el Poder Ejecutivo resolvió frenar la transferencia. La operación nunca se completó. Pese a que la ex Secretaría de Comunicación y Medios y la Secretaría de Cultura iniciaron los procesos administrativos, el traspaso no llegó a ejecutarse. La intervención de CAI S.A.U. continúa activa, prorrogada por la Decisión Administrativa 5/2025 para atender “acciones a futuro” que la empresa aún no cumplió. El interventor saliente, Eduardo González, renunció el 1° de agosto de 2025 según Decreto 525/2025, lo que interrumpió el proceso. El nuevo interventor concluyó que sumar la administración de CINE.AR no contribuye a resolver los pendientes internos que motivaron la intervención.

El Gobierno reconoce que CAI S.A.U. mantiene “cuestiones pendientes” que deben resolverse antes de avanzar con nuevas responsabilidades operativas, lo que deja entrever un diagnóstico de gestión deficitaria o inestabilidad institucional dentro de la sociedad estatal.

Al derogar el Decreto 194/2025, Milei ordena que todas las plataformas audiovisuales continúen en manos del INCAA, incluida la titularidad de derechos, bienes, presupuesto y personal, consolidando la estructura previa.

Impacto político y sectorial: señales al ecosistema audiovisual y a la gestión cultural

La reversión del traspaso tiene varias implicancias:

Reafirmación del rol del INCAA

Aunque el organismo ha atravesado recortes, auditorías y debates públicos, esta decisión reafirma su papel en la administración de plataformas estratégicas del cine nacional. Para el sector audiovisual, esto preserva un canal de exhibición y distribución que opera desde hace más de una década.

Una revisión interna de la reestructuración estatal

El Gobierno evita profundizar responsabilidades en una empresa intervenida y con desempeño bajo evaluación. El movimiento implica una pausa táctica dentro del plan de reorganización del sistema público de medios y contenidos.

Mensaje hacia la industria

La continuidad de CINE.AR bajo el INCAA puede interpretarse como un intento de sostener cierta estabilidad institucional en un ámbito especialmente sensible para productores, directores, distribuidores y actores del sector.

Impacto presupuestario

Al mantener las plataformas en el INCAA, el organismo conserva control sobre recursos, personal y derechos de propiedad intelectual, lo que influye directamente en la planificación del Presupuesto 2026.

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Autovía y el consorcio ObrIng se quedan con los primeros tramos de la Red Federal de Concesiones

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Economía adjudica la primera etapa de la Red Federal de Concesiones y desestima dos ofertas por incumplimientos formales

La Secretaría de Transporte aprobó la segunda etapa del proceso licitatorio para la concesión por peaje del Tramo Oriental y del Tramo Conexión de la “Red Federal de Concesiones – Etapa N° 1”, adjudicando ambos segmentos a empresas privadas y rechazando dos ofertas por apartamientos del pliego. La medida se formalizó mediante la Resolución 80/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Un proceso enmarcado en la Ley 17.520 y en la reorganización iniciada por la Ley 27.742

La resolución se dicta en el marco del esquema regulatorio definido por la Ley 17.520 —modificada por la Ley 27.742—, que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar concesiones de obras e infraestructuras públicas bajo la modalidad de peaje. Asimismo, retoma los lineamientos del Decreto 713/2024, que designó al Ministerio de Economía como autoridad de aplicación, y del Decreto 28/2025, que dispuso la licitación de los tramos de la Red Vial Nacional incluidos en el Anexo IF-2025-00934117-APN-DNV#MEC.

La Secretaría de Transporte había convocado al proceso licitatorio mediante la Resolución 29/2025, posteriormente complementada con la Resolución 71/2025, que precalificó ofertas y abrió el segundo sobre el 4 de noviembre. La licitación 504-0007-LPU25 comprendió dos unidades: el Tramo Oriental y el Tramo Conexión, ambos pertenecientes a la etapa inicial del proyecto “Red Federal de Concesiones”.

Conforme lo establece el artículo 5° de la Resolución 29/2025, las publicaciones del llamado se realizaron en el Boletín Oficial, el sitio DG Market, el portal oficial de la Secretaría de Transporte y el sistema CONTRAT.AR. La apertura del segundo sobre quedó registrada en el Acta de 4 de noviembre, en la que participaron seis grupos de empresas oferentes.

Ofertas desestimadas y adjudicación final de los tramos licitados

La Dirección de Contrataciones de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Infraestructura informó el cumplimiento de los plazos de vista y observaciones previstos en el artículo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Los oferentes Benito Roggio S.A., JCR S.A.–Rovella Carranza S.A.–Losi S.A. y Panedile S.A. tomaron vista de las actuaciones.

Tras el análisis técnico-económico, la Comisión de Concesiones observó que dos ofertas incorporaban “condicionamientos ajenos al modelo de Formulario de Cotización” dispuesto en los pliegos: las de ELEPRINT S.A.–SUPERCEMENTO S.A.I.C.–PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F.E.I. y JOSÉ J. CHEDIACK S.A.I.C.A.–BENITO ROGGIO E HIJOS S.A..

La resolución señala que estos agregados representan “un apartamiento sustancial” de los requisitos del pliego, afectan la comparabilidad y vulneran el principio de igualdad entre oferentes. En consecuencia, ambas propuestas fueron desestimadas conforme a los artículos 7.1 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y 17.1 del Pliego de Bases Generales.

En cuanto a las ofertas admisibles, la Comisión concluyó que: AUTOVÍA Construcciones y Servicios S.A. presentó la propuesta más conveniente para el Tramo Oriental, cumpliendo con todas las exigencias técnicas y económicas. El consorcio integrado por OBRING S.A. – ROVIAL S.A. – EDECA S.A. – PITÓN S.A. – PIETROBONI S.A. resultó adjudicatario del Tramo Conexión, ajustándose plenamente a los pliegos.

El dictamen de la comisión, publicado en el portal CONTRAT.AR según el artículo 15.7 del Pliego General, no recibió impugnaciones. De este modo, la Resolución 80/2025 formaliza la adjudicación y notifica a todas las empresas oferentes listadas en el procedimiento.

Próximos pasos

La Secretaría de Transporte resolvió aprobar lo actuado en esta segunda etapa, adjudicar los tramos mencionados y desestimar las ofertas que no se ajustaron al pliego. La resolución instruye, además, la notificación a todas las compañías participantes y dispone la publicación correspondiente en el Boletín Oficial.

El acto administrativo se dicta en ejercicio de las facultades delegadas al Ministerio de Economía por el artículo 2°, inciso c) del Decreto 28/2025.

Con esta medida, el Gobierno completa una instancia clave del proceso licitatorio para la Etapa N° 1 de la Red Federal de Concesiones, en un marco normativo que busca reorganizar la gestión y el financiamiento de obras viales bajo esquemas de peaje administrados por operadores privados.

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Causa Vialidad: ordenan decomisar bienes de Cristina Fernández y otros condenados

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El tribunal de la causa Vialidad solicitó este martes decomisar los bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien cumple una condena de prisión domiciliaria de seis años, junto a los de otros condenados por ese expediente, .  

Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

La resolución judicial dispone una incautación récord por inmuebles que equivalen a 684 mil millones de pesos que afecta a la ex presidenta y a sus hijos Máximo y Florencia por la apropiación de recursos públicos mediante contratos de obra pública

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Buenos Aires dispuso el decomiso de bienes inmuebles y sumas de dinero por un valor actualizado de $684.990.350.139,86 en el marco de la causa por administración fraudulenta contra el Estado, según la resolución firmada el 18 de noviembre de 2025. La medida alcanza a Lázaro Antonio BáezCristina Fernández de Kirchner, otras personas condenadas y sociedades vinculadas, así como a Máximo Kirchner y Florencia Kirchner en calidad de titulares de bienes identificados en el proceso.

La sentencia, que adquirió firmeza el 10 de junio de 2025, había fijado inicialmente el decomiso en $84.835.227.378,04, monto que fue actualizado tras la intervención de peritos oficiales y fiscales, junto con el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El tribunal adoptó la metodología de actualización propuesta y requirió el pago del monto actualizado a los condenados, quienes no cumplieron con la intimación.

El decomiso dispuesto incluye bienes inmuebles de Austral Construcciones SAKank y Costilla SAGotti Hnos. SALoscalzo y Del Curto SRL, así como propiedades cedidas a Máximo y Florencia Kirchner. También se prevé la realización de bienes de Nelson Guillermo PeriottiJosé Francisco LópezMauricio CollaredaRaúl Gilberto Pavesi y Raúl Osvaldo Daruich en caso de que los activos decomisados inicialmente resulten insuficientes para cubrir el monto fijado.

El tribunal encomendó al Ministerio Público Fiscal la tarea de precisar las circunstancias jurídicas y fácticas relativas a las sumas y bienes derivados del delito, así como la identificación de los activos en los que esos valores hubieran sido incorporados o transformados. La Fiscalía individualizó bienes inmuebles adquiridos por los condenados entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, período delimitado por el tribunal como relevante para la maniobra delictiva.

Las defensas de los condenados, entre ellos BáezGanoraPavesi y Fernández de Kirchner, así como los representantes de Máximo y Florencia Kirchner, solicitaron el rechazo del decomiso de los bienes identificados, argumentando falta de acreditación del nexo causal entre los activos y el delito, insuficiencia probatoria y vulneración de principios constitucionales. También cuestionaron la extensión de la medida a bienes adquiridos antes del ejercicio de los cargos públicos y la inclusión de bienes previamente investigados en otras causas con sobreseimientos firmes.

El tribunal consideró que la sentencia firme acreditó la existencia de beneficios económicos directos e indirectos para Báez y la familia Kirchner derivados de la adjudicación y ejecución irregular de contratos de obra pública en la provincia de Santa Cruz. Según la resolución, el decomiso alcanza los bienes que constituyen instrumentos, efectos o provecho del delito, incluso si se encuentran en poder de terceros, salvo que estos sean adquirentes de buena fe y a título oneroso.

La decisión se fundamenta en la normativa nacional e internacional, incluyendo la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción, que establecen la obligación de recuperar activos provenientes de delitos de corrupción. El tribunal estableció que el decomiso puede recaer sobre bienes transformados, sustituidos o mezclados con activos de origen lícito, siempre que exista una vinculación razonable y temporalmente concomitante con el delito fuente.

El tribunal ordenó la inscripción de los bienes decomisados en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y/o Comisados en Causas Penales y comunicó la resolución a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que determine el destino de los inmuebles, conforme al reglamento vigente. Se estableció que la finalidad prioritaria del decomiso es la reparación del daño causado a la administración pública y la sociedad, en línea con los estándares internacionales y la jurisprudencia local.

La resolución aclara que la Fiscalía mantiene la facultad de identificar nuevos bienes susceptibles de decomiso durante la ejecución de la sentencia, siempre que cumplan con los parámetros fijados por el tribunal. El proceso de realización de los bienes se realizará conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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La jueza Julieta Makintach fue destituida

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Fin para la jueza Julieta Makintach por grabar un documental en medio del juicio por la muerte de Diego Maradona, lo que ocasionó que se suspendiera ese proceso. El jurado de enjuiciamiento fue durísimo: por unanimidad decidieron destituirla y no podrá volver a ejercer cargos en el Poder Judicial.

Destitución y destierro del Poder Judicial

Los integrantes del jury de enjuciamiento resolvieron destituir a Makintach por haber utilizado “recursos del Estado” para solventar “un proyecto en provecho propio y en perjuicio de la Justicia”.

Según la agencia Noticias Argentinas, Makintach no asistió a presenciar la lactura del fallo porque uno de sus hijos estaba con problemas de salud. Pero tampoco estuvo su abogado Darío Saldaño, porque tenía tiene otro juicio.

En una sentencia de 115 páginas, los 11 integrantes del jury encabezados por la presidenta de la Suprema Corte Bonaerense, Hilda Hogan, destituyeron a Makintach como jueza del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2 de San Isidro y subrogante del TOC N° 3, además de inhabilitarla de por vida para ejercer cargos judiciales.

El rol de Kicillof en el futuro de Julieta Makintach

Tras el estallido del escándalo por el documental Justicia Divina y el inicio del jury en su contra, Makintach anticipó que era muy probable su destitución y que perdiera toda posibilidad de volver a trabajar en la Justicia, por eso, le presentó su renuncia al gobernador bonaerense Axel Kicillof. Si el mandatario se la aceptaba, aún tendría chances de regresar al Poder Judicial, sin embargo, Kicillof no aceptó la dimisión y el juicio siguió su curso.

Yo después de lo que viví como imputada no quiero pertenecer al poder judicial. Me negaron prueba, ocultaron prueba, yo no que no quiero saber más nada con la justicia, pero quiero reinventarme tranquila. Me quiero ir en paz. Básicamente, me quiero ir en paz”, le había dicho Makintach al portal Infobae cuando aún tenía esperanzas de que la renuncia la permitiera eludir la destitución.

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Ricardo Arriazu: Argentina el país “de las oportunidades perdidas”

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Este es el país de las oportunidades perdidas”, dijo hoy el Ricardo Arriazu al describir la evolución histórica de la economía argentina y sus ciclos de expectativas, crisis y recesiones. Pero en ese escenario, afirmó que ahora “se están alineando” las condiciones para una nueva oportunidad de crecimiento, apuntalada en Vaca Muerta y la minería.

La economía argentina tiene una estructura productiva absolutamente artificial”, afirmó Arriazu, al describir al país como “uno de los más proteccionistas” del mundo. “Nos hemos dedicado a proteger los sectores donde no tenemos ventajas y perjudicar a los que sí tienen ventaja”, agregó el especialista, en referencia al sector industrial y la producción agropecuaria.

En su diagnóstico, eso generó un contexto de desconfianza entre agentes económicos, que hoy impacta negativamente en las oportunidades de inversión necesarias para el desarrollo de rubros como la minería o el crecimiento de Vaca Muerta.

“Hablé por primera vez de Vaca Muerta en 2011, y el miedo no eran los recursos, sino malgastarlos, pero hicimos las cosas tan lentas que nunca se malgastaron los recursos. El problema siempre es la Argentina”, insistió Arriazu, quien conectó ese escenario con el que hoy vive la minería.

Está como Vaca Muerta en 2013. El tema es que a diferencia de la energía, esto requiere mucho dinero y tiempo, y eso no se logra sin confianza”, planteó Arriazu, y agregó: “El país trae barcos para GNL y no hizo la planta en tierra firme porque si en un tiempo alguien dice ‘Exprópiese’, me llevo el barco. En minería no se puede: el dinero hay que enterrarlo”.

No obstante, destacó que el desarrollo de la producción de hidrocarburos en Vaca Muerta tendrá un impacto positivo en términos macroeconómicos. “Llegamos a tener US$5000 millones en déficit energético, este año vamos a tener US$9000 superávit, para el que viene US$4000 más y el próximo US$7000 más”, detalló.

Al analizar la evolución del programa económico de Milei, con las oportunidades en los sectores mencionados y su propuesta de apertura, advirtió que “el gran Buenos Aires es el gran perdedor” del esquema. “El gran Buenos Aires es la creación del proteccionismo”, dijo Arriazu porque, según su visión, fue consecuencia de la protección “de ese único mercado”.

Hacia adelante, sin embargo, advirtió sobre las tensiones políticas y sociales que podría generar un cambio económico y demográfico alrededor del nuevo esquema productivo, con crecimiento en sectores lejos del AMBA y menores oportunidades en servicios o la industria de los conurbanos. “Todo cambio es muy destructivo, traumático y problemático”, alertó.

Arriazu también analizó el vínculo entre Milei y Trump, y dijo que si bien “se parecen en las formas” y “entre ellos se tienen simpatías”, “son distintos en el resto”. “Milei es aperturista y Trump propone una economía cerrada”, explicó, al describir las posibles consecuencias del acuerdo comercial bilateral.

También se refirió al swap firmado entre el Tesoro estadounidense y el BCRA e insistió en que “no tiene nada que ver con el swap de China”. “Ese es un dibujo contable, que no se puede usar a menos que China lo autorice. Este lo decide el gobierno argentino, lo usa cuando quiere y para lo que quiere. Es como caminar de la mano de JP Morgan”, ilustró, al describir el impacto que podría tener este acuerdo sobre la confianza hacia el país por parte del mercado financiero.

A nivel global, Arriazu alertó también por eventuales riesgos de una “burbuja” en el precio de los activos financieros y por las consecuencias de una eventual “guerra comercial” impulsada por Trump, mediante la aplicación de aranceles. “La gran pregunta es si estamos ante un fenómeno nuevo y un cambio estructural, o si estamos en una burbuja como en 1999. Y creo que hay un poco de cada cosa”, afirmó.

En su análisis, fue crítico de Donald Trump por su uso de aranceles comerciales y la presión sobre la Reserva Federal por las tasas de interés. “¿Se imaginan que Estados Unidos, que tiene déficit fiscal y de cuenta corriente, lo puede financiar con tasas negativas?“, apuntó.

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