Código Penal

Reforma del Código Penal: el Gobierno endurece penas y el 82% de los delitos será de cumplimiento efectivo

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El Gobierno impulsa una reforma integral del Código Penal, subirán penas en casi 20 delitos y el 82% tendrá cumplimiento efectivo

El Gobierno presentó este lunes una reforma estructural del Código Penal que endurece las penas en casi veinte delitos, elimina la prescripción para crímenes considerados de alta gravedad y establece que el 82% de los delitos deberán cumplirse de manera efectiva. La iniciativa, anunciada por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, redefine el régimen penal argentino con impacto directo en el funcionamiento judicial, el sistema penitenciario y la política criminal del Estado.

Endurecimiento de penas y ampliación de figuras agravadas

Según explicaron Adorni y Bullrich, el proyecto eleva de forma significativa los mínimos y máximos de una amplia gama de delitos, comenzando por el homicidio simple, cuya escala pasará de los actuales 8 a 25 años a 10 a 30 años. Para el homicidio agravado, que ya contempla la prisión perpetua, se sumarán nuevos supuestos, incluyendo: víctimas que sean Presidente, Jefe de Gabinete o ministros, personal educativo asesinado por su condición de tal, víctimas menores de 16 años o mayores de 65, hechos cometidos en lugares de concurrencia masiva o con armas aptas para causar muertes múltiples, crímenes perpetrados por miembros de organizaciones criminales o dentro de centros de detención.

La reforma también modifica delitos de alta incidencia cotidiana. Lesiones leves: de 1 mes–1 año a 1–3 años. Lesiones por conducción imprudente: la figura simple será de 2–6 años y la agravada de 3–6 años. Abuso de armas: máximo de 6 años. Omisión de auxilio: pasa de multa a 1–6 años, con agravante de 2–8 años si la víctima es menor de 13 o mayor de 65. Hurto: se eleva a 3 años. Robo: nuevas escalas diferenciadas y figuras específicas para modalidades como “motochorros”, “viudas negras” y robos en lugares de concurrencia masiva. El robo simple será de 3–8 años con fuerza en las cosas y de 3–10 años cuando haya violencia.

En delitos vinculados a integridad sexual y menores, la reforma endurece significativamente las penas. Pornografía infantil: de 3–6 años a 3–12 años. Posesión con fines de distribución: pasa de 6 meses–2 años a 4–12 años. Trata de personas: límite máximo de 10 años en la figura básica y 15 años en la agravada.

Para delitos contra la administración pública, se intensifica el castigo por cohecho, que será de 3–10 años, con un tercio adicional en contrataciones públicas. Cuando el autor sea Presidente, Vicepresidente o Jefe de Gabinete, la escala sube a 5–15 años.

La usurpación, delito de alto impacto territorial, tendrá una pena de 10 años en su figura simple y 12 años en la agravada, además de multas.

Imprescriptibilidad, fin de la excarcelación automática y nuevas reglas para la ejecución de condenas

El proyecto incorpora cambios profundos en materia de prescripción. Según el Gobierno, existen delitos cuya gravedad “no puede verse condicionada por el tiempo”. Por ello, se declara imprescriptible una amplia lista de conductas, entre ellas: homicidio agravado, abuso sexual y grooming, producción y distribución de material de abuso sexual infantil, corrupción de menores, trata de personas, secuestro extorsivo, terrorismo y su financiamiento, tráfico y contrabando de estupefacientes, procesos contra organizaciones criminales, atentados al orden constitucional.

La reforma también suma nuevos actos que interrumpen el plazo de prescripción, como la orden de captura o el pedido de extradición.

En cuanto al cumplimiento efectivo de las penas, el proyecto elimina la posibilidad de ejecución condicional en un conjunto amplio de delitos. Según la presentación oficial, el sistema actual habilita la “puerta giratoria”, ya que condenas menores a tres años pueden cumplirse en libertad. Con los nuevos mínimos más altos, el 82% de los delitos deberá cumplirse efectivamente.

Entre los delitos que ya no permitirán excarcelación condicional se encuentran: estragos agravados, robos especialmente agravados, tenencia de arma de guerra sin autorización, portación ilegal de armas de fuego de uso civil.

También se modifican las reglas de libertad anticipada, excluyendo: homicidio, robo seguido de muerte, robo con armas, delitos dolosos cometidos por funcionarios en ejercicio.

Respecto de la ejecución de condenas, se establece que comenzarán a cumplirse cuando el tribunal rechace el recurso extraordinario federal, sin esperar indefinidamente la intervención de la Corte Suprema.

La reforma incluye dos medidas de alto impacto institucional. La pérdida de la jubilación de privilegio para funcionarios públicos condenados por cualquier delito. Y la confirmación de que la prisión perpetua “implicará para siempre”.

El proyecto también fortalece el marco de la legítima defensa, introduciendo una presunción favorable a quien responde ante un ataque.

Impacto institucional y reacciones esperadas

El Gobierno presenta la reforma como un salto cualitativo en política criminal, enfocado en la prevención, la disuasión y el castigo efectivo. La ministra Patricia Bullrich ubicó los cambios dentro de una estrategia de “tolerancia cero” frente al delito, mientras que Adorni enmarcó el proyecto como parte de un rediseño normativo integral.

El nuevo esquema tendrá consecuencias directas en: el sistema penitenciario, que deberá albergar más condenados y por plazos más extensos; la Justicia penal, que incorporará nuevas figuras, escalas y causales de interrupción de prescripción; la función pública, dado el impacto de la pérdida de jubilaciones de privilegio; la sociedad civil y las víctimas, que adquieren nuevas instancias de participación en decisiones vinculadas con beneficios penitenciarios.

También se prevé una reconfiguración del mapa delictivo, especialmente en delitos urbanos como robo, hurto y abuso de armas, y en delitos federales como narcotráfico y trata.

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El Senado aprobó por unanimidad la reforma del Código Penal que endurece las penas por siniestros viales

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En un fallo histórico que refleja el consenso político y social en torno a la seguridad vial, el Senado de la Nación aprobó por 66 votos a favor y sin votos en contra la reforma del Código Penal que endurece las penas para quienes provoquen muertes o lesiones en accidentes de tránsito bajo circunstancias agravantes. La iniciativa, que ahora deberá ser tratada en la Cámara de Diputados, introduce penas de hasta 12 años de prisión e incorpora nuevas causales que reflejan la creciente preocupación por la imprudencia al volante.

La modificación aprobada en la sesión de este jueves se originó en la confluencia de varios proyectos impulsados por legisladoras como Victoria Huala (PRO), Beatriz Ávila (PJS) y Anabel Fernández Sagasti (UxP), además del exsenador sanjuanino Roberto Basualdo.

El oficialista Juan Carlos Pagotto, presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, fue el miembro informante del debate. En su exposición recordó que los siniestros viales son “si no la primera, la segunda causa de muerte en Argentina”, y sostuvo que la reforma “cumple con un reclamo social prolongado y legítimo”.

Desde los palcos del recinto, familiares de víctimas nucleados en la asociación Madres del Dolor acompañaron la votación, otorgándole un fuerte contenido simbólico a la sesión.

Agravantes, nuevas figuras y endurecimiento de penas

El proyecto modifica los artículos 84 bis y 94 bis del Código Penal, que regulan respectivamente el homicidio y las lesiones culposas cometidas por conducción de un vehículo con motor. Entre las novedades más relevantes se destacan:

  • Penas más severas: se eleva la escala penal para homicidios viales de 4 a 8 años de prisión (antes era de 3 a 6), con posibilidad de llegar a 12 años cuando concurran tres o más agravantes. La inhabilitación para conducir será por el doble del tiempo de la condena.
  • Nuevos agravantes incorporados: además de los ya existentes (huir del lugar del hecho, no asistir a la víctima o conducir bajo estupefacientes o alcohol), se agregan causales como:
    • alcoholemia superior a 0,0;
    • consumo de medicamentos que afecten la aptitud para conducir;
    • exceso del 30% sobre la velocidad máxima permitida;
    • conducción sin habilitación;
    • manipulación de teléfonos móviles;
    • cruce indebido de pasos ferroviarios.
  • Lesiones culposas: se crea un tipo agravado con penas de 3 a 6 años de prisión e inhabilitación cuando concurran tres o más de las circunstancias agravantes.

La norma también elimina la posibilidad de aplicar la suspensión del proceso a prueba, garantizando que los responsables enfrenten penas efectivas.

Fundamentos y voces del debate

La senadora Victoria Huala (PRO) destacó la magnitud del problema: “Según la OMS, cada día mueren 135 personas en el mundo por siniestros viales. En Argentina, más de 4.300 personas al año, sin contar quienes fallecen luego en hospitales. Por cada víctima fatal, tres quedan con algún grado de discapacidad”.

Para Huala, la reforma apunta a “lograr justicia real para las víctimas y sus familias” y a “terminar con la impunidad”.

En tanto, Anabel Fernández Sagasti (UxP) remarcó que el texto complementa la ley de Alcohol Cero, aprobada en 2023: “Quien maneja alcoholizado no es un accidente, es temerario. Es un hecho evitable y debe tener penas no excarcelables”.

El oficialista Pagotto subrayó que la ley “suplanta falencias que hasta ahora debían resolverse por interpretación judicial” y “evita que los vehículos sigan siendo armas mortales”.

La votación unánime refleja la transversalidad del reclamo por mayor seguridad vial y el peso de organizaciones civiles como Madres del Dolor, que durante años presionaron por sanciones más duras.

En el plano político, el consenso entre bloques antagónicos —desde La Libertad Avanza hasta Unión por la Patria— proyecta una señal de madurez institucional en un Congreso atravesado por tensiones.

En lo social, la medida busca generar un efecto disuasivo frente a conductas como el consumo de alcohol, el uso de celulares o el exceso de velocidad, que se han convertido en factores recurrentes en las estadísticas de siniestralidad.

Próximo paso en Diputados y hacia una reforma integral

El proyecto aprobado en el Senado ahora deberá ser debatido en la Cámara de Diputados, donde se espera un tratamiento ágil por el amplio consenso alcanzado. Paralelamente, el Ejecutivo anunció que en breve se enviará al Congreso un proyecto de reforma integral del Código Penal, donde estas disposiciones quedarían integradas a un marco más amplio.

La expectativa de especialistas y familiares de víctimas es que la sanción definitiva de la norma permita avanzar en un cambio cultural: que la sociedad entienda que conducir bajo condiciones de riesgo no es un accidente, sino un delito grave.

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