Proponen crear un equipo especial de Prevención de Usurpaciones

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El diputado provincial Rafael Pereyra Pigerl, acompañado por el presidente del bloque del Frente Renovador, Martin Cesino y otros diputados, propuso un proyecto de Ley que pretende la creación de un equipo de Prevención de Usurpación.

La iniciativa se pondrá a estudio mañana en la Comisión de Legislación General de la Cámara de Representantes, presidida por la Anazul Centeno.

“Es necesario atender, prevenir y realizar el debido seguimiento a las Usurpaciones en la Provincia de Misiones, al igual que se está realizando en Tucumán por ley; y otras Provincias como Chaco, Entre Ríos, etc. que están trabajando y avanzando  en similares iniciativas”, señaló Pereyra Pigerl.


La pretensión legislativa trata de la  creación de un equipo de Prevención de Usurpaciones que estaría  integrado por:

•Un (1) representante del Ministerio Público Fiscal;•

Un (1) representante del Ministerio de Gobierno;

•Un (1) representante de la Policía provincial;

•Un (1) Diputado Provincial designado por mayoría de sus miembros.

El Equipo de Prevención de Usurpaciones  tendría por objetivo la intervención preventiva y temprana en casos de tentativa o indicios de posibles usurpaciones y permanente en casos de consumarse los delitos de usurpación de la propiedad, para evitar que la usurpación y sus derivaciones se tornen complejas o  deriven en situaciones de grave peligro para la vida o la seguridad de las personas.

La coordinación estaría en cabeza del Ministerio de Gobierno en la figura de un  funcionario civil con acreditada formación en mediación o resolución alternativa de conflictos. Asimismo,  el Equipo de Prevención de Usurpaciones  debe contar con mediadores capacitados en resolución de usurpaciones masivas de propiedades públicas o privadas que serán seleccionados conforme lo determine la reglamentación. También se establece que de  acuerdo a las características de los procedimientos que deba intervenir puede pedir la colaboración del Ministerio de Desarrollo Social, Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Municipalidades, entidades rurales  o de cualquier otro actor necesario para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.

El Equipo de Prevención de Usurpaciones realiza  una tarea preventiva y de colaboración con la Justicia y debe: Establecer procedimientos, protocolos y conductas que deben  seguirse a fin de garantizar la legalidad, celeridad y eficacia de las  intervenciones; garantizar la activación inmediata de los protocolos para prevenir usurpaciones y, en el caso de consumadas, colaborar con la justicia en el desalojo del inmuebles usurpado; coordinar con los organismos competentes la asistencia necesaria considerando la situación de vulnerabilidad de las personas involucradas; contar en los procedimientos con la presencia permanente de personas capacitadas en mediación y resolución alternativa de conflictos; coordinar acciones e intercambiar información con los municipios; asignar las funciones de comunicación, diálogo y mediación en todos los proceso preventivos de desalojo a personal civil o a efectivos policiales especialmente  capacitados en mediación y resolución alternativa de conflictos.

También en su último artículo establece que en ningún caso el procedimiento de desahucio o desalojo será realizado durante horarios nocturnos, en condiciones de inclemencia meteorológica o en circunstancias  que impliquen riesgo para los intervinientes.

Asimismo, se tendrá especial consideración y se dará intervención a los organismos provinciales competentes cuando estén involucrados niños, niñas y adolescentes como mayores adultos.

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