Cómo sacar créditos a tasa 0 de AFIP: Últimas 2 semanas

Compartí esta noticia !

Hasta el 30 de junio, los monotributistas y autónomos pueden iniciar el trámite a través de la página web de la AFIP.

Monotributistas y autónomos pueden iniciar el trámite para acceder a un crédito a tasa cero a través de la página web de la AFIP hasta el 30 de junio. El servicio estará habilitado para aquellas personas que cumplan con los criterios de elegibilidad adoptados por la Jefatura de Gabinete de Ministros.

La normativa establece, a su vez, dos requisitos para comenzar el trámite: contar con una Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un Domicilio Fiscal Electrónico.

El monto del Crédito a Tasa Cero que podrá solicitar cada persona depende de la categoría en la que está inscripto. El máximo previsto por la normativa es de $150.000.

El trámite se inicia en la página web de la AFIP donde los contribuyentes deberán indicar el monto del crédito que pretenden solicitar. También deberán ingresar datos sobre su tarjeta de crédito y un correo electrónico.

Una vez que toda la información fue ingresada, la AFIP emitirá un Certificado de Tramitación y remitirá los datos al Banco Central para que los distribuya entre los bancos seleccionados por los monotributistas y autónomos. Cada banco se contactará con quienes iniciaron el procedimiento para avanzar en la tramitación del Crédito a Tasa Cero.

Los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito indicada en tres desembolsos sucesivos e idénticos. Los créditos contarán con un período de gracia de 6 meses. El repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin intereses.

Aquellas personas que no cuentan con una tarjeta de crédito deberán indicar durante el trámite en la página web de la AFIP, cuál es el banco con el que operan habitualmente. Y, de no contar con un banco, el sistema le solicitará que precise cuál es el banco más cercano a su domicilio donde quisiera avanzar con el trámite.

Te puede Interesar  El BCRA absorbió con Leliqs el 70% de lo que emitió en Lebacs y el dólar subió a $39,30

Cómo sacarlo

Paso 1: Ingresá a la página principal del sitio web de AFIP y dentro del recuadro de acceso con clave fiscal presioná ingresar.

Paso 2: Dentro del menú de clave fiscal, visualizarás el acceso al servicio “Crédito a Tasa Cero”. También podés ingresar desde el Portal Monotributo, presionando “Ingresar” dentro de la tarjeta de “Crédito a Tasa Cero”.

Paso 3: Una vez dentro del servicio, visualizarás el paso 1. En este paso, te indicaremos el monto máximo que podrás tramitar y lo que se te adicionará correspondiente a las cuotas mensuales de 3 períodos fiscales. Ingresá el monto y presioná “Siguiente”.

Paso 4: En el segundo paso deberás ingresar y reingresar una casilla de correo electrónico e indicar si tenés o no tarjeta de crédito.

¿Tenés tarjeta de crédito?

SÍ: te solicitaremos que selecciones la entidad bancaria emisora y su número.

NO: te solicitaremos que indiques el banco con el que operás o aquel más cercano a tu domicilio.

Para continuar presioná “Siguiente”.

Paso 5: Por útlimo en el paso 3, te mostraremos los datos ingresados para que los valides o modifiques. Si los datos son correctos, tildá el mensaje de conformidad y presioná “Confirmar”.

Paso 6: El sistema, confirmará el procedimiento y te permitirá descargar la constancia de la gestión realizada.

Paso 7: Al volver a ingresar al servicio, encontrarás el siguiente mensaje y la opción para descargar la constancia.

Requisitos

Será requisito poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido. También estar considerado en una o varias de las siguientes situaciones establecidas en el Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, a saber:

  1. Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.
  2. Cantidad relevante de trabajadores y trabajadoras contagiadas por el COVID 19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
  3. Sustancial reducción en su facturación con posterioridad al 12 de marzo de 2020
Te puede Interesar  Promesa de Nación de extender hasta diciembre el Ahora Misiones+21

Monotributistas y autónomos

A. Estar inscriptos en el régimen de trabajadores autónomos o en el monotributo, en este último caso en las categorías comprendidas entre la A y la K, ambas inclusive.

B. No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, no pudiendo solicitar el beneficio cuando por lo menos el 70% de su facturación en el período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integren dicho sector.
C. No percibir ingresos de trabajos en relación en dependencia o provenientes de una jubilación.

D. El monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado. Los trabajadores autónomos tomarán el período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020.
En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.

E. No serán elegibles los ciudadanos adheridos con situación crediticia 3, 4, 5 o 6 según BCRA. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto.

F. Los beneficiarios de este financiamiento no deberían acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito.

Exclusivo para Trabajadores Autónomos

No encontrarse adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.

No ser integrante de directorio de sociedades comerciales.

About The Author

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin