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Vía Navegable Troncal: el Gobierno aprobó el informe final y acelera la concesión por peaje

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) dio por concluida la etapa previa de observaciones a los proyectos de pliegos para la concesión de la Vía Navegable Troncal (VNT), uno de los activos estratégicos más relevantes para el comercio exterior argentino. A través de la Resolución 66/2025, publicada el 17 de diciembre de 2025, el organismo aprobó el Informe Final que sistematiza los aportes técnicos, económicos y jurídicos realizados por 40 interesados y habilitó el avance hacia la etapa final de elaboración del pliego para una licitación pública nacional e internacional bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje, a riesgo empresario y sin aval del Estado.

La decisión marca un hito institucional clave en el proceso de relicitación de la VNT, al cerrar una instancia de participación amplia y técnica que busca reforzar la transparencia, la previsibilidad regulatoria y la solidez jurídica del futuro contrato.

Un proceso participativo para redefinir la concesión de la Vía Navegable Troncal

La resolución se inscribe en el marco normativo definido por el Decreto N° 709 del 8 de agosto de 2024 y su reglamentación mediante el Decreto N° 713 del 9 de agosto de 2024, así como por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3 del 3 de enero de 2025, que creó la ANPYN como ente autárquico y continuador jurídico de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables y de la Administración General de Puertos Sociedad Anónima Unipersonal (AGP SAU).

En ese contexto, la ANPYN abrió formalmente, mediante la Resolución 61/2025 del 4 de diciembre de 2025, el Procedimiento de Observaciones Previas a los proyectos de Pliego de Especificaciones Técnicas y de Bases y Condiciones Particulares, conforme al artículo 9° del Anexo II del Decreto Reglamentario N° 713/2024. El mecanismo contempló un plazo de diez días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial y habilitó la recepción de aportes escritos a través del correo institucional licitacionvnt@anpyn.gob.ar, con fecha límite el 14 de diciembre de 2025.

Finalizado el plazo, la Agencia confirmó la recepción de cuarenta (40) presentaciones, realizadas tanto por personas físicas como jurídicas, que abarcaron a usuarios, cámaras sectoriales, empresas especializadas, sindicatos, universidades, organizaciones civiles y otros actores vinculados al sistema fluvial y portuario.

Aportes técnicos, económicos y jurídicos que fortalecen el pliego

El Informe Final aprobado por la Resolución 66/2025 da cuenta de un análisis integral de las observaciones recibidas, con intervención de las gerencias técnicas, legales, comerciales, ambientales y de control de gestión de la ANPYN. Según se detalla en los considerandos, las presentaciones se concentraron en aspectos centrales del proyecto de concesión, vinculados a las especificaciones técnicas de dragado y balizamiento, los niveles de servicio exigidos, los plazos de ejecución, los mecanismos de control y fiscalización, y la estructura económico-financiera del contrato.

Entre las modificaciones significativas consideradas en el proceso se destacan la disminución de la tarifa mínima prevista para las distintas etapas de la concesión, la readecuación del plan económico-financiero, la reformulación de cláusulas contractuales, la actualización de documentación técnica y batimétrica, y ajustes en los criterios de diseño y operación de la vía navegable. El objetivo, según el texto oficial, es avanzar hacia un pliego “flexible, con criterios de excelencia y responsabilidad”, capaz de adaptarse a las demandas futuras del comercio y a las condiciones cambiantes del entorno operativo.

Un elemento central del proceso fue la participación de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), en el marco del Memorando de Entendimiento suscripto el 28 de mayo de 2025. La intervención de este organismo internacional derivó en un informe de recomendaciones y buenas prácticas que aportó un enfoque técnico alineado con estándares internacionales, reforzando la consistencia jurídica, económica y ambiental del proyecto licitatorio.

Impacto económico e institucional de una definición estratégica

La Vía Navegable Troncal constituye la principal arteria logística del país para el transporte fluvial y el comercio regional e internacional. Abarca el tramo comprendido entre el kilómetro 1238 del río Paraná, en el punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales del Río de la Plata exterior, actualmente en el kilómetro 239,1 del canal Punta Indio, e incluye el sistema Paraná–Paraguay–Río de la Plata.

En ese sentido, la conclusión de la etapa de observaciones representa un paso decisivo para destrabar un proceso licitatorio de alto impacto económico, que condiciona costos logísticos, competitividad exportadora y previsibilidad para los usuarios del sistema. La modalidad definida —concesión de obra pública por peaje, a riesgo empresario y sin respaldo estatal— refuerza el perfil de un esquema en el que la eficiencia operativa y la capacidad de inversión del futuro concesionario serán determinantes.

Desde el plano institucional, la resolución consolida el rol de la ANPYN como autoridad de aplicación y coordinadora del proceso, en un contexto de reordenamiento del sistema portuario y de navegación tras la disolución de la AGP SAU. Al mismo tiempo, la incorporación de observaciones y la aprobación de un Informe Final con criterios técnicos, económicos y jurídicos explícitos buscan reducir la conflictividad futura y dotar al proceso de mayor legitimidad frente a los distintos actores involucrados.

Con la etapa de observaciones formalmente cerrada, el organismo queda habilitado para avanzar hacia la versión final del pliego y el posterior llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, un paso clave para definir el modelo de gestión de la principal vía fluvial del país en los próximos años.

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Licitación de la Hidrovía: el Gobierno publica pliegos y comienza el proceso participativo

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) habilitó un procedimiento clave para la definición del futuro concesionario de la Vía Navegable Troncal, el corredor por donde circula cerca del 80% de las exportaciones del país. Durante diez días, sectores públicos y privados podrán presentar observaciones a los proyectos de Pliego de Especificaciones Técnicas y Bases y Condiciones Particulares, en un paso que busca otorgar mayor transparencia, solvencia técnica y participación federal al proceso licitatorio de la hidrovía.

Un procedimiento estratégico para la principal infraestructura logística del país

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) declaró abierto el Procedimiento de Observaciones Previas para los proyectos de pliegos que regirán la licitación pública nacional e internacional destinada a seleccionar al futuro concesionario responsable de la modernización, ampliación, operación y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal (VNT).

La medida fue formalizada mediante la Resolución 61/2025, firmada el 4 de diciembre, y publicada en el Boletín Oficial.

La apertura del proceso se fundamenta en el artículo 9° del Anexo II del Decreto 713/2024, reglamentario del Título III de la Ley 27.742, que permite incorporar una instancia previa de observaciones para fortalecer la calidad normativa y técnica del procedimiento.

El proceso licitatorio abarca el tramo estratégico que va desde el kilómetro 1238 del Río Paraná, en el punto Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata, a la altura del kilómetro 239,1 del Canal Punta Indio, incluyendo los accesos por los ríos Paraná de las Palmas, Bravo, Guazú, Talavera y Paraná–Océano Atlántico.

El decreto destaca que la VNT aglomera cerca de 60 terminales portuarias y mueve aproximadamente el 80% de las exportaciones argentinas, razón por la cual el procedimiento reviste un interés estratégico para el desarrollo económico, el comercio exterior y la logística nacional.

Un nuevo proceso tras la anulación de la licitación 1/2024 y con insumos de organismos internacionales

La decisión se inscribe en un camino institucional iniciado con los Decretos 709/2024 y 3/2025, que reorganizaron las competencias del sistema portuario y fluvial. El segundo de ellos eliminó la antigua Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables y dispuso la disolución de la Administración General de Puertos SAU, creando la ANPYN como su continuadora jurídica.

A partir de esa reconfiguración, la Agencia recibió la instrucción de reencauzar el proceso licitatorio que había sido anulado mediante la Resolución 7/2025, con el argumento de que debía asegurarse “una mayor concurrencia de ofertas”.

Entre febrero y abril de 2025, la ANPYN convocó una Mesa de Diálogo Interdisciplinaria —aprobada por Resolución 18/2025— que reunió a usuarios, cámaras empresariales, provincias, sindicatos, universidades, organismos internacionales y puertos. El objetivo fue recopilar aportes técnicos para la elaboración de un nuevo pliego.

En ese marco, el 28 de mayo de 2025 la Agencia firmó un Memorando de Entendimiento con la UNCTAD, organismo que participó del proceso y entregó un informe de Recomendaciones y Buenas Prácticas (IF-2025-134138782-APN-GCLYA#ANPYN), incorporado ahora a la etapa de observaciones.

Según la resolución, la AGP SAU en liquidación colaboró con la redacción de los proyectos de Pliego de Especificaciones Técnicas y de Bases y Condiciones Particulares, consolidando una propuesta con “mayor solidez jurídica, técnica y ambiental”.

Plazos, mecanismos y requisitos para participar del proceso

La Resolución 61/2025 establece: 10 días corridos para presentar observaciones desde la publicación en el Boletín Oficial. Las observaciones deberán enviarse por escrito al correo institucional: licitacionvnt@anpyn.gob.ar. Deberán ajustarse al Formulario del Anexo I (IF-2025-134278888-APN-GCLYA#ANPYN), disponible en el sitio oficial. La documentación acompañada deberá presentarse en formato PDF/DOC/DOCX, con un máximo de 20 MB y hasta 5.000 caracteres por archivo.

Las observaciones no serán vinculantes, pero la ANPYN receptará aquellas que resulten “convenientes y conducentes”, según evaluación de sus áreas técnicas.

Finalizado el plazo, la Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa y la Gerencia de Coordinación Técnica deberán elaborar un Informe Final de firma conjunta, que se publicará por diez días en la web institucional.

Un proceso que anticipa definiciones clave para 2026

El lanzamiento del procedimiento marca el inicio formal de una instancia crítica en la transición hacia un nuevo esquema de concesión de la principal red fluvial del país. Sectores portuarios, agroexportadores, industriales y transportistas siguen de cerca la evolución del proceso. Que definirá: El nuevo modelo de operación del corredor. Los estándares de dragado y señalización. La estructura tarifaria por peaje. Las condiciones ambientales y tecnológicas exigidas al concesionario. La articulación con las provincias y los organismos de control.

La etapa de observaciones permitirá que actores privados y públicos influencien el texto final del pliego, un elemento central para garantizar transparencia, competencia y previsibilidad.

La publicación simultánea del informe de UNCTAD introduce además una referencia internacional que podría orientar la evaluación técnica y normativa del diseño final.

Con este paso, la ANPYN avanza hacia el lanzamiento formal de la licitación, en un procedimiento que definirá uno de los contratos públicos más relevantes para la economía argentina en los próximos años.

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