Administración General de Puertos

El Gobierno extiende el peaje bonificado en la hidrovía mientras define la tarifa definitiva

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La Administración General de Puertos extendió hasta el 31 de enero de 2026 la bonificación del peaje en la Vía Navegable Troncal para el transporte internacional. La decisión mantiene un esquema transitorio de tarifas reducidas mientras continúa la transición institucional tras la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación y se posterga la definición del valor definitivo del peaje en la hidrovía.

La Administración General de Puertos S.A.U. (en liquidación) dispuso una nueva prórroga de la bonificación del peaje en el tramo “Puerto de Santa Fe – Confluencia (Sección II)” de la Vía Navegable Troncal (VNT). A través de la Resolución 1/2026, firmada por el interventor Gastón Alejo Benvenuto y publicada el 13 de enero de 2026, se estableció que entre el 1° y el 31 de enero de 2026 la tarifa para el transporte internacional será de dólares estadounidenses uno con treinta centavos (US$ 1,30) por tonelada de registro neto (TRN).

La medida prolonga un régimen transitorio que se aplica desde febrero de 2023 y refleja la persistencia de condiciones institucionales y operativas que impiden avanzar en la definición del cuadro tarifario definitivo para el segmento norte de la hidrovía.

Un peaje en revisión permanente desde 2022

El origen del esquema actual se remonta a la Resolución 625/2022 del entonces Ministerio de Transporte, que fijó el peaje del tramo Santa Fe–Confluencia en US$ 1,47 por TRN para el transporte internacional y $ 1,47 por TRN para el cabotaje, sujeto al resultado de una instancia de participación ciudadana. Sin embargo, tras ese proceso se multiplicaron las presentaciones administrativas y acciones judiciales de usuarios y sujetos obligados al pago, lo que derivó en la suspensión de la aplicación plena de la tarifa.

Como respuesta, la AGP constituyó en septiembre de 2024 la “Mesa de Trabajo de la VNT – Sección Santa Fe al Norte”, en el ámbito del Comité Ejecutivo de la Vía Navegable Troncal, y dispuso una bonificación progresiva del peaje. El esquema redujo la tarifa a US$ 0,80 por TRN entre el 15 de febrero de 2023 y el 31 de agosto de 2024, luego a US$ 1,20 por TRN hasta el 28 de febrero de 2025, y desde entonces se sucedieron prórrogas mensuales o bimestrales con ajustes graduales.

Durante 2025, la tarifa bonificada pasó a US$ 1,25 por TRN y luego se mantuvo el beneficio hasta diciembre. Ahora, con la Resolución 1/2026, se avanza un nuevo escalón de convergencia hacia el valor original, llevándolo a US$ 1,30 por TRN.

Transición institucional y demora en la definición tarifaria

En los considerandos, la resolución subraya que la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, dispuesta por el DNU 3/2025, modificó sustancialmente el contexto jurídico e institucional. La disolución y liquidación de la Administración General de Puertos, bajo un esquema de continuidad operativa, absorbió gran parte de los recursos técnicos y de gestión, lo que impidió la efectiva constitución de la Mesa de Trabajo y la realización de los estudios necesarios para evaluar la razonabilidad del peaje.

En ese marco, el Gobierno justifica la reiteración de las prórrogas en criterios de gradualidad y razonabilidad, aclarando que la política tarifaria no implica eliminar el peaje ni congelarlo indefinidamente, sino ajustarlo de manera progresiva mientras se completa la transición institucional y se definen las condiciones del régimen definitivo.

Impacto económico y señales al comercio exterior

La decisión tiene impacto directo sobre los operadores del comercio exterior, especialmente exportadores e importadores que utilizan la hidrovía para el transporte de cargas hacia y desde los puertos del norte argentino y la región del Paraná. La continuidad de una tarifa bonificada atenúa los costos logísticos en un contexto de alta sensibilidad de precios, aunque también prolonga la incertidumbre regulatoria respecto del valor final del peaje.

Desde el punto de vista institucional, la reiteración de prórrogas expone las dificultades del Estado para cerrar el debate tarifario en uno de los corredores logísticos más relevantes del país, mientras se redefine la gobernanza del sistema portuario y de navegación. El esquema actual mantiene una señal de previsibilidad de corto plazo, pero deja abierta la discusión sobre el equilibrio entre financiamiento del mantenimiento de la vía navegable y competitividad del transporte fluvial.

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Puertos prorrogó hasta fin de año la bonificación del peaje en la Vía Navegable Troncal Santa Fe–Confluencia

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La Administración General de Puertos S.A.U. (en liquidación) prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 la bonificación tarifaria aplicada al peaje del tramo Puerto de Santa Fe–Confluencia (Sección II) de la Vía Navegable Troncal. La medida, formalizada mediante la Resolución 145/2025, mantiene la tarifa para el transporte internacional en USD 1,25 por tonelada de registro neto (TRN) y se inscribe en un esquema de gradualidad mientras persiste el proceso de transición institucional y no se completan los estudios técnicos sobre la razonabilidad del cuadro tarifario.

Un peaje en revisión y un esquema de gradualidad prolongado

La decisión se apoya en una extensa secuencia normativa iniciada con la Resolución 625/2022 del entonces Ministerio de Transporte, que había fijado el peaje del tramo Santa Fe–Confluencia en USD 1,47 por TRN para el transporte internacional y $1,47 por TRN para el cabotaje, condicionado a la instancia de participación ciudadana. Sin embargo, tras esa etapa se presentaron acciones judiciales y reclamos de entidades representativas de los usuarios, lo que derivó en la suspensión de la aplicación plena de la tarifa.

En ese contexto, la entonces Administración General de Puertos dispuso en septiembre de 2024 la creación de la Mesa de Trabajo de la VNT – Sección Santa Fe al Norte, en el ámbito del Comité Ejecutivo de la Vía Navegable Troncal, y estableció un esquema de bonificaciones temporales. Ese régimen comenzó con tarifas reducidas de USD 0,80 por TRN para el período comprendido entre el 15 de febrero de 2023 y el 31 de agosto de 2024, y luego de USD 1,20 por TRN entre el 1° de septiembre de 2024 y el 28 de febrero de 2025.

Transición institucional y prórrogas sucesivas

La entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/2025, que creó la Agencia Nacional de Puertos y Navegación como continuadora jurídica de la AGP S.A.U. y dispuso la disolución y liquidación de esta última, modificó el escenario institucional. Según los considerandos de la Resolución 145/2025, la transición absorbió buena parte de los recursos técnicos y de gestión, lo que impidió la constitución efectiva de la Mesa de Trabajo y la realización de los estudios necesarios para definir el valor tarifario definitivo.

Ante esa situación, la bonificación fue prorrogándose de manera sucesiva mediante las Resoluciones 8/2025, 32/2025, 54/2025, 77/2025, 103/2025 y 127/2025, con ajustes graduales. En particular, desde septiembre de 2025 se fijó una tarifa de USD 1,25 por TRN para el transporte internacional, bajo el argumento de avanzar en una convergencia progresiva hacia el valor pleno sin eliminar abruptamente el beneficio.

La nueva prórroga, vigente del 1° al 31 de diciembre de 2025, mantiene exactamente ese esquema, ratificando el criterio de razonabilidad y gradualidad explicitado por la autoridad portuaria.

Impacto económico y expectativas de los usuarios

La continuidad de la bonificación tiene impacto directo sobre los costos logísticos del transporte fluvial internacional, especialmente para los usuarios del tramo Santa Fe–Confluencia, un segmento clave para las economías regionales vinculadas a la Hidrovía. La decisión evita un salto tarifario inmediato en un contexto de incertidumbre institucional y regulatoria, aunque también prolonga la indefinición sobre el cuadro tarifario definitivo.

Desde el punto de vista institucional, la resolución vuelve a poner en primer plano la necesidad de normalizar la gobernanza del sistema de la Vía Navegable Troncal y avanzar en los estudios técnicos pendientes. Hasta tanto eso ocurra, el esquema de prórrogas mensuales aparece como la herramienta elegida para equilibrar la sostenibilidad del servicio con las demandas de los usuarios.

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Puertos: la ANPYN redefine funciones y avanza en su organización interna

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) aprobó su estructura de cuarto nivel operativo, consolidando la organización interna del organismo creado en enero de este año. La medida redefine funciones clave de la Gerencia de Administración y Finanzas y crea la Coordinación de Servicios Generales bajo la órbita de la Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa, con el objetivo de optimizar la gestión de bienes, servicios e infraestructura portuaria.

La Resolución 45/2025, publicada en el Boletín Oficial el 29 de septiembre, marca un nuevo paso en la puesta en marcha de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), ente autárquico dependiente del Ministerio de Economía y continuador jurídico de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables y de la Administración General de Puertos (AGP).

La norma, firmada por el director ejecutivo Iñaki Miguel Arreseygor, modifica las misiones y funciones asignadas a la Gerencia de Administración y Finanzas, que a partir de ahora se concentrará en la gestión contable, financiera y patrimonial de la Agencia. Entre sus competencias figuran la supervisión de la percepción y pago de fondos, la administración de bienes y el control de inventarios.

En paralelo, se aprueba la creación de la Coordinación de Servicios Generales, dependiente de la Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa, que tendrá a su cargo la administración y mantenimiento de instalaciones edilicias, flota automotora y unidades flotantes, así como la gestión de servicios generales, choferes y mayordomía.

La nueva Coordinación de Servicios Generales

La Coordinación de Servicios Generales será responsable de la gestión integral de los bienes e infraestructuras bajo la órbita de la ANPYN, incluyendo la supervisión de embarcaciones y maquinarias en desuso, la planificación de mantenimientos edilicios y la puesta en valor de instalaciones y espacios públicos. También deberá administrar la disposición final de unidades flotantes y materiales terrestres fuera de servicio, una tarea clave en el marco del proceso de liquidación de la AGP.

La medida, según consta en la resolución, no genera erogaciones presupuestarias inmediatas, aunque se prevé que en el futuro se realicen adecuaciones para sostener la operatividad de las nuevas funciones asignadas.

La creación de la ANPYN mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 3/2025 respondió a la necesidad de concentrar en un único organismo la planificación, regulación y administración de la infraestructura portuaria y de vías navegables, en reemplazo de estructuras fragmentadas que habían funcionado bajo la órbita del Ministerio de Transporte.

En los últimos meses, la agencia fue delineando su organigrama. El Decreto 42/2025 aprobó la estructura de primer nivel, mientras que la Resolución 4/2025 definió el segundo nivel operativo. Ahora, la Resolución 45/2025 completa la definición de la estructura de cuarto nivel en la Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa.

La consolidación de la ANPYN tiene efectos directos en la gestión del sistema portuario nacional. La centralización de funciones permitirá ordenar el inventario de bienes de la AGP en proceso de liquidación y mejorar la eficiencia en la administración de recursos materiales y financieros.

El fortalecimiento de áreas como Servicios Generales resulta clave para garantizar el mantenimiento de flotas, maquinarias e instalaciones críticas, un aspecto central para el comercio exterior y la competitividad logística de la Argentina.

La medida también abre interrogantes sobre las próximas fases de la reorganización institucional: cómo se financiarán las nuevas funciones, cuál será la articulación con las delegaciones regionales y qué impacto tendrá la redefinición de competencias en el vínculo con el sector privado.

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Hidrovía: el Gobierno extiende el beneficio tarifario en la Vía Navegable Troncal

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La AGP extendió el beneficio tarifario para el transporte internacional en la Vía Navegable Troncal. La medida busca sostener la competitividad mientras se resuelve la transición hacia la nueva Agencia Nacional de Puertos y Navegación.

La Administración General de Puertos (AGP S.A.U.), actualmente en proceso de liquidación tras la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), resolvió prorrogar hasta el 31 de agosto de 2025 la bonificación de la tarifa de peaje en el tramo Santa Fe-Confluencia de la Vía Navegable Troncal. La decisión quedó formalizada en la Resolución 77/2025, publicada en el Boletín Oficial del 5 de septiembre, y mantiene las condiciones fijadas por la Resolución 13/24 de la ex AGP.

Un esquema tarifario en revisión constante

El régimen de peajes en la Vía Navegable Troncal ha sido motivo de controversia desde 2022, cuando el ex Ministerio de Transporte fijó una tarifa de USD 1,47 por tonelada de registro neto (TRN) para transporte internacional y $1,47 para cabotaje en el tramo Santa Fe-Confluencia.

La medida generó reclamos judiciales y presentaciones de entidades empresarias, que obligaron a suspender el cobro pleno y abrir instancias de diálogo. En 2023, la AGP creó la Mesa de Trabajo de la VNT – Sección Santa Fe al Norte, con participación del Comité Ejecutivo de la Vía Navegable Troncal, y redujo la tarifa mediante bonificaciones transitorias:

  • USD 0,80 por TRN entre febrero 2023 y agosto 2024.
  • USD 1,20 por TRN entre septiembre 2024 y febrero 2025.

Desde entonces, las prórrogas fueron sucesivas: Resolución 8/25 (marzo), Resolución 32/25 (mayo) y Resolución 54/25 (julio), siempre en el marco de la transición institucional hacia la ANPyN tras el DNU 3/2025, que disolvió la AGP S.A.U.

La decisión oficial y sus fundamentos

La Resolución 77/2025, firmada por el interventor de la AGP, Gastón Alejo Benvenuto, prorroga el beneficio “en las mismas condiciones originales” hasta el 31 de agosto de 2025, destacando que “persisten las circunstancias que justificaron las prórrogas previas”.

Entre los argumentos:

  • La compleja transición administrativa y técnica entre la AGP y la nueva ANPyN.
  • La imposibilidad de constituir aún la Mesa de Trabajo de Santa Fe al Norte, instancia clave para validar la razonabilidad de los valores tarifarios.
  • La necesidad de mantener previsibilidad para los operadores fluviales en un tramo sensible de la hidrovía, clave para la logística de granos, combustibles y bienes industriales hacia los puertos de exportación.

La medida contó con la intervención técnica y jurídica de la Dirección de Planificación y Control de Gestión, la Dirección de Administración y Finanzas, y la Gerencia General, sin observaciones

La prórroga mantiene un alivio parcial en los costos de navegación para las empresas del transporte fluvial internacional, particularmente barcazas paraguayas y bolivianas que trasladan soja, maíz, combustibles y minerales desde el norte de la hidrovía.

Desde el punto de vista fiscal, el esquema supone ingresos menores para el Estado en concepto de peajes, pero la decisión apunta a sostener la competitividad logística y evitar tensiones con países vecinos en un contexto de revisión integral del contrato de concesión de la Vía Navegable Troncal.

De cara al futuro, el desafío será:

  • Constituir la Mesa de Trabajo pendiente para revisar el cuadro tarifario.
  • Integrar la gestión de la ANPyN como autoridad de aplicación definitiva.
  • Coordinar con el sector privado y los países de la hidrovía un esquema estable y sustentable, que garantice el financiamiento de obras de dragado y señalización sin afectar la competitividad exportadora.

La resolución prorroga, pero no resuelve de fondo, el debate sobre cuánto debe costar navegar la hidrovía y quién debe financiar las obras.

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