Canal Martín García

La ANPyN extendió el descuento del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, en el tramo comprendido entre las Secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida, formalizada por la Resolución 6/2026, rige desde el 3 de febrero de 2026 y por 40 días corridos, y busca preservar las condiciones de navegabilidad y ordenar el tráfico en un corredor estratégico para el comercio exterior argentino.

Marco normativo y continuidad de la política de bonificaciones

La resolución se inscribe en una secuencia regulatoria iniciada con los Decretos 427/2021, 699/2024 y 709/2024, que definieron el esquema de concesión, declararon servicio público a las actividades de dragado, balizamiento y control hidrológico, y habilitaron el llamado a licitación bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje y/o servicio público conforme a la Ley 17.520.

Posteriormente, el DNU 3/2025 creó la ANPyN como ente autárquico, con personería jurídica y capacidad para actuar en el derecho público y privado, y la estableció como continuadora jurídica de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. En ese marco, la Agencia asumió las facultades de Autoridad de Aplicación y Control del contrato de modernización, ampliación, operación y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal, que se extiende desde el kilómetro 1238 del río Paraná (Confluencia) hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, incluyendo el Canal Ingeniero Emilio Mitre y los tramos Paraná de las Palmas, Bravo, Guazú, Talavera y Paraná–Océano Atlántico.

La bonificación ahora prorrogada da continuidad a las establecidas por las Resoluciones 56/2025 y 65/2025, y a su renovación por Resolución 1/2026, que habían fijado el mismo descuento por plazos acotados. El vencimiento de ese esquema y la evaluación de resultados motivaron la nueva extensión temporal.

Alcance operativo y objetivos de la medida

La bonificación del 16,7% se aplica en ambos sentidos del tramo Sección 0.0 a Sección 1.2 del contrato vigente, exclusivamente para buques que utilicen el Canal Martín García. Según los considerandos, el objetivo central es mantener las condiciones de navegabilidad y optimizar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata, en un contexto de reordenamiento de las actividades de mantenimiento y control hidrológico.

Desde el punto de vista institucional, la medida reafirma el rol de la ANPyN como autoridad técnica y regulatoria, al tiempo que articula con la Administración General de Puertos S.A.U. (en liquidación), que tomó intervención en el proceso. La decisión se adoptó con la intervención del servicio jurídico permanente, y se dictó en ejercicio de las facultades conferidas por el DNU 3/2025.

Impacto y proyección

En términos económicos, la prórroga del descuento reduce costos operativos para los buques que transitan el canal bonificado, con impacto directo en la competitividad logística del sistema fluvial y marítimo. Al tratarse de un corredor clave para la salida de cargas, la medida puede mejorar la previsibilidad de costos en el corto plazo y evitar desvíos de tráfico hacia rutas alternativas más onerosas.

La naturaleza temporal —40 días corridos desde el 3 de febrero de 2026— deja abierta la evaluación de nuevas prórrogas o ajustes en función de los resultados operativos y del avance del proceso licitatorio y de transición del contrato de concesión. En ese sentido, el esquema de bonificaciones aparece como una herramienta de gestión transitoria, alineada con el objetivo de regularidad, continuidad y eficiencia del servicio público de la Vía Navegable Troncal.

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La ANPyN extiende la rebaja del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, aplicable al tramo comprendido entre las secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida fue formalizada mediante la Resolución 1/2026, publicada el 8 de enero de 2026, con efecto retroactivo al 4 de enero y una vigencia de 30 días corridos, en continuidad con las rebajas ya otorgadas en noviembre y diciembre de 2025. El objetivo es sostener las condiciones de navegabilidad, ordenar el tráfico y acompañar el proceso de reorganización institucional del sistema portuario y de vías navegables.

Continuidad operativa en la Vía Navegable Troncal

La decisión se inscribe en un esquema de administración transitoria de la Vía Navegable Troncal, cuya concesión para el mantenimiento del sistema de señalización, dragado, redragado y control hidrológico fue otorgada en 2021 a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado por el Decreto 427/2021. Posteriormente, el Decreto 699/2024 declaró servicio público a las actividades vinculadas al dragado, balizamiento y señalización de las vías navegables de jurisdicción nacional.

En agosto de 2024, el Decreto 709/2024 delegó en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la facultad de llamar y adjudicar la licitación pública nacional e internacional para la modernización y operación del sistema, bajo el régimen de concesión previsto en la Ley 17.520. En ese marco, se dispuso una revisión integral del contrato de concesión firmado el 2 de septiembre de 2021, aprobada luego por las Disposiciones 24 y 28 de octubre de 2024.

Con la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación mediante el DNU 3/2025, el Estado reordenó el esquema institucional: la ANPyN pasó a ser la continuadora jurídica de la ex Subsecretaría y asumió las funciones de autoridad de aplicación y control del contrato de la Vía Navegable Troncal, mientras se dispuso la disolución y liquidación de la AGP S.A.U.

La bonificación del Canal Martín García: alcance y fundamentos

En ese contexto operativo y regulatorio, la ANPyN había resuelto en noviembre de 2025 una bonificación temporaria del 16,7% en el peaje del Canal Martín García, por 30 días desde el 5 de noviembre, medida que fue renovada en diciembre por un período idéntico. La Resolución 1/2026 extiende nuevamente el beneficio, con carácter retroactivo desde el 4 de enero de 2026, y por 30 días corridos desde su entrada en vigencia.

El descuento aplica en ambos sentidos del trayecto comprendido entre las secciones 0.0 a 1.2 del contrato de concesión y alcanza a todos los buques que utilicen el Canal Martín García. La decisión apunta a mantener la competitividad del corredor, facilitar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata y acompañar las tareas de mantenimiento de la navegabilidad en un período de transición institucional.

Impacto económico

La reiteración de la bonificación tiene efectos directos sobre los costos logísticos de los usuarios del sistema fluvial, en un corredor clave para el comercio exterior y el transporte regional. En términos institucionales, la medida refuerza el rol de la ANPyN como autoridad rectora del sistema, al tiempo que garantiza continuidad operativa mientras avanzan los procesos licitatorios y de reorganización previstos por los decretos vigentes.

En el corto plazo, el esquema de rebajas temporarias sugiere una estrategia de gestión activa del peaje para sostener el flujo de tránsito y evitar distorsiones en la elección de rutas. Hacia adelante, el impacto dependerá de la definición del nuevo contrato de concesión y de las condiciones económicas que establezca la futura licitación para la Vía Navegable Troncal.

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Milei avanza con incentivos en el Canal Martín García en plena transición de la hidrovía

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación dispuso una rebaja transitoria de 60 días en las tarifas de la Vía Navegable Troncal. La medida busca potenciar el tráfico fluvial y facilitar la transición del nuevo esquema concesionado de dragado y señalización.

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), creada por DNU en enero de este año como autoridad autárquica en reemplazo de la Administración General de Puertos, dispuso a través de la Resolución 40/2025 una bonificación del peaje en el Canal Martín García para todos los buques que utilicen el trayecto entre las secciones 1.1 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida, publicada en el Boletín Oficial del 5 de septiembre de 2025, tendrá vigencia por 60 días corridos y apunta a estimular el tránsito fluvial en el Río de la Plata, favorecer el comercio bilateral y regional y acompañar el reordenamiento del sistema de navegación.

La disposición se enmarca en un proceso de reordenamiento institucional y contractual que arrastra varios años de debate en torno a la hidrovía Paraná-Paraguay, clave para el comercio exterior argentino y regional.

  • En 2021, el Estado había otorgado a la Administración General de Puertos (AGP SE) la concesión del dragado, balizamiento y control hidrológico.
  • En 2024, por Decreto 699, estas actividades fueron declaradas servicio público y se delegó a la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la organización de la nueva licitación internacional para la modernización y ampliación de la traza.
  • Finalmente, en enero de 2025, el DNU 3/2025 creó la ANPyN como ente autárquico, disolvió la AGP S.A.U. y centralizó en la nueva agencia todas las competencias de autoridad de aplicación y control.

La resolución firmada por el director ejecutivo de la ANPyN, Iñaki Miguel Arreseygor, se justifica en la necesidad de ordenar el tráfico en el Río de la Plata y analizar alternativas viables de mantenimiento mientras avanza el proceso de adjudicación definitiva de la concesión de la vía navegable troncal.

Alcance técnico de la medida

El artículo 1 de la resolución establece que:

  • La bonificación regirá para todos los buques que hagan uso del Canal Martín García, en ambos sentidos, dentro del trayecto comprendido en el contrato de concesión suscripto en 2021 y revisado en 2024.
  • La medida se aplicará durante 60 días corridos desde la entrada en vigencia (día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial).
  • Se trata de una rebaja focalizada en un tramo estratégico que compite con el Canal Emilio Mitre como ruta principal de ingreso y salida hacia el Atlántico.

El objetivo, según los considerandos, es “potenciar el flujo de buques y estimular el desarrollo del comercio bilateral y regional”, favoreciendo a armadores y operadores que elijan esta ruta en el marco de los ajustes provisorios en la red troncal.

La medida tiene efectos directos sobre la competitividad logística del comercio exterior argentino y regional, en un contexto donde el costo del dragado y señalización de la hidrovía es un factor central para exportadores de granos, combustibles y manufacturas.

El Canal Martín García, administrado en forma binacional por Argentina y Uruguay, es una alternativa estratégica al Mitre, pero requiere incentivos para captar mayor volumen de tránsito. La bonificación temporaria busca precisamente inclinar la balanza hacia un mayor uso de esa vía.

En lo político, la decisión refuerza el rol de la ANPyN como continuadora de la AGP, consolidando el esquema de transición mientras se definen los términos de la próxima licitación internacional. La disposición también exhibe el interés del Gobierno en mantener regularidad y continuidad en un servicio considerado crítico para la macroeconomía.

Sin embargo, desde el sector privado persiste la expectativa sobre el futuro régimen de tarifas y peajes, así como la capacidad del Estado de garantizar un esquema de financiamiento eficiente para las obras de dragado a largo plazo.

En el corto plazo, la bonificación funcionará como un incentivo coyuntural que permitirá medir la respuesta del mercado y ajustar el flujo de tráfico en el Río de la Plata.

A mediano plazo, el desafío pasa por:

  • Definir los adjudicatarios de la licitación internacional para la Vía Navegable Troncal.
  • Establecer un régimen tarifario transparente y sustentable que financie las obras sin afectar la competitividad exportadora.
  • Coordinar la administración con Uruguay en el marco de la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP), dado el carácter binacional del Canal Martín García.

La resolución marca así un punto de transición en la política portuaria y de navegación interior, con impacto económico, institucional y diplomático.

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