Kaapuera presentó proyecto de ley para proteger semillas nativas y criollas y cultivos tradicionales

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La Secretaria de Agricultura Familiar de Misiones tiene en sus manos un proyecto de ley que establece proteger y multiplicar las semillas nativas y criollas y los cultivos tradicionales en este territorio, dando activa participación a los agricultores y pueblos originarios en el ámbito institucional y técnico, y ponderando la soberanía alimentaria.
La iniciativa es del Frente Ciudadano Ambiental Kaapuera, a través del abogado Martín Ferroni, y establece la creación del Instituto Misionero de la Semilla.
El borrador presentado la semana pasada a la ministra Marta Ferreira se titula Régimen de Tutela y Promoción de Uso de Semillas Nativas, Criollas y Cultivares Tradicionales, y en su primer artículo se indica que el objetivo es “garantizar el derecho de todas las personas que habitan el territorio de la provincia de Misiones a definir e implementar libremente sus estrategias y modos de obtención, producción, investigación, innovación, almacenamiento, conservación, intercambio, comercialización, distribución y consumo de semillas nativas y criollas como también de los cultivares tradicionales, para el logro de la soberanía alimentaria, sanitaria, tecnológica, la justicia ambiental y el desarrollo agroalimentario sustentable, respetando y revalorizando la diversidad cultural”.
En esa línea, establece declarar de Interés Público “las semillas nativas y criollas, las semillas elaboradas, generadas y/o mejoradas con saberes populares, los cultivares tradicionales, así como los conocimientos asociadas a los mencionados”, y las “Asimismo, se declaran de interés público las actividades de obtención, producción, investigación, innovación, abastecimiento, certificación, protección, conservación, distribución, intercambio y comercialización de estas semillas nativas, criollas y cultivares tradicionales”.
La propuesta será revisada y analizada el próximo jueves 14 de febrero en la sede Agricultura Familiar por referentes de esta institución y de organizaciones de agricultores, pueblos originarios, sociales y ambientales.
Con la vigencia e implementación de esta propuesta, se consagran como principio rectores la conservación de la diversidad biológica y la diversidad del sistema alimentario, y se garantiza el derecho a una allimentación sana, soberana y nutritiva. También, el derecho a la información pública relacionada con las semillas, generadas por cualquier organismo público, privado o mixto; y la inocuidad de las semillas, asegurando que no afecten negativamente la salud de las/os productoras/es y trabajadoras/es que integran el sistema agroalimentario, y tampoco tengan impacto ambiental negativo sobre los suelos, subsuelos y cursos de agua.
La iniciativa pondera la participación social en decisiones políticas o administrativas que afecte al derecho de uso propio o modos de producción y comercialización de las semillas nativas, criollas y cultivares tradicionales.
Los artículos 6 y 7 del proyecto de Ley hacen referencia a que “toda persona humana o jurídica, que produce utilizando semillas nativas y/o criollas, tiene derecho al uso propio gratuito de las semillas de su cosecha, sin restricción de ningún tipo”.
En tanto los artículos 10, 11 y 12 manifiestan que “el Estado, en todos sus niveles, apoyará logística y financieramente la institución de espacios de resguardo y almacenamiento de semillas nativas, criollas y cultivares tradicionales, como así también de producción y multiplicación”, enmarcando en esa línea a las ferias de semillas; que se deberá promover la investigación participativa y gestionada asociativamente, la formación, el acompañamiento técnico y la innovación sobre la agrobiodiversidad y la agroecología, y la participación social y comunitaria en el proceso de lograr los objetivos propuestos.
Se propone la creación del Instituto Misionero de Semillas como una entidad autárquica, de derecho público y descentralizada, que funcionará en la órbita de la Secretaría de Estado de Agricultura Familiar de Misiones, y será el órgano rector de la política de protección y fomento a la producción nacional de semillas nativas y criollas. Enumera como integrantes de dicho organismo a representantes del Estado Provincial y de las organizaciones de la agricultura familiar, campesinas, comunidades indígenas, universidades públicas, y organizaciones civiles que promuevan los lineamientos de la presente ley.
 
 
 
 

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