Agencia Nacional de Puertos y Navegación

La Agencia de Puertos aprobó la Audiencia Pública de la Vía Navegable Troncal y avanzó hacia la nueva concesión

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El Gobierno aprobó el procedimiento de Audiencia Pública y el Informe Ambiental de la Vía Navegable Troncal, avance clave hacia la nueva concesión

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) aprobó el procedimiento de la Audiencia Pública realizada el 3 de noviembre y convalidó el Informe de Gestión y Evaluación Ambiental de la Vía Navegable Troncal, mediante la Resolución 59/2025. La medida fortalece el marco institucional previo al llamado a licitación para la modernización, operación y mantenimiento del sistema de señalización y dragado, un proceso estratégico para el comercio exterior y la continuidad operativa de la arteria fluvial más importante del país.

Un paso formal en la transición: qué aprobó la Resolución 59/2025 y por qué es decisivo

La Resolución RESOL-2025-59-APN-ANPYN#MEC, fechada el 28 de noviembre de 2025, aprueba el procedimiento de Audiencia Pública convocado originalmente por la Resolución 48/2025 (B.O. 3/10/25). Aquella instancia se efectuó como audiencia informativa, en los términos de los artículos 19, 20 y 21 de la Ley 25.675, con el fin de poner a disposición de la ciudadanía el Informe de Gestión y Evaluación Ambiental de la Vía Navegable Troncal (IF-2025-108078963-APN-GIPYVN#ANPYN).

Esa audiencia, realizada de manera virtual el 3 de noviembre de 2025, se implementó bajo las reglas del Decreto 1172/2003, que regula la participación ciudadana en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional. La Gerencia de Coordinación Técnica fue designada como Área de Implementación, según el artículo 6° de la Resolución 48/2025.

Posteriormente, el Área de Implementación publicó el informe correspondiente a la realización del procedimiento en el Boletín Oficial del 14 de noviembre de 2025 (IF-2025-129214748-APN-GCT#ANPYN) y elevó el Informe Final o de cierre (IF-2025-126399269-APN-GCT#ANPYN), que reúne y referencia todas las manifestaciones ciudadanas, incluidas aquellas sin contenido ambiental o de naturaleza ideológica o política.

La nueva resolución no constituye una declaración de impacto ambiental ni autoriza obras nuevas. Su finalidad es formalizar la instancia participativa previa, conforme al artículo 3° de la Ley 25.831 y al Acuerdo de Escazú (Ley 27.566). Que obligan al Estado a garantizar acceso a la información y participación efectiva en decisiones que puedan impactar en el ambiente.

La Vía Navegable Troncal como activo estratégico: obligaciones internacionales y continuidad operativa

El texto de la Resolución 59/2025 reafirma que la Vía Navegable Troncal constituye una obra pública de “singular magnitud”. Indispensable para la navegación interjurisdiccional e internacional, así como para el desarrollo del comercio exterior y el bienestar general.

Se enfatiza que el dragado es un “servicio público esencial” y que su ejecución regular resulta necesaria para mantener la navegabilidad. La seguridad náutica y la operatividad de los puertos vinculados al sistema.

En el marco del proceso de transición hacia una nueva concesión —que será otorgada al sector privado “a riesgo empresario y sin aval de Estado”—, la Agencia remarca que su criterio se concentró en garantizar la continuidad del servicio mientras fortalece el control ambiental y la mejora continua de la gestión.

El Informe de Gestión y Evaluación Ambiental presentado a la ciudadanía constituye el punto de partida para definir acciones futuras de prevención y mitigación de potenciales afectaciones ambientales. Además, la ANPYN anticipa que, ante mejoras o ampliaciones en la Vía Navegable Troncal, corresponderá desarrollar los procesos de evaluación de impacto ambiental asociados.

Finalmente, la resolución aclara que se desestiman las objeciones y “discrepancias subjetivas” contrarias a la política portuaria vigente. Definida por los Decretos 699/2024, 709/2024 y 3/2025, que guían los planes y programas de la Agencia.

Insumos para la futura licitación

El resultado de la Audiencia Pública y la aprobación del Informe Final se incorporarán al diseño de los pliegos de bases y condiciones para la licitación. Que adjudicará la operación y mantenimiento del sistema de señalización y dragado de la Vía Navegable Troncal.

El texto establece que los aportes ciudadanos serán considerados en función del alcance de la convocatoria. Mientras que aquellas intervenciones alejadas del objetivo ambiental quedan desestimadas.

La Resolución 59/2025 constituye, así, un paso obligatorio dentro del procedimiento administrativo previo al llamado licitatorio. Y consolida un esquema de gobernanza alineado con estándares internacionales de transparencia y participación pública.

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El Gobierno convoca a audiencia por la Vía Navegable Troncal, claves de la discusión ambiental

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Nación convoca a Audiencia Pública ambiental por la concesión de la Vía Navegable Troncal

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) oficializó, mediante la Resolución 48/2025 publicada el 2 de octubre en el Boletín Oficial, la convocatoria a Audiencia Pública virtual para el 3 de noviembre de 2025, en la que se debatirá el Informe de Gestión y Evaluación Ambiental previo al nuevo proceso licitatorio de la Vía Navegable Troncal, la principal ruta fluvial del comercio exterior argentino.

La medida se enmarca en la Ley 25.675 de Política Ambiental Nacional y en el Decreto 709/2024, que establecieron la obligatoriedad de instancias participativas antes de adjudicar concesiones de dragado, redragado, mantenimiento y señalización.


Transparencia y participación: un requisito constitucional

De acuerdo con la resolución firmada por el director ejecutivo de la ANPYN, Iñaki Miguel Arreseygor, el procedimiento busca garantizar la participación ciudadana no vinculante, pero de obligada consideración, en línea con el artículo 41 de la Constitución Nacional, que asegura el derecho a un ambiente sano y el deber estatal de preservarlo.

El Anexo III de la resolución establece que podrán inscribirse todas las personas físicas o jurídicas interesadas, con plazo entre el 17 y el 31 de octubre de 2025 a través del sitio oficial de la ANPYN. Los participantes deberán completar el Formulario de Inscripción (Anexo IV), indicando si lo hacen como particulares, representantes de personas físicas o jurídicas, y presentar un resumen de su exposición con posibilidad de adjuntar documentación en PDFanexo_7478439_3anexo_7478439_4.

La audiencia se desarrollará de manera remota desde las 9:00 horas del 3 de noviembre, lo que permitirá la participación federal de interesados en todo el país. Cada expositor dispondrá de un máximo de 5 minutos para intervenir, bajo un esquema que asegura la igualdad, la oralidad y la publicidad de los aportes.


Antecedentes y el peso estratégico de la Hidrovía

La Vía Navegable Troncal, que se extiende desde la confluencia del Paraná (km 1238) hasta la zona de aguas profundas del Río de la Plata (km 239,1 del canal Punta Indio), es considerada la “columna vertebral” del comercio exterior argentino, ya que por allí circula más del 80% de las exportaciones agroindustriales del país.

El proceso de licitación internacional para su concesión arrastra más de cuatro años de prórrogas. Tras la caducidad del contrato original en 2021, la operación quedó en manos transitorias de la Administración General de Puertos (AGP S.A.U.), organismo que fue disuelto en enero de 2025 por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 3/25, dando paso a la creación de la actual ANPYN.

El nuevo esquema licitatorio contempla régimen de concesión de obra pública por peaje o de servicio público mediante tarifas, modelo que deberá conciliar intereses entre el Estado, las concesionarias y los usuarios de la vía, bajo control ambiental estricto.


Repercusiones esperadas y próximos pasos

La convocatoria a audiencia pública abre un espacio institucional de debate que, aunque no vinculante, es condición indispensable para legitimar la licitación de una de las infraestructuras más sensibles para la competitividad de la Argentina y de las economías regionales.

Se prevé la participación de cámaras empresarias, sindicatos, universidades, especialistas ambientales y provincias ribereñas, que han reclamado mayor protagonismo en la toma de decisiones.

Finalizada la audiencia, la ANPYN deberá elaborar un informe de cierre dentro de los 10 días hábiles, y fundamentar en un plazo máximo de 30 días cómo se incorporaron —o por qué se descartaron— las propuestas presentadas.

La resolución también designa como presidente de la audiencia al Ing. Ariel Cherubini, con Marcelo Peyregne y Pablo Kanovich como instructores.

De este modo, la agenda sobre la Hidrovía entra en una fase decisiva: sin la audiencia pública ambiental no podrá avanzarse en el nuevo llamado licitatorio internacional, que definirá el futuro de la gestión de la principal arteria fluvial del país.

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Hidrovía: el Gobierno extiende el beneficio tarifario en la Vía Navegable Troncal

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La AGP extendió el beneficio tarifario para el transporte internacional en la Vía Navegable Troncal. La medida busca sostener la competitividad mientras se resuelve la transición hacia la nueva Agencia Nacional de Puertos y Navegación.

La Administración General de Puertos (AGP S.A.U.), actualmente en proceso de liquidación tras la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), resolvió prorrogar hasta el 31 de agosto de 2025 la bonificación de la tarifa de peaje en el tramo Santa Fe-Confluencia de la Vía Navegable Troncal. La decisión quedó formalizada en la Resolución 77/2025, publicada en el Boletín Oficial del 5 de septiembre, y mantiene las condiciones fijadas por la Resolución 13/24 de la ex AGP.

Un esquema tarifario en revisión constante

El régimen de peajes en la Vía Navegable Troncal ha sido motivo de controversia desde 2022, cuando el ex Ministerio de Transporte fijó una tarifa de USD 1,47 por tonelada de registro neto (TRN) para transporte internacional y $1,47 para cabotaje en el tramo Santa Fe-Confluencia.

La medida generó reclamos judiciales y presentaciones de entidades empresarias, que obligaron a suspender el cobro pleno y abrir instancias de diálogo. En 2023, la AGP creó la Mesa de Trabajo de la VNT – Sección Santa Fe al Norte, con participación del Comité Ejecutivo de la Vía Navegable Troncal, y redujo la tarifa mediante bonificaciones transitorias:

  • USD 0,80 por TRN entre febrero 2023 y agosto 2024.
  • USD 1,20 por TRN entre septiembre 2024 y febrero 2025.

Desde entonces, las prórrogas fueron sucesivas: Resolución 8/25 (marzo), Resolución 32/25 (mayo) y Resolución 54/25 (julio), siempre en el marco de la transición institucional hacia la ANPyN tras el DNU 3/2025, que disolvió la AGP S.A.U.

La decisión oficial y sus fundamentos

La Resolución 77/2025, firmada por el interventor de la AGP, Gastón Alejo Benvenuto, prorroga el beneficio “en las mismas condiciones originales” hasta el 31 de agosto de 2025, destacando que “persisten las circunstancias que justificaron las prórrogas previas”.

Entre los argumentos:

  • La compleja transición administrativa y técnica entre la AGP y la nueva ANPyN.
  • La imposibilidad de constituir aún la Mesa de Trabajo de Santa Fe al Norte, instancia clave para validar la razonabilidad de los valores tarifarios.
  • La necesidad de mantener previsibilidad para los operadores fluviales en un tramo sensible de la hidrovía, clave para la logística de granos, combustibles y bienes industriales hacia los puertos de exportación.

La medida contó con la intervención técnica y jurídica de la Dirección de Planificación y Control de Gestión, la Dirección de Administración y Finanzas, y la Gerencia General, sin observaciones

La prórroga mantiene un alivio parcial en los costos de navegación para las empresas del transporte fluvial internacional, particularmente barcazas paraguayas y bolivianas que trasladan soja, maíz, combustibles y minerales desde el norte de la hidrovía.

Desde el punto de vista fiscal, el esquema supone ingresos menores para el Estado en concepto de peajes, pero la decisión apunta a sostener la competitividad logística y evitar tensiones con países vecinos en un contexto de revisión integral del contrato de concesión de la Vía Navegable Troncal.

De cara al futuro, el desafío será:

  • Constituir la Mesa de Trabajo pendiente para revisar el cuadro tarifario.
  • Integrar la gestión de la ANPyN como autoridad de aplicación definitiva.
  • Coordinar con el sector privado y los países de la hidrovía un esquema estable y sustentable, que garantice el financiamiento de obras de dragado y señalización sin afectar la competitividad exportadora.

La resolución prorroga, pero no resuelve de fondo, el debate sobre cuánto debe costar navegar la hidrovía y quién debe financiar las obras.

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Milei avanza con incentivos en el Canal Martín García en plena transición de la hidrovía

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación dispuso una rebaja transitoria de 60 días en las tarifas de la Vía Navegable Troncal. La medida busca potenciar el tráfico fluvial y facilitar la transición del nuevo esquema concesionado de dragado y señalización.

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), creada por DNU en enero de este año como autoridad autárquica en reemplazo de la Administración General de Puertos, dispuso a través de la Resolución 40/2025 una bonificación del peaje en el Canal Martín García para todos los buques que utilicen el trayecto entre las secciones 1.1 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida, publicada en el Boletín Oficial del 5 de septiembre de 2025, tendrá vigencia por 60 días corridos y apunta a estimular el tránsito fluvial en el Río de la Plata, favorecer el comercio bilateral y regional y acompañar el reordenamiento del sistema de navegación.

La disposición se enmarca en un proceso de reordenamiento institucional y contractual que arrastra varios años de debate en torno a la hidrovía Paraná-Paraguay, clave para el comercio exterior argentino y regional.

  • En 2021, el Estado había otorgado a la Administración General de Puertos (AGP SE) la concesión del dragado, balizamiento y control hidrológico.
  • En 2024, por Decreto 699, estas actividades fueron declaradas servicio público y se delegó a la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la organización de la nueva licitación internacional para la modernización y ampliación de la traza.
  • Finalmente, en enero de 2025, el DNU 3/2025 creó la ANPyN como ente autárquico, disolvió la AGP S.A.U. y centralizó en la nueva agencia todas las competencias de autoridad de aplicación y control.

La resolución firmada por el director ejecutivo de la ANPyN, Iñaki Miguel Arreseygor, se justifica en la necesidad de ordenar el tráfico en el Río de la Plata y analizar alternativas viables de mantenimiento mientras avanza el proceso de adjudicación definitiva de la concesión de la vía navegable troncal.

Alcance técnico de la medida

El artículo 1 de la resolución establece que:

  • La bonificación regirá para todos los buques que hagan uso del Canal Martín García, en ambos sentidos, dentro del trayecto comprendido en el contrato de concesión suscripto en 2021 y revisado en 2024.
  • La medida se aplicará durante 60 días corridos desde la entrada en vigencia (día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial).
  • Se trata de una rebaja focalizada en un tramo estratégico que compite con el Canal Emilio Mitre como ruta principal de ingreso y salida hacia el Atlántico.

El objetivo, según los considerandos, es “potenciar el flujo de buques y estimular el desarrollo del comercio bilateral y regional”, favoreciendo a armadores y operadores que elijan esta ruta en el marco de los ajustes provisorios en la red troncal.

La medida tiene efectos directos sobre la competitividad logística del comercio exterior argentino y regional, en un contexto donde el costo del dragado y señalización de la hidrovía es un factor central para exportadores de granos, combustibles y manufacturas.

El Canal Martín García, administrado en forma binacional por Argentina y Uruguay, es una alternativa estratégica al Mitre, pero requiere incentivos para captar mayor volumen de tránsito. La bonificación temporaria busca precisamente inclinar la balanza hacia un mayor uso de esa vía.

En lo político, la decisión refuerza el rol de la ANPyN como continuadora de la AGP, consolidando el esquema de transición mientras se definen los términos de la próxima licitación internacional. La disposición también exhibe el interés del Gobierno en mantener regularidad y continuidad en un servicio considerado crítico para la macroeconomía.

Sin embargo, desde el sector privado persiste la expectativa sobre el futuro régimen de tarifas y peajes, así como la capacidad del Estado de garantizar un esquema de financiamiento eficiente para las obras de dragado a largo plazo.

En el corto plazo, la bonificación funcionará como un incentivo coyuntural que permitirá medir la respuesta del mercado y ajustar el flujo de tráfico en el Río de la Plata.

A mediano plazo, el desafío pasa por:

  • Definir los adjudicatarios de la licitación internacional para la Vía Navegable Troncal.
  • Establecer un régimen tarifario transparente y sustentable que financie las obras sin afectar la competitividad exportadora.
  • Coordinar la administración con Uruguay en el marco de la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP), dado el carácter binacional del Canal Martín García.

La resolución marca así un punto de transición en la política portuaria y de navegación interior, con impacto económico, institucional y diplomático.

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