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Hoy es el día, Diputados convertirá en ley el proyecto Misiones
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Hoy Diputados ratificará el presupuesto aprobado y en Misiones se abren las expectativas de poder cambiar su matriz económica y hacer frente a las desigualdades con el país central y los países limítrofes.
Finalmente este martes se aprobará (ratificará) el Presupuesto nacional 2021 con la incorporación del artículo que le dará mayor competitividad a Misiones y cambiará la dinámica de su economía.
La espera se hizo un poco más larga que la prevista, ya que la semana pasada se aprobó el Presupuesto 2021 en el Senado pero un error de planillas anexas volvió el debate a Diputados que este martes lo deberá ratificar.
Gracias a negociaciones políticas se consiguieron los artículos que facultan a la creación de una zona aduanera para todo el territorio provincial para incentivar la producción, el desarrollo, la creación de puestos de trabajo y triplicar las exportaciones actuales.
El artículo 123 del Presupuesto faculta al Presidente a definir el alcance de los beneficios y qué sectores serán los que dejen de pagar impuestos nacionales. La reglamentación estará a cargo del ministro del Interior, del de Economía y de la Jefatura de Gabinete.
Se facultó al Poder Ejecutivo a través de los Ministerios de Economía y de Interior a constituir Áreas Aduaneras Especiales en zonas geográficas de distintas regiones donde se verifique el comercio bilateral con países limítrofes.
Se autorizó la extensión de las Zonas Francas habilitadas en regiones donde se verifique comercio bilateral con países limítrofes. De acuerdo a lo votado, se considera operaciones de comercio al por menor a toda enajenación realizada a persona humana no instalada en la Zona Franca que adquiera mercaderías en cantidades sin fines comerciales o industriales.
La Autoridad de Aplicación determinará, considerando cuestiones socioeconómicas y regionales de cada Zona Franca, las mercaderías que pueden ser objeto de esas operaciones. Asimismo, tales operaciones de comercio al por menor requerirán de un procedimiento simplificado relativo al ingreso y egreso de la mercadería tanto a la Zona Franca como al Territorio Aduanero General y no les serán aplicables las prohibiciones de carácter económico, ni las intervenciones previas de terceros organismos que rigen para el Régimen General de Importación. A tal fin, resulta aplicable el régimen de “Tiendas Libres” previsto en la ley 22.056 y sus normas reglamentarias.
Asimismo, la importación al Territorio Aduanero General de la mercadería adquirida dentro de la Zona Franca se encuentra exenta del pago de tributos que los graven dentro de los valores de la franquicia que establezca la Autoridad de Aplicación. Para el caso de importación de vehículos automotores bajo este régimen, podrá́ ser efectuada exclusivamente por titulares del grupo familiar conviviente que acrediten residencia definitiva en la Provincia respectiva, quienes podrán adquirir un vehículo automotor dentro de este régimen cada cinco años contados a partir de la fecha de su patentamiento. La exención podrá quedar únicamente limitada a los valores CIF máximos (abreviatura del inglés Cost Insurance and Freight, o Costo, seguro y flete) por unidad vehicular establecidos por la Autoridad de Aplicación.
La exención aplica para los siguientes impuestos:
1. Impuesto a las Ganancias.
2. Impuesto al Valor Agregado.
3. Impuestos Internos.
4. Impuesto sobre los Bienes Personales.
5. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.6. Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono.
7. Impuesto sobre el Gas Oil y el Gas Licuado para uso Automotor.
8. Impuestos futuros
