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Glaciares en debate: críticas técnicas y constitucionales a la reforma que el Senado tratará en febrero

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El proyecto del Poder Ejecutivo que modifica la Ley 26.639 de presupuestos mínimos para la protección de glaciares y del ambiente periglacial obtuvo dictamen en el Senado tras un trámite acelerado, pero enfrenta un rechazo contundente de especialistas, organizaciones ambientales y referentes científicos, que advierten sobre un debilitamiento estructural del régimen de protección ambiental, riesgos para la seguridad hídrica y mayor incertidumbre jurídica. La iniciativa será tratada en el recinto el próximo 10 de febrero.

El debate se desarrolló en una reunión conjunta de las comisiones de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de Minería, Energía y Combustibles del Senado de la Nación, realizada en el Salón Arturo Illia del Palacio Legislativo. En apenas dos días, el oficialismo logró dictaminar el proyecto pese a las objeciones técnicas, constitucionales y ambientales planteadas durante las exposiciones. El tratamiento parlamentario, inicialmente previsto para el 26 de diciembre, fue finalmente postergado para febrero.

Cambios estructurales y cuestionamientos constitucionales

Durante el encuentro, los expositores coincidieron en que la reforma propuesta introduce modificaciones de fondo a la Ley 26.639, sancionada hace 15 años, al alterar el esquema de presupuestos mínimos de protección ambiental previsto en la Constitución Nacional. Según advirtieron, la iniciativa reduce el alcance del régimen nacional y fragmenta los criterios de protección de bienes comunes estratégicos como el agua.

Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), sostuvo que el proyecto “reduce el área de protección glaciar —que actualmente alcanza apenas el 0,21% del territorio nacional— con el objetivo de habilitar proyectos de megaminería de alta montaña hoy expresamente prohibidos”. Además, remarcó que la iniciativa transfiere a las provincias la facultad de definir qué glaciares deben ser protegidos, lo que “desmantela el esquema de protección ambiental uniforme y común para todo el país”.

En la misma línea, Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, afirmó que la reforma “tira por la borda la arquitectura constitucional de las leyes de presupuestos mínimos” y alertó sobre el precedente que podría sentar para otras normas ambientales vigentes. “¿Qué va a pasar después? ¿Vienen por los bosques, por los ríos, por la Ley General del Ambiente?”, planteó.

Ciencia, crisis climática y falta de participación

Desde el ámbito científico, las críticas se centraron en la ausencia de consultas previas y en la celeridad del tratamiento legislativo. Manuel Jaramillo, director ejecutivo de Fundación Vida Silvestre Argentina, calificó como “inadmisible” que el proyecto no haya sido consultado con el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), organismo de referencia establecido por la propia ley vigente para la elaboración del Inventario Nacional de Glaciares.

Pablo E. Villagra, director del IANIGLA, recordó que el Inventario Nacional de Glaciares fue concluido en 2018, recibió reconocimiento de la comunidad glaciológica internacional y no presenta errores significativos, además de encontrarse actualmente en proceso de actualización.

Agostina Rossi, de Greenpeace Argentina, advirtió que “cuando el riesgo aumenta, las normas se fortalecen, no se debilitan”, y sostuvo que la distinción entre glaciares “útiles” y “no útiles” carece de sustento científico. “Los glaciares y el ambiente periglacial no son obstáculos: son aliados para enfrentar la crisis climática”, afirmó.

Las organizaciones también cuestionaron la escasa participación pública y el carácter exprés del proceso legislativo, señalando que la iniciativa no replica el nivel de debate y consenso que acompañó la sanción original de la ley.

Minería, inversiones y licencia social

Desde el sector empresario minero, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) y la Cámara Argentina de Proveedores Mineros (CAPMIN) plantearon que la ley vigente presenta imperfecciones que generan incertidumbre normativa y que la reforma busca adecuar el marco regulatorio del sector. Alfredo Vitaller, por CAEM, sostuvo que acompañan la protección de los glaciares “en tanto cumplan su función como reserva de agua”.

Sin embargo, desde las organizaciones ambientales y científicas se advirtió que la reforma no generará mayor seguridad jurídica ni atraerá inversiones de largo plazo. Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, afirmó que “las empresas serias buscan certidumbres y estándares ambientales altos” y que “los flujos de inversión más importantes van a los países con mayor protección ambiental”. En ese sentido, remarcó que flexibilizar la ley “profundizará la incertidumbre normativa y debilitará la licencia social para operar”.

Durante la jornada también expusieron los gobernadores de San Juan y Catamarca, quienes defendieron la necesidad de compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo minero. El gobernador de Catamarca destacó que la actividad genera cerca de 3.000 empleos directos y un efecto multiplicador de aproximadamente 5.000 puestos adicionales, subrayando su impacto en la economía local y en la diversificación productiva.

Un debate abierto con impacto institucional

Con dictamen favorable, el proyecto será tratado en el recinto del Senado el próximo 10 de febrero, tras un nuevo llamado a sesiones extraordinarias. Las organizaciones ambientales, científicas y sociales reiteraron su pedido para que no se avance con una reforma que, según sostienen, reduce los niveles de protección ambiental, vulnera la Constitución Nacional y pone en riesgo la seguridad hídrica en un contexto de crisis climática.

“La Ley de Glaciares es clara, constitucional y vigente: debe cumplirse, no vaciarse”, enfatizaron los expositores, al tiempo que reclamaron un debate más amplio, con base científica y participación efectiva, antes de modificar uno de los pilares del régimen ambiental argentino.

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Glaciares, minería y federalismo, los cambios clave que impulsa el Gobierno en la ley ambiental

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El Gobierno nacional avanza con un proyecto de adecuación de la Ley de Glaciares N° 26.639 que redefine el alcance del ambiente periglacial, introduce criterios técnicos más precisos y refuerza las competencias provinciales en materia ambiental. La iniciativa, a la que accedió Energy Report, propone un giro regulatorio de alto impacto económico e institucional: pasar de un esquema de prohibiciones amplias y definiciones imprecisas a un régimen basado en evaluaciones ambientales rigurosas, seguridad jurídica y federalismo ambiental, con especial incidencia en proyectos mineros y energéticos en la cordillera.

Un cambio de enfoque en la protección ambiental y el federalismo

El proyecto de adecuación de la Ley de Glaciares, aún en etapa de discusión y previo a su ingreso al Congreso, busca ordenar el marco regulatorio vigente sin alterar el carácter de los glaciares como bienes públicos ni su función estratégica como reservas hídricas. La propuesta se apoya en el principio de utilización racional de los recursos naturales consagrado en la Constitución Nacional y explicita la necesidad de compatibilizar la preservación ambiental con el desarrollo productivo.

Según el texto, el nuevo objeto de la ley mantiene la protección de glaciares y del ambiente periglacial, pero aclara que dicha protección debe interpretarse de manera armónica con el artículo 41 de la Constitución Nacional y con el dominio originario de las provincias sobre los recursos naturales establecido en el artículo 124. De este modo, se introduce un criterio de equilibrio entre preservación y uso racional, atendiendo a las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.

El proyecto, calificado como “confidencial” y que será remitido al Congreso por el Poder Ejecutivo conforme al Decreto 865/25 del presidente Javier Milei, cuenta con consenso político para su envío, aunque fuentes oficiales no descartan ajustes menores antes de su tratamiento parlamentario. Por la intensidad de la agenda legislativa prevista entre el 10 y el 30 de diciembre, el debate podría postergarse hasta febrero.

Inventario de Glaciares, principio precautorio y evaluaciones ambientales

Uno de los ejes centrales de la adecuación es la redefinición del Inventario Nacional de Glaciares. La nueva redacción limita su alcance a glaciares y geoformas periglaciales que cumplan funciones hídricas estratégicas, ya sea como reservas de agua o como proveedores para la recarga de cuencas hidrográficas. El inventario se mantiene como herramienta de consulta obligatoria, pero sin menoscabar las atribuciones de las autoridades competentes, un punto clave para la gestión provincial.

El proyecto incorpora además el artículo 3° bis, que introduce expresamente el principio precautorio. En ese marco, todas las geoformas incluidas en el inventario se consideran protegidas hasta que la autoridad ambiental competente verifique que no cumplen funciones hídricas. Una vez constatada la inexistencia de dichas funciones, esas geoformas dejan de estar alcanzadas por la Ley de Glaciares, aunque continúan bajo el amparo general de la Ley General del Ambiente. Esta disposición apunta a corregir uno de los principales cuestionamientos a la normativa vigente: la protección automática y permanente de geoformas sin función hídrica comprobada.

En cuanto a la actualización del inventario, el artículo 5° mantiene al IANIGLA como organismo responsable del relevamiento y monitoreo, pero refuerza el rol de las provincias, que podrán informar la existencia de nuevos glaciares o la pérdida de funciones hídricas de aquellos ya inventariados. Un punto de alto impacto jurídico establece que la omisión del IANIGLA en actualizar el inventario no invalida las autorizaciones otorgadas por la autoridad ambiental provincial competente, despejando una de las mayores fuentes de inseguridad jurídica del régimen actual.

Prohibiciones, competencias y respaldo político de las provincias

El artículo 6° conserva la prohibición de actividades que alteren de modo relevante la condición natural o las funciones de glaciares y ambientes periglaciales con función hídrica comprobada. Continúan expresamente vedadas actividades como la minería y los hidrocarburos en esos casos, pero la novedad es que la determinación de qué constituye una “alteración relevante” queda sujeta a la evaluación de impacto ambiental realizada por la autoridad competente de cada jurisdicción, reemplazando la prohibición genérica por un análisis técnico caso por caso.

El artículo 7° refuerza este enfoque al exigir evaluación de impacto ambiental previa para todas las actividades proyectadas y, cuando corresponda, evaluación ambiental estratégica, además de consolidar la participación ciudadana conforme a la Ley General del Ambiente. Se mantienen las excepciones para actividades científicas, deportivas no motorizadas y acciones de emergencia.

Finalmente, el artículo 8° redefine el esquema de autoridades competentes: cada jurisdicción determinará su autoridad ambiental y, en áreas protegidas nacionales, intervendrá la Administración de Parques Nacionales. Se asigna expresamente a las provincias la identificación de los glaciares y ambientes periglaciales que cumplen funciones hídricas, reforzando el federalismo ambiental.

El proyecto cuenta con respaldo político de gobernadores de provincias cordilleranas, que enviaron una carta al presidente Javier Milei en nombre de la Mesa del Litio (Jujuy, Salta y Catamarca) y la Mesa del Cobre (Jujuy, Salta, Catamarca, Mendoza y San Juan). En la misiva, firmada por los gobernadores de San Juan, Marcelo Orrego, y de Catamarca, Raúl Jalil, advierten que la aplicación actual de la ley generó incertidumbre regulatoria, paralización de inversiones y conflictos de competencia. “Termina por obstaculizar su finalidad última: promover el desarrollo sostenible de nuestras provincias y de la Nación, sin comprometer a las generaciones futuras”, señalaron.

En conjunto, la adecuación de la Ley de Glaciares propone un cambio de paradigma regulatorio. El debate en el Congreso será determinante para definir si la Argentina logra compatibilizar protección ambiental efectiva, respeto por las autonomías provinciales y desarrollo productivo en una de las normas más sensibles del entramado regulatorio nacional.

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