Concesión de obra pública

Transporte eléctrico: el Gobierno habilita concesiones privadas para ampliar la red nacional

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El Poder Ejecutivo nacional avanzó con un cambio estructural en la política de infraestructura energética al disponer que las obras prioritarias de ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica se ejecuten bajo el régimen de concesiones privadas de obra pública previsto en la Ley N° 17.520, mediante licitaciones públicas nacionales e internacionales y sin erogaciones directas del Estado. La decisión quedó formalizada a través del Decreto 921/2025, firmado el 26 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y se inscribe en el marco de la emergencia del sector energético nacional, prorrogada hasta el 9 de julio de 2026.

La norma redefine el esquema de ejecución de inversiones clave en transmisión eléctrica, con el objetivo de atraer capital privado, mejorar la confiabilidad del sistema y reducir restricciones estructurales que afectan la operación del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), en un contexto de crecimiento de la demanda y limitaciones históricas en la red de alta tensión.

Marco normativo y emergencia energética: la base del nuevo esquema

El decreto se apoya en un entramado normativo amplio que incluye las Leyes N° 15.336, 17.520 y 24.065, y una serie de decretos y resoluciones dictados desde 1992 hasta 2025. En particular, retoma los objetivos fijados por el artículo 2° del Texto Ordenado de la Ley N° 24.065, que establece como ejes de la política eléctrica la protección de los usuarios, la confiabilidad y libre acceso al sistema, la eficiencia tarifaria y el fomento de inversiones privadas en generación, transporte y distribución.

El contexto inmediato es la emergencia del Sector Energético Nacional, declarada originalmente por el Decreto N° 55/2023 y prorrogada sucesivamente por los Decretos N° 1023/2024 y N° 370/2025. Ese marco habilitó a la Secretaría de Energía a diseñar un programa de acciones para garantizar inversiones indispensables en transporte y distribución eléctrica, asegurando la prestación continua del servicio en condiciones técnicas y económicas adecuadas.

En ese sentido, la Resolución del Ministerio de Economía N° 715/2025 declaró prioritarias determinadas obras de ampliación del sistema de transporte, identificadas en su Anexo, y dispuso que se ejecuten bajo el esquema concesional de la Ley N° 17.520, abriendo la puerta a un modelo donde el sector privado asume la construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura.

Concesiones, inversión privada y rol de la Secretaría de Energía

El Decreto 921/2025 establece que las obras prioritarias de ampliación del sistema de transporte eléctrico se realizarán a título gratuito para el Estado, mediante concesiones de obra pública y bajo el procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional. De este modo, el financiamiento, la ejecución y la operación quedarán en manos de concesionarios privados, con un esquema contractual que, según destaca la norma, preserva el equilibrio económico-financiero y brinda previsibilidad a inversores y financiadores.

El texto subraya que el régimen de la Ley N° 17.520 ofrece garantías en materia de remuneración, variación de condiciones contractuales y mitigación de riesgos, incluso frente a eventuales terminaciones anticipadas. Esto permite estructurar proyectos de largo plazo sin comprometer recursos públicos de manera directa, en línea con la estrategia oficial de reducción del gasto público y optimización del rol del Estado.

En este marco, el decreto delegó amplias facultades en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, que tendrá a su cargo:

  • Aprobar los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y técnicas, así como el modelo de contrato de concesión.
  • Convocar a las licitaciones públicas nacionales e internacionales.
  • Organizar y coordinar la Comisión Evaluadora.
  • Calificar oferentes y resolver impugnaciones.
  • Dictar el acto administrativo de adjudicación y suscribir los contratos de concesión.

El Ministerio de Economía quedará, a su vez, como Autoridad de Aplicación de los contratos, ejerciendo la supervisión y el control general, mientras que la Secretaría de Energía podrá dictar las normas complementarias y operativas necesarias para la implementación del régimen.

Impacto esperado y proyección del sistema eléctrico

Desde una perspectiva institucional y económica, la medida busca destrabar inversiones largamente postergadas en la red de transmisión eléctrica, un cuello de botella crítico para el desarrollo energético y productivo. La ampliación del sistema de transporte resulta clave para mejorar la confiabilidad del suministro, reducir riesgos de saturación y acompañar el crecimiento de la demanda en distintas regiones del país.

El esquema concesional también implica un cambio relevante en la relación entre el Estado y el sector privado en materia de infraestructura eléctrica, trasladando riesgos y responsabilidades operativas a los concesionarios, pero bajo reglas contractuales definidas y supervisión estatal.

En términos políticos, el decreto consolida una orientación que prioriza la participación privada en obras estratégicas, apoyada en un marco legal existente pero poco utilizado en el sector eléctrico durante las últimas décadas. En ese sentido, la implementación efectiva de las licitaciones y la respuesta del mercado serán determinantes para evaluar el alcance real de esta política en el mediano y largo plazo.

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El Gobierno convoca a audiencia por la Vía Navegable Troncal, claves de la discusión ambiental

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Nación convoca a Audiencia Pública ambiental por la concesión de la Vía Navegable Troncal

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) oficializó, mediante la Resolución 48/2025 publicada el 2 de octubre en el Boletín Oficial, la convocatoria a Audiencia Pública virtual para el 3 de noviembre de 2025, en la que se debatirá el Informe de Gestión y Evaluación Ambiental previo al nuevo proceso licitatorio de la Vía Navegable Troncal, la principal ruta fluvial del comercio exterior argentino.

La medida se enmarca en la Ley 25.675 de Política Ambiental Nacional y en el Decreto 709/2024, que establecieron la obligatoriedad de instancias participativas antes de adjudicar concesiones de dragado, redragado, mantenimiento y señalización.


Transparencia y participación: un requisito constitucional

De acuerdo con la resolución firmada por el director ejecutivo de la ANPYN, Iñaki Miguel Arreseygor, el procedimiento busca garantizar la participación ciudadana no vinculante, pero de obligada consideración, en línea con el artículo 41 de la Constitución Nacional, que asegura el derecho a un ambiente sano y el deber estatal de preservarlo.

El Anexo III de la resolución establece que podrán inscribirse todas las personas físicas o jurídicas interesadas, con plazo entre el 17 y el 31 de octubre de 2025 a través del sitio oficial de la ANPYN. Los participantes deberán completar el Formulario de Inscripción (Anexo IV), indicando si lo hacen como particulares, representantes de personas físicas o jurídicas, y presentar un resumen de su exposición con posibilidad de adjuntar documentación en PDFanexo_7478439_3anexo_7478439_4.

La audiencia se desarrollará de manera remota desde las 9:00 horas del 3 de noviembre, lo que permitirá la participación federal de interesados en todo el país. Cada expositor dispondrá de un máximo de 5 minutos para intervenir, bajo un esquema que asegura la igualdad, la oralidad y la publicidad de los aportes.


Antecedentes y el peso estratégico de la Hidrovía

La Vía Navegable Troncal, que se extiende desde la confluencia del Paraná (km 1238) hasta la zona de aguas profundas del Río de la Plata (km 239,1 del canal Punta Indio), es considerada la “columna vertebral” del comercio exterior argentino, ya que por allí circula más del 80% de las exportaciones agroindustriales del país.

El proceso de licitación internacional para su concesión arrastra más de cuatro años de prórrogas. Tras la caducidad del contrato original en 2021, la operación quedó en manos transitorias de la Administración General de Puertos (AGP S.A.U.), organismo que fue disuelto en enero de 2025 por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 3/25, dando paso a la creación de la actual ANPYN.

El nuevo esquema licitatorio contempla régimen de concesión de obra pública por peaje o de servicio público mediante tarifas, modelo que deberá conciliar intereses entre el Estado, las concesionarias y los usuarios de la vía, bajo control ambiental estricto.


Repercusiones esperadas y próximos pasos

La convocatoria a audiencia pública abre un espacio institucional de debate que, aunque no vinculante, es condición indispensable para legitimar la licitación de una de las infraestructuras más sensibles para la competitividad de la Argentina y de las economías regionales.

Se prevé la participación de cámaras empresarias, sindicatos, universidades, especialistas ambientales y provincias ribereñas, que han reclamado mayor protagonismo en la toma de decisiones.

Finalizada la audiencia, la ANPYN deberá elaborar un informe de cierre dentro de los 10 días hábiles, y fundamentar en un plazo máximo de 30 días cómo se incorporaron —o por qué se descartaron— las propuestas presentadas.

La resolución también designa como presidente de la audiencia al Ing. Ariel Cherubini, con Marcelo Peyregne y Pablo Kanovich como instructores.

De este modo, la agenda sobre la Hidrovía entra en una fase decisiva: sin la audiencia pública ambiental no podrá avanzarse en el nuevo llamado licitatorio internacional, que definirá el futuro de la gestión de la principal arteria fluvial del país.

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