La CNV reglamentó sistema de financiamiento colectivo para emprendedores

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La norma, publicada en el Boletín Oficial, permite que grupos de personas cooperen a través de internet y aportar dinero para financiar iniciativas emprendedoras
La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó hoy el Sistema de Financiamiento Colectivo, una iniciativa de cooperación para grupos de personas que a través de internet puedan aportar dinero para financiar iniciativas de emprendedores.
La CNV oficializó la reglamentación de la iniciativa -impulsada por el Gobierno- a través Resolución General 717-E/2017 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Si bien el Código Civil y Comercial admite la contratación por vías digitales de financiación colectiva (o ‘crowdfunding‘, por su término anglosajón) no existía en la Argentina una regulación específica que determine un régimen sobre los derechos y obligaciones de las partes, como así sobre la protección de los inversores y prestamistas.
La norma introduce la figura de la ‘Plataforma de Financiamiento colectivo (PFC)‘ a cargo de una sociedad anónima autorizada y registrada por la CNV, en el marco de la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor N 27.349, sancionada en marzo de 2017.
Ahora, los emprendedores podrán contar con financiamiento a través de una plataforma que será el medio por el cual se pondrá en contacto a una pluralidad de personas humanas o jurídicas que actúen como inversores.
La CNV explicó en los considerandos que previo a la redacción de la reglamentación realizó un “profundo estudio” sobre el funcionamiento de este instrumento, a través de un análisis del derecho comparado, así como también se han receptado las recomendaciones internacionales.
Para funcionar, las Plataformas de Financiamiento Colectivo deberán erigirse como “personas jurídicas” constituidas como sociedades anónimas e inscribirse en el registro creado para ello por la CNV.
Según la normativa, la PFC deberán contar con estructura jurídica, estatuto social, objeto social, nombre, domicilios registrados, registro de accionistas, página web propia, correo electrónico, entre otros requisitos.

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