ACEITE DE CANNABIS

Comenzó en Jujuy la producción de aceite de cannabis

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El Laboratorio de Investigación, Desarrollo e Innovación de la empresa Cannava SE fue inaugurado en la finca El Pongo, de administración estatal, a 27 kilómetros de San Salvador de Jujuy.

Jujuy se convirtió en la primera provincia en producir aceite de cannabis para uso medicinal como resultado de su plan piloto, según afirmaron las autoridades, y proyecta en el 2021 producir sobre 35 hectáreas en terrenos de la finca El Pongo, en el sur del distrito.

El gobernador jujeño Gerardo Morales, acompañado de su par de Corrientes, Gustavo Valdés; de San Juan, Sergio Uñac; la directora nacional de Articulación de Asuntos Productivos con las provincias, Natalia Del Cogliano, y autoridades de la empresa Cannava S.E., inauguraron el laboratorio de producción de aceite de cannabis y presentó el primer derivado de grado médico de industria nacional, “los ingredientes farmacéuticos activos”.

“Vamos a ser grandes productores de cannabis los argentinos, vamos hacia un cambio en la matriz productiva como aquí también lo estamos haciendo con el litio”, dijo Morales luego del acto realizado en la finca El Pongo, de administración estatal, a 27 kilómetros de San Salvador de Jujuy.

El Laboratorio de Investigación, Desarrollo e Innovación de la empresa Cannava cuenta con una superficie de 218 metros cuadrados y fue construido sobre una estructura existente. Sus instalaciones cuentan con dos cámaras de secado, una de germinación, una sala de análisis y otra de extracción.

A través de un proceso que se inicia con la selección de las semillas, y continúa con el cultivo en invernaderos y en campo, donde crecen bajos diversos controles de bioseguridad, la planta de cannabis produce una flor de la cual se extraen sus componentes (cannabinoides).

Los primeros lotes de aceite en producción serán sometidos a los controles de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), lo que durará entre tres y seis meses, y luego se podrá comenzar el proceso de envío a hospitales públicos y farmacias de la provincia y del país.

“El cannabis es una planta virtuosa”, sostuvo Morales mientras se exhibían a través de imágenes los frascos de aceite de 30 mililitros, producto que llegará también a los laboratorios.

Para la extracción de los componentes se utiliza etanol, que luego es retirado completamente y queda como resultado “un aceite refinado, seguro y eficaz”.

Morales, junto con Valdés y Uñac firmaron un convenio de cooperación científica y tecnológica con la Universidad Hebrea de Jerusalén, de Israel, a través de su Embajada para capacitar al personal de Salud de sus provincias en el tratamiento médico con cannabis medicinal.

Valdés recordó cuando en la Cámara de Diputados “se debatía si era posible hacer aceite de cannabis y hoy venimos a aprender de la experiencia jujeña”.

“El camino emprendido por ustedes es un ejemplo para muchas provincias argentinas”, sostuvo el mandatario correntino.

Por su parte Uñac dijo que “no le tenemos miedo a los nuevos emprendimientos”, y resaltó que la finalidad es “llevar bienestar en mucha gente que necesita” de los medicamentos.

Durante el encuentro se mantuvo una comunicación virtual con el embajador en Israel, Sergio Urribarri, quien felicitó a Jujuy porque “está marcando un hito” en la producción de cannabis medicinal.

“Lograr esta cooperación con Israel también es parte de la premisa que me indicó el presidente (Alberto Fernández) y arribamos a este momento en articulación con varias provincias”, dijo el funcionario.

Por su parte, el presidente de Cannava, Gastón Morales, afirmó que la inauguración del laboratorio de cannabis es un “gran avance”, y aseguró que “nunca antes un medicamento tuvo tanta fuerza” como el cannabis, y esto “nos acera a experimentar el alivio para muchas familias”.

Durante la visita a la finca jujeña, los funcionarios e invitados realizaron un recorrido por los invernaderos donde se cultivan más de tres mil plantas de cannabis, trasplantadas luego de quince días de germinación.

El lugar cuenta con ocho naves de 10×42 metros donde las plantas se cultivan con ventilación para mantener la temperatura, tienen luz artificial para realizar la fotosíntesis y hay una sistema con biocontroladores para el control de plagas.

Las plantas cumplen un ciclo reproductivo de cinco meses aproximadamente desde germinación hasta cosecha, y son “híbridas entre sativas e índigas”, porque se busca combinar la estructura de la primera con la floración de la segunda.

En La finca El Pongo se realizan dos métodos distintos de cultivo, bajo cubierta y en campo, debido a que “se está experimentando, hay varios ensayos donde estamos viendo las densidades, cómo se comportan porque no hay muchos datos de estos cultivos en la zona”, dijo a Télam Ignacio Bonutto, del área de Producción de Cannava S.E.

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Misiones se sumó a la investigación sobre el uso medicinal de Cannabis

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La Cámara de Representantes aprobó hoy la adhesión a la ley nacional 27350, que regula la investigación médica y científica respecto del uso terapéutico de la planta de Cannabis y sus derivados, con el objetivo de garantizar y promover el cuidado integral de la salud.
La adhesión implica la incorporación de la provincia al Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales; que fue creado por la normativa nacional.
El programa apunta a la promoción, prevención y concientización; a garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo a los pacientes con patología e indicación médica; a desarrollar evidencia científica sobre las alternativas terapéuticas para los problemas de salud no alcanzados por los tratamientos convencionales; y a establecer la eficacia de este tipo de intervenciones terapéuticas; además de conocer sus posibles efectos secundarios con miras a la universalización del tratamiento.
Para autorizar el acceso, la ley nacional, sancionada el año pasado, creó un registro voluntario para que se inscriban los pacientes que por determinadas patologías o indicaciones médicas sean usuarios del aceite en cuestión o alguno de sus derivados.
La adhesión de Misiones fue propuesta, en distintas instancias, por los diputados Martín Sereno y Héctor Bárbaro, Noelia Leyria, Raúl Flach, Mario Pegoraro, Javier Mela, Oscar Alarcón y Martín Cesino.
Precisamente, Cesino fue quien recordó que “los estudios serios con respecto al aceite Cannabis medicinal se iniciaron allá por los años ’90 y los principales países que avanzaron cumpliendo con todos los ensayos fueron Estados Unidos y países europeos, y luego se replicó en otros, incluyendo Argentina”.
Informó que “el aceite Cannabis más utilizado en el mundo y también en Argentina es el aceite de Charlotte’s Web, que posee propiedades farmacológicas que tienen efectos beneficiosos para la salud humana, sobre todo en enfermedades como las convulsiones refractarias, muy frecuentes en los niños”.
En ese sentido, precisó que “uno de cada doscientos niños argentinos tiene diagnóstico de algún tipo de convulsión y, en esos casos, este aceite es beneficioso y ha permitido mejorar la calidad de vida, logrando la reducción de episodios de convulsiones en estos niños”.
El legislador también comunicó que “el INTA y el CONICET son los responsables de la cosecha y de la producción de la materia prima del Cannabis medicinal, de la cual se va a obtener luego el producto y la sustancia que es el aceite, que se va a distribuir a todo aquel argentino, misionero que así lo requiera”.
Remarcó que el requisito será estar incluidos en el registro de pacientes del programa nacional a partir de la indicación de un médico o una historia clínica, donde se prescriba la indicación del aceite terapéutico.
También precisó que “la ANMAT es el órgano en la Argentina que permite la importación del aceite Charlotte’s Web, que es utilizado hoy por hoy para las convulsiones o episodios de epilepsia refractaria en niños y adultos”.
Cesino explicó que “también desde la Comisión de Salud de la Legislatura hicimos un pedido de comunicación solicitando un informe a la Secretaría de Salud de la Nación de cómo se viene implementando este programa a nivel nacional, si se siguen haciendo las primeras cosechas o siembras de cannabis y si la ANMAT, además de autorizar el aceite, permitirá otro tipo de cannabis para variados fines terapéuticos”
“Es un paso muy importante para Misiones esta adhesión que va a permitir acompañar aquellas políticas de investigación médica y científica que tienen que ver con el uso medicinal del cannabis”, argumentó Cesino, y resaltó que la provincia “cuenta con las instituciones correspondientes, con laboratorios provinciales y con instituciones nacionales, como el INTA”.
“Esto tiene que ver con la calidad de vida, siempre hablamos del derecho a la salud y esta ley garantizará a esas familias misioneras el marco legal y regulatorio, brindándoles sobre todo, la seguridad sanitaria para el uso del aceite de cannabis a todos los misioneros que requieran este tipo de medicamento”, concluyó el legislador.

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Una ONG trabaja para fabricar cannabis medicinal en Misiones pese a que ley nacional no la autoriza

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Una organización no gubernamental de Misiones anunció que trabaja en un proyecto para fabricar cannabis con fines medicinales tras un fallo judicial que ordenó a una empresa de medicina prepaga a suministrarlo a una paciente pero el gobierno provincial advirtió que si no se cambia la ley no puede autorizar su elaboración.
La fundación Familias Usuarias de Cannabis Medicinal de Misiones (Fucami) celebró el fallo judicial que ordena a la obra social OSDE financiar el medicamento para un niño de dos años que padece epilepsia refractaria tras lo cual anunció que trabaja en un proyecto para su fabricación en la provincia.
Sin embargo, el ministro de salud provincial, Walter Villalba, dijo a Télam que “ellos tienen que saber que el primer paso es lograr una nueva ley porque la que fue discutida y aprobada en el Congreso el año pasado no habla de producirla en la Argentina y además prohíbe expresamente el autocultivo”.
El funcionario anticipó además que participa en la reglamentación de la ley nacional junto a ministros de otras provincias y consideró que “así como está planteada la ley veo muy difícil la posibilidad de instalar un laboratorio para aceite de cannabis en cualquier lugar de la Argentina”.
La presidenta de la fundación Roxanna Vier reclamó “una ley más completa” desde que se sancionó la normativa nacional para permitir “la venta bajo receta en farmacias o en su defecto que contemple la posibilidad del autocultivo con fines medicinales”.
Por su parte, el asesor técnico de Fucami el farmacéutico Darío Fank aseguró que desde hace un año trabaja en un proyecto privado para la fabricación del aceite de cannabis en Misiones “no solo para satisfacer la demanda cada vez más creciente con fines terapéuticos sino para el aprovechamiento en forma industrial de las múltiples aplicaciones que tiene la planta”.
Respecto a la ley nacional, opinó que “así como la sancionaron no cambia nada las cosas porque autoriza el consumo sin contemplar la realidad de que hay que importarla de otros países y a costos muy altos porque aún no existe producción en nuestro país ni en Latinoamérica”.
En ese sentido, aseguró que el proceso de fabricación “es muy sencillo” y advirtió que “de hecho hay familias en la Argentina que han investigado y ahora están produciendo el aceite en forma casera y con fines terapéuticos”.
Explicó además que para producir a escala industrial “es necesario montar un laboratorio de fitomedicina pero fundamentalmente con la materia prima que es la flor de la planta de cannabis”.

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Juez misionero ordena a una prepaga suministrar cannabis medicinal a un niño

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Un fallo que dará que hablar. El Juez Federal, José Luis Casals determinó que la prepaga OSDE debe hacerse cargo del tratamiento con aceite de cannabis de un niño.
En un fallo que tendrá repercusión nacional, el doctor José Luis Casals, juez Federal de Posadas, hizo lugar a un amparo obligando a la prepaga Osde a hacerse cargo de los gastos del tratamiento de un menor. Más allá de lo específico de la práctica, queda de manifiesto la tutela jurisdiccional para casos en los que las obras sociales no dan eficaz respuesta a sus afiliados. El precedente que marca la resolución del magistrado es un dato a tener en cuenta en situaciones extremas, estando habilitados los defensores oficiales de los juzgados federales a tramitar los reclamos que no sean satisfechos en tiempo y forma o, en su caso, los defensores provinciales o abogados particulares.
En el Juzgado Federal de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y Contencioso se ocuparon de un caso novedoso, tal lo considerado por el magistrado, José Luis Casals, en el que un niño de 2 años, que padece un retardo del desarrollo, epilepsia y síndrome epiléptico sintomático con localizaciones focales y parálisis cerebral infantil, requiere de un costoso tratamiento que fuera desconocido por la Organización de Servicios Directos Empresariales (Osde).
Ante ello, la familia recurrió a la Justicia para que el Estado y la prepaga le garanticen el tratamiento adecuado de salud para su hijito.
Para ello presentaron un recurso de amparo contra el Ministerio de Salud de la Nación y contra Osde, a fin de que condene a tomar las medidas pertinentes hasta obtener el tratamiento médico con aceite de cannabis con cobertura total.
Dejaron en claro que dicho aceite está indicado para la enfermedad que padece el menor (epilepsia refractaria), la cual se encuentra asociada a un retardo del desarrollo, epilepsia y síndrome epiléptico sintomático con localizaciones focales y parálisis cerebral infantil.
El niño, que tiene dos años, padece desde su nacimiento un “retardo del desarrollo, síndrome epiléptico sintomático relacionado con localizaciones focales parciales y parálisis cerebral infantil”, y en su momento, se inició el tratamiento médico y farmacológico en el que el menor fue sometido al uso de más de seis medicamentos de provisión autorizada, sin tener ninguna mejoría y por el contrario, experimentó un agravamiento de su estado de salud, ya que esto le produjo epilepsia refractaria al tratamiento farmacológico.
TRÁMITES
A los fines de obtener una adecuada atención, se tramitó ante el Ministerio de Salud de la Provincia de Misiones el certificado único de discapacidad y la Junta Médica corroboró la patología padecida por el menor.
Ante los intentos fallidos con la medicación convencional, la neuróloga que atiene al pequeño en el hospital Italiano, prescribió y transcribió a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) la provisión de aceite de cannabis, medicamento de uso compasivo permitido por el organismo.
Este insumo no se fabrica ni comercializa en el país, por lo que debe ser importado y solicitado al laboratorio Grown and Made in Colorado USA.
Una vez realizado los trámites de rigor, se requirió a Osde la autorización y cobertura, pero la prepaga rechazó amparándose en el hecho de no estar nomenclada conforme la Resolución Nº 310/04 del Ministerio de Salud de la Nación.
Ante dicha negativa y ante la necesidad de proporcionar al niño una mejor calidad de vida, los padres procedieron a la compra de la medicación por cuenta propia, abonando la suma aproximada de 848 dólares (unos 21.000 pesos).
La condición económica de la familia dificulta hasta la imposibilidad el poder conseguir periódicamente el medicamento. Lamentando el hecho de no poder asegurar esta continuidad, debido a la mejoría que mostró el niño.
EXCUSA DE OSDE
Osde se escudó señalando que resulta algo novedoso este tipo de tratamiento, por lo que consideraron que no les corresponde la cobertura ni la provisión. Alegando además que el medicamento solicitado no se encuentra en el Plan Médico Obligatorio ni aprobado por la Anmat, haciendo hincapié en que “se desconocen los resultados adversos o contraindicaciones y solamente puede ingresar al país mediante el Régimen de Acceso de Excepción a Medicamentos no registrados, a través de un trámite a llevar a cabo por el mismo paciente. También argumentaron que la no comercialización dificulta aún más la obtención en laboratorios y droguerías. Y para colmo remarcaron que no acreditaron que el pequeño esté inscripto en el programa.
ANTECENDENTES A FAVOR
El juez Federal, José Luis Casals, en su considerando dejó en claro que siquiera debe discutirse la condición de afiliado de Osde del niño, como así tampoco la enfermedad que padece y su consecuente discapacidad, al igual que la evidente mejoría descrita por sus padres gracias al uso del aceite de cannabis, subrayando un párrafo del alegado de los mismos donde aseguraron “la reducción del 50 por ciento de la crisis”.
Lo que está en debate es la obligación de la prepaga de otorgar la cobertura integral. De esta manera, el magistrado mencionó la legislación vigente que ampara al chico, indicando la Constitución nacional, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño, así como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.
Casals hizo hincapié en la Ley Nº 24.901 y la Ley Nº 25.404, donde establecen que los pacientes epilépticos tienen derecho a recibir asistencia médica integral y oportuna. Lo mismo hizo con la Ley 27.350 sobre el Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados, que en su artículo 7, además, instala que “la Anmat permitirá la importación del aceite cannabis y sus derivados cuando sea requerida por pacientes que presenten las patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica pertinente”, indicando además que “la provisión será gratuita para quienes se encuentren incorporados” en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso de Medicina de la Planta de Cannabis. Además adosó la resolución (1537-E/2017) del Ministerio de Salud de la Nación, que en septiembre de 2017 dictó que “las personas que padezcan epilepsia refractaria y a las que se prescriba el uso de cannabis y sus derivados”.
LO RESUELTO
En su fallo, el Juez Federal hizo lugar al amparo y ordenó a Osde arbitrar los medios necesarios para suministrar la cobertura integral del aceite de cannabis.
Para que no se den inconvenientes en el tiempo, también requirió que la madre del niño comunique mensualmente al Juzgado los trámites de inscripción en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento. Una vez inscripto, la prepaga cesará de la obligación.
Fuente ElLibertador

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