CAVALIERI

Tras el complemento de la paritaria mercantil, el aumento será del 45%

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Paritarias: comercio cerró un aumento del 20% que totaliza un 45% anual. El sindicato que conduce Armando Cavalieri acordó un 7% en enero, 7% en febrero y 6% en marzo.
En el día de ayer se firmó la reapertura de la paritaria de Comercio con un incremento complementario del 20% en total. Respecto al bono, será sujeto de tratamiento diferenciado para las Pymes, según la situación financiera que atraviesen.
Se estableció que dicho aumento deberá calcularse, sobre las escalas vigentes de las remuneraciones básicas del CCT Nº 130/75, en los valores expresados para el mes de marzo de 2018.
Dicho incremento se abonará, no acumulativamente y será proporcional a la jornada que cumplan los trabajadores del CCT 130/75, de la siguiente manera:
a) Un 7% del total, a partir del mes de enero de 2019
b) Un 7% del total, a partir del mes de febrero de 2019
c) Un 6% del total, a partir del mes de marzo de 2019
También aplicará este incremento, en virtud de lo establecido en el art. 28 del CCT 130/75, sobre los adicionales previstos en los art 23, 30 y 36 del referido convenio (vidrieristas, cajeros y choferes).
El adicional especial cajera previsto en el art. 18 del Acuerdo Colectivo de fecha 22/06/2011, se pactó en $13.140,37 a partir del mes de enero 2019, en $14.406,37, a partir de febrero 2019 y en $15.094,00 a partir de marzo 2019.
Con relación a la asignación no remunerativa (“bono”) prevista en el art. 1 del Decreto Nº 1043/18 solo se acordó mantenerle el antedicho carácter.

El presidente de CAME, Gerardo Díaz Beltrán y el secretario general, José Bereciartúa, el titular de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Afines (FAECYS), Armando Cavalieri; el presidente de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), Jorge Di Fiori y el Secretario, Mario Grinman.

Por ello como no se pactó “expresamente su no absorción” –sic– (art. 4 final del 1º párr.) el bono puede ser compensado unilateralmente por los empleadores.
Lo expuesto en virtud del tercer párrafo, del antes referido artículo 4º, que seguidamente se transcribe:
Consecuentemente mantiene su vigencia el 3 párr. del citado artículo 4º en cuanto establece: “Los empleadores que hubiesen otorgado unilateralmente otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1º de enero de 2018, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total de la asignación establecida en el artículo 1º del presente”. –sic– (art. 4, 3º párr.).
Se pactó también por el art. 6º del acuerdo paritario que: “El presente acuerdo salarial será objeto (…) de un tratamiento diferenciado para aquellas empresas, que en virtud de la situación por la cual atraviesan, inicien procedimientos de crisis antes del 1 de abril de 2019 o se encuentren ya incursas en el mismo, se les dará un tratamiento especial –en el marco del procedimiento– concertando el mismo con la organización gremial que intervenga”.
En esta forma podrá negociarse en cualquier sentido –pero siempre en el marco del procedimiento de crisis– no solo el incremento salarial del 20% sino también la asignación no remunerativa del decreto Nº 1043/2018.
Las partes asumieron el compromiso de conformar una comisión especial para tratar los temas relacionados de la provincia de Tierra del Fuego.
Las partes solicitaron la homologación y acordaron que en caso de estar esta pendiente y se produzca el vencimiento de los plazos para el pago de los incrementos pactados, estos se abonen con la mención de “pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo Noviembre 2018”.
Cabe destacar además, que hubo una cláusula especial para la provincia de Tierra del Fuego, a pedido de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), para evaluar los adicionales locales correspondientes.
La paritaria mercantil es la más grande del sector privado, alcanzando a más de un 1.200.000 empleados.

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Triunfo de Cavalieri: la Justicia convalidó las elecciones de empleados de Comercio

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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictaminó que la oposición avaló los comicios y dejó sin efecto la denuncia por irregularidades previas
La Justicia laboral confirmó este martes la validez del proceso electoral en el sindicato de Comercio porteño que concluyó con la reelección de Armando Cavalieri por el 50% de los votos.
Así se desprende del fallo de la sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que dejó sin efecto la medida cautelar impulsada por el afiliado Germán Torre que había denunciado irregularidades antes de los comicios realizados el pasado 28 de septiembre, en las que fue derrotado el rival Ramón Muerza.
En la sentencia a la que accedió iProfesional, el tribunal consideró que la participación del candidato opositor convalidó el procedimiento electoral que él mismo había cuestionado, por lo que desestimó la apelación que la propia Cámara había ratificado previamente. De ese modo, Cavalieri sorteó una de las denuncias que amenazaban con complicar su reelección, que suscitó acusaciones cruzadas de maniobras e intimidaciones.
El conflicto se originó por la realización de una asamblea el 11 de julio pasado en la que se designó a la junta electoral sin citar debidamente a los miembros de la oposición. Pese a que la sala VIII confirmó un día antes de las elecciones una sentencia de primera instancia del 20 de septiembre que dispuso la nulidad de la asamblea y declaró su “invalidez”, Cavalieri realizó igualmente las elecciones que lo consagraron victorioso por 10.942 votos frente a los 10.590 de Muerza, según el escrutinio definitivo.
Días después del escrutinio, Muerza impugnó los resultados por presuntas irregularidades y realizó una denuncia penal contra la secretaría de Trabajo, a cargo de Jorge Triaca, por autorizar unos comicios que habían sido cuestionados por la Justicia laboral. Mientras que Torre pidió invalidar las elecciones por “desobediencia” de la conducción gremial al no acatar dicho fallo.
Pero Cavalieri advirtió que su rival avaló las elecciones al participar de ellas con sus 540 fiscales, lo que ahora fue confirmado por el tribunal. “La participación del señor Muerza en el comicio del 28 de septiembre implicó, tanto de su parte como de la lista que integró, el sometimiento al régimen electoral del gremio, que se encuentra contemplado a partir del artículo 112 de los estatutos, incluyendo el reconocimiento de la Junta Electoral, la oficialización de las listas y demás actos que ellos prevén”, afirma la nueva sentencia.
La cámara laboral señaló que “el señor Ramón Muerza obtuvo una medida cautelar y no obstante ello, aceptó ser parte del proceso electoral, oficializó su lista (por ello, es intrascendente lo manifestado en una de sus presentaciones, acerca de que sus accionares diferente a la de los apoderados de la misma) y participó del acto comicial donde obtuvo, se reitera, un gran caudal de votos”.
“En consecuencia, -asegura el fallo- no se alcanza a comprender cuál sería el sentido demantener una medida cautelar, cuya observancia llevaría a realizar una nueva reunión de Comisión Directiva, con la citación del señor Muerza, para llamar a Asamblea Extraordinaria, que a su vez debería convocar a elecciones, cuando el principal afectado, al oficializar su lista y participar como candidato, vino a sanear el procedimiento que él mismo cuestionara”.
El dictamen indica que “es más coherente con los principios de libertad sindical mantener el resultado de una expresión de la autonomía colectiva emergente de un acto electoral, en el que participaron los impugnantes, que suscitar una situación que generaría una acefalía, que concluyera en una intervención desde el poder estatal”.
Finalmente, el juzgado del Trabajo resolvió que “la nueva situación de hecho a que antes se hiciera referencia, no puede sino llevar a que se deje sin efecto la medida cautelar dictada en autos, por haber desaparecido su objeto, sin que ello implique sentar posición acerca de la cuestión de fondo, del acto electoral, ni de sus consecuencias, cuestión que es ajena al objeto” de la causa.
En la secretaría de Trabajo, mientras tanto, señalaron a este medio que “se están analizando” las impugnaciones presentadas por la oposición, pero advirtieron que “fueron menores porque hacen relación a las mesas y las actas están firmadas por los fiscales y los apoderados de todas las agrupaciones”.
Luego de concluir la evaluación, definirán si convalidan a las autoridades. Por lo pronto, hay tiempo para resolverlo hasta diciembre, cuando vence el mandato de la conducción actual al frente de Comercio.

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Armando Cavalieri fue reelecto al frente del Sindicato de Comercio

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Se impuso en una reñida votación sobre Ramón Muerza, un hombre surgido de su propio riñón. En el Gobierno no descartan que la elección se judicialice
Con más de tres décadas al frente del Sindicato de Comercio, Armando Cavalieri revalidó sus títulos y fue reelecto al frente del gremio más grande del país, con un millón de afiliados.
En una reñida votación, se impuso con 10.955 votos sobre Ramón Muerza, un hombre surgido de su propio riñón, que logró 10.440 votos. Por lo ajustado del resultado, desde el Gobierno no descartan que se judicialice la elección.
Además, unos 130 votos fueron observados y aún queda una urna sin abrir. De todas maneras, el resultado no se vería afectado porque la urna no posee más de 200 votos. En el padrón había 64.000 afiliados en condiciones de votar, según Infobae.
La elección también dirimió una interna dentro del propio Gobierno. Cavalieri contaba con el apoyo del presidente Mauricio Macri y el secretario de Trabajo, Jorge Triaca; mientras que por el Jefe de Gobierno porteño, Rodríguez Larreta, y su vice, Diego Santilli, se mostraron más afines a Muerza.
Cavalieri forma parte del ala dialoguista de la CGT donde ostenta la representación histórica de los “gordos” (grandes gremios de servicios) y tiene buena llegada a la primera línea del Ejecutivo.
El triunfo de Cavalieri se produjo luego de que el sindicato acordara con Trabajo un adelantamiento a octubre de un adicional del 10% que los empleados de comercio iban a percibir inicialmente en tres tramos (3% en octubre, 4% en noviembre y 4% en enero). De ese modo, el aumento total en el año será del 25%.
También tuvo lugar en medio de un fallo judicial que lo benefició tras una denuncia penal que había presentado su adversario Muerza. La Justicia Federal desestimó la presunta existencia de 5.000 afiliados muertos en el padrón electoral.
El juez Marcelo Martínez Di Giorgi consideró que Muerza, actual secretario de organización del gremio, era quien debía establecer y confeccionar el registro de afiliados.

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