La Cámara del Crimen ordenó restituir el dinero a la víctima de una ciberestafa

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Una cliente del Banco Nación denunció ser víctima de una estafa digital. Según explicó, recibió un correo electrónico que simulaba ser del banco, indicando que su cuenta había sido bloqueada y que debía ingresar a un link para reactivada. Luego de hacerlo, advirtió la acreditación de un préstamo que jamás solicitó y la inmediata transferencia de la totalidad de los fondos (incluyendo el préstamo y fondos propios) a favor de un tercero.

Frente al reclamo de la cliente, el banco accedió a cancelar el préstamo pero no aceptó restituir el resto de los fondos. En este contexto, la denunciante solicitó una medida cautelar que ordenase al banco la inmediata devolución de la totalidad dinero sustraído.

El juez de primera instancia rechazó la medida y la denunciante recurrió el fallo ante la Cámara de Apelaciones en lo Criminal.

Por mayoría, la Cámara revocó la decisión y ordenó la restitución de fondos a la denunciante. Al resolver en este sentido, destacó que “…la entidad que ponga a disposición tecnología informática al usuario que sólo ésta gestiona para entablar una relación jurídica -en este caso, una relación comercial-, debe soportar las medidas cautelares que se adopten judicialmente en sede penal para esclarecer el hecho investigado…”.

Es un precedente de gran relevancia, especialmente si se tiene en cuenta el aumento de la actividad bancaria digital y el consecuente crecimiento de los fraudes informáticos.

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