Los comercios tendrán acreditadas al siguiente día hábil las ventas con tarjetas de débito

Este martes el BCRA sacó un comunicado indicando esta nueva medida que beneficiará a 1,5 millones de micro y pequeños comercios.

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Este martes el BCRA sacó un comunicado indicando esta nueva medida que beneficiará a 1,5 millones de micro y pequeños comercios.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) redujo en beneficio de las MiPyMEs el plazo de la liquidación de los pagos que hacen los bancos a los comercios por las ventas en el marco de la Ley de Tarjetas de Crédito. La medida tiene un universo de beneficiarios de 1,5 millones de micro y pequeños comercios y entrará en vigencia el 1 de julio.

La Comunicación A7305 estableció que los micro y pequeños comercios, según la definición de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, percibirán el cobro de las ventas efectuadas con tarjeta de crédito a los 8 días hábiles de concretada, en lugar de los actuales 10 días hábiles.

En el caso de las empresas medianas, el plazo se mantendrá en 10 días hábiles y para las grandes empresas el plazo será a los 18 días hábiles, que es el tiempo promedio que transcurre entre el gasto en los comercios y el pago por parte de los tarjetahabientes del resumen de la tarjeta.

La comisión para la venta con tarjeta de crédito se fijó en el marco de la ley en 1,8% y para las ventas con tarjetas de débito en 0,8%. Ese es el tope que los proveedores del servicio de terminales de pago pueden retener a los comercios.

Durante la anterior gestión al frente del BCRA se estableció una figura no contemplada en la ley, la de “agrupadores de pagos” que intermedian entre los comercios y los emisores de las tarjetas de crédito y débito. Estos agrupadores cobran a los comercios porcentajes que llegan a triplicar la comisión establecida por ley, mientras reconocen el 1,8% a los emisores de tarjetas y los adquirentes, encargados de conectar a los comercios y procesar los pagos.

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Según cuadros comparativos, frente a una comisión de 1,8% que se acordó en el marco de la ley, el principal agrupador de pago percibía una comisión de 3,39% a los comercios, que ahora decidió elevar, atribuyendo este incremento a la norma emitida por el BCRA.

La comisión de 1,8% se distribuye 1,3% para los emisores de tarjeta y 0,5% para los adquirentes. Significa que por el mismo procesamiento que los adquirentes perciben 0,5%, los agrupadores de pago cobran más de 1,5%.

La Comunicación A7305 no justifica el incremento de la comisión y, en caso de considerar que se incrementó el costo financiero de la operación, tienen margen para absorberlo sin trasladarlo a los comercios.

La medida tomada por el BCRA también estableció que para las empresas de salud, gastronómicas y hoteleras regirá la reducción a ocho días si se tratan de micro o pequeños comercios y se mantiene en diez días hábiles para el resto.

Este esquema de plazos de liquidación facilita la fluidez del sistema de pagos y se complementa con el límite de la tasa de interés que los bancos pueden aplicar a los usuarios que optan por financiar el pago de sus consumos.

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