Hasta el día en que esté en vigencia la ley, que sería la semana próxima, no corre el recargo del 30% con tarjeta por compras en el exterior
Si un misionero quiere viajar a Río de Janeiro vía Foz de Iguazú, aún puede adquirir el pasaje en aerolíneas como Gol, Avianca, LATAM o Azul sin sufrir la recarga del 30 por ciento del impuesto que entrará a cobrarse dentro de poco, por operaciones como esta. Lo mismo si quiere pagar ya con el plástico la estadía en un hotel de Copacababa o Barra de Tijuca.
Ayer se introdujo una aclaratoria en el texto de la Ley de Emergencia o de “Solidaridad Social y Reactivación Productiva” que se debate en el Congreso, en el capítulo del gravamen del 30% a todos los consumos con tarjeta de crédito que se realicen en el exterior.
Como los que suelen hacer los misioneros en Paraguay o Brasil, cuando pagan con el plástico.
El impuesto del 30% no correrá sino hasta el día después de la entrada en vigencia de la ley. Los especialistas en trámite parlamentario dicen que la norma podría estar aprobada el próximo sábado, en una sesión especial del Senado. Después debe ser promulgada y publicada en el Boletín Oficial, trámite que puede llevar un par de días más.
Normalmente las leyes entran en vigencia varios días después de la publicación en el Boletín Oficial, pero en casos excepcionales, ese período puede acortarse al mínimo. Así que habrá que estar atento la semana que viene al día en que oficialmente se considera en vigor la ley. El día después, empieza a correr el impuesto del 30%.
Si esto es así, recién los consumos realizados la semana que viene estarían gravados con el impuesto del 30 por ciento realizado en el exterior.
Había dudas si el impuesto no corría a partir de ahora
Hasta ayer, no estaba claro si el impuesto recaería sobre todos los consumos que se hacen por estos días, pero que entran en los resúmenes de la tarjeta que vencen a principios del mes próximo, cuando se da por descontado que la ley estará en vigor.
El artículo 32 del proyecto de ley crea el nuevo tributo, del 30% a las operaciones con moneda extranjera. Se llamará impuesto PAIS (Para una Argentina Inclusiva y Solidaria).
El artículo 35, que define cuándo se efectuará la percepción del impuesto, establece que para las operaciones con tarjeta, el tributo se cargará “en la fecha de cobro del resumen y/o liquidación de la tarjeta”, y que en los casos de una compra en cuotas, el 30% se abonará en su totalidad junto con el primer pago.
El agregado en el artículo 40 de la Ley de Emergencia.
Sin embargo, el artículo 40 introducido ayer tras el debate en comisión, agrega una exclusión clave para el tema: “El impuesto que se establece por el artículo 32 de la presente ley será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley, con exclusión de las transacciones efectuadas con anterioridad a dicha fecha”, señala el texto final.