Otro fallo pone en peligro la caja del Fondo Especial del Tabaco

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Una medida cautelar dictada por el juez Miguel Antonio Medina, en Salta, pone en peligro la alimentación del Fondo Especial del Tabaco. Medina benefició a una tabacalera local eximiéndola de pagar un impuesto mínimo que nutre el FET y ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos que se abstenga de retenerle el gravamen hasta que no haya una definición sobre el fondo, causa que está en manos de la Corte Suprema de Justicia. 

Se trata de la tabacalera Tabes S.A, una pequeña empresa que se dedicaba a la fabricación de tabaco para armar y cigarritos, pero que en los últimos tiempos, crisis mediante, se volcó a la producción de cigarrillos marcha Achalay.

El juez avaló una demanda de la tabacalera para suspender la aplicación de la modificación de un impuesto interno de cigarrillos a la firma representada. 

La propia empresa señala que se dedica a la manufactura de tabaco y cigarrillos, que consiste principalmente en el armado y comercialización de bolsitas tabaqueras que contienen tabaco picado, como la fabricación de cigarrillos de marca propia, indicando que la firma participa en un pequeño segmento del mercado, con precios más bajos, de manera tal que la norma que impugna de inconstitucional importaría la aniquilación de su participación en el mercado. 

Para graficarlo, sostiene que la nueva norma fija una base imponible para la tributación mínima en $28.- por paquete de cigarrillos, en $40.- para tabaqueras de 50 gramos y en $24.- para tabaqueras de 30 gramos, lo cual obligaría a vender sus productos en un mayor valor en el mercado, con la consiguiente pérdida de competitividad en favor de las compañías tabacaleras internacionales. 

La empresa salteña asegura que si se le aplica el impuesto, implicará una pérdida de 200 puestos de trabajo y desaparición de la empresa, el mismo argumento de la tabacalera Sarandí, la otra beneficiada por la exención impositiva, pero por un juez de Buenos Aires.

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En cambio, las demás tabacaleras sí deben tributar el gravamen. Pero solo por el beneficio otorgado a Sarandí, Misiones perdió 4.200 millones entre 2016 y 2020 y 1.900 millones solamente en 2020 producto de las medidas cautelares que la Justicia Federal le otorgó eximiéndola de pagar el impuesto interno mínimo aprobado por el Congreso nacional. 

Tabacalera Sarandí no es una Pyme ya que posee más del 20% del mercado de cigarrillos, factura más de 20.000 millones de pesos al año y tiene un convenio con la cuarta tabacalera más grande del mundo, la empresa multinacional británica Imperial Tobacco. 

La Corte Suprema tiene que decidir en estos días si Tabacalera Sarandí puede seguir obteniendo medidas cautelares y no pagar el impuesto mínimo. Esta decisión puede dejar sin trabajo a miles de personas y sacarle el dinero a 50.000 productores de tabaco, siete millones de jubilados, 4 millones de beneficiarios de asignaciones sociales, un millón de trabajadores de la cadena del tabaco y, en definitiva, a miles de habitantes de la provincia. La decisión está en manos la Corte Suprema.

  • Las medidas cautelares otorgadas a Tabacalera Sarandí generaron una pérdida de recursos para el país de casi $ 100.000 millones en los 5 años comprendidos entre el 2016 y el 2020. Solamente en 2020, la pérdida de recursos alcanzaría los $ 47.000 millones.
  • De los 100.000 millones de pesos que dejaron de ingresar a las arcas nacionales: 
    • 56.000 millones de pesos dejaron de percibir las provincias en concepto de impuestos internos, IVA, ingresos brutos y Fondo Especial del Tabaco.
    • 12.000 millones de pesos fue el recorte de ingresos del sistema de previsión social (Anses). Esto implica una transferencia de recursos desde los jubilados y los beneficiarios de asignaciones sociales a Tabacalera Sarandí.
    • 32.000 millones dejaron de ser percibidos por las arcas del Tesoro para gastos presupuestarios del Gobierno Nacional.
    • A su vez, el Fondo Especial del Tabaco, que financia infraestructura, desarrollo productivo, generación de empleo y asistencia de comunidades de las economías del norte del país, perdió recursos por más de 10.000 millones.
  • Además, si la Corte Suprema fallara a favor de Tabacalera Sarandí y declarase inconstitucional el Impuesto Interno Mínimo, es decir, si el resto de las tabacaleras dejaran de pagarlo, se generaría una pérdida de recursos tributarios de $80.500 millones sólo en el 2020.
  • El impuesto interno mínimo a los cigarrillos tiene como función imponer un piso a su precio para incrementar la recaudación y desalentar el consumo. El origen de este gravamen se remonta al 2004, cuando Néstor Kirchner, y su entonces jefe de Gabinete, Alberto Fernández decretaron la creación del “Convenio para mejorar la recaudación y evitar la evasión en el mercado de cigarrillos”. En 2008, la entonces Presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió un proyecto al Congreso para darle carácter de ley a la figura del impuesto mínimo que fue aprobada mediante la Ley N°26.467. Posteriormente, en 2017, la reforma tributaria empujada por el gobierno de Mauricio Macri y aprobada por el Congreso (Ley 27.430) modificó la forma de cálculo del impuesto mínimo creado por Cristina. El nuevo cálculo determinaba un gravamen fijo ajustable por inflación.
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Específicamente, si la Corte Suprema avala la continuidad de la cautelares, Misiones perdería $1.900 millones de pesos sólo en el 2020, de los cuales $1.100 millones serían del Fondo Especial de Tabaco. Peor aún, si la Corte declarase inconstitucional el Impuesto Interno Mínimo, Misiones perdería $3.100 millones en el 2020, de los cuales $2.000 millones serían del Fondo Especial de Tabaco. Estas cifras se irían ampliando con el correr de los años.

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