Oficializan la emergencia hídrica en varios municipios misioneros

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Por las inundaciones, el Gobierno nacional declaró “zona de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social” por 180 días en partidos, departamentos, localidades y/o parajes de 11 provincias.

Según la Ley 27355, que se oficializó hoy con su publicación en el Boletín Oficial, se declara la emergencia nacional en los siguientes lugares:

Catamarca: Departamentos Valle Viejo, Paclín, Santa Rosa, El Alto, Ambato y Fray Mamerto Esquiú.

Buenos Aires: Partidos de Arrecifes, General Pueyrredón, General Villegas, Junín, Pergamino, Salliqueló y Salto.

Santa Fe: Departamentos 9 de julio, Belgrano, General López, Caseros, Castellanos, Constitución, Garay, General Obligado, Iriondo, La Capital, Las Colonias, San Cristobal, San Jerónimo, San Javier, San Justo, San Lorenzo, Rosario, Vera y San Martín.

– Corrientes: San Luis del Palmar, Empedrado, General Paz, Berón de Astrada, Loreto, Mburucuyá, San Cosme, ltatí, Ituzaingó, Capital, San Miguel y Alvear, La Cruz, Santo Tomé.

Misiones: Capioví, Campo Ramón, Santo Pipó, Alem, Colonia Alberdi y Cerro Azul.

Chubut: Departamentos de Escalante, Biedma, Florentino Ameghino, Rawson, Sarmiento, Telsen, Gastre, Paso de Indios y Mártires – Ciudades de Comodoro Rivadavia, Rada Tilly y Trelew.

– Tucumán: Departamentos de Simoca, Graneros, Alberdi, La Cocha, La Invernada, La Madrid y Taco Ralo.

– Río Negro: Departamento de Pichi Mahuida.

– La Pampa: Laguna Don Tomás de Santa Rosa, Atreucó, Capital, Catriló, Chapaleufú, Conhelo, Guatraché, Maracó, Quemú-Quemú, Rancul, Realicó y Trenel.

– Salta: Departamentos de Anta, San Martín, Orán, Rivadavia e Iruya.

– Jujuy: Departamento de Tumbaya, localidades de la Quebrada de Humahuaca; Departamentos de Ledesma y Santa Bárbara.

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Además, se estable un plazo de 30 días para formar un fondo especial con aportes del Tesoro nacional, para hacer frente a las acciones de asistencia a los damnificados y reconstrucción de las economías afectadas, los que serán distribuidos de acuerdo a los objetivos y prioridades que se fijen en coordinación con las provincias y los municipios afectados.

En tanto, el Ejecutivo destinará fondos adicionales a la cobertura de planes sociales, en las zonas afectadas y mientras dure la emergencia; como así también adoptará las medidas necesarias para preservar y restablecer las relaciones de trabajo y empleo.

Al término de los 180 días, el plazo que podrá ser prorrogado por igual lapso. Asimismo el Poder Ejecutivo nacional queda facultado para extender la emergencia a otras zonas afectadas por las inundaciones.

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