Derechos Políticos

La Justicia levantó la proscripción y habilitó a Arrúa, Comparin y Kornuta a competir en las internas del PJ

Compartí esta noticia !

El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Posadas resolvió hacer lugar a un planteo judicial presentado por el ex apoderado del Partido Justicialista, Martín Kornuta, junto al abogado Leandro Maidana, y dispuso suspender provisoriamente la suspensión preventiva de afiliación que pesaba sobre el diputado nacional Pedro Alberto Arrúa, Myriam Analía Comparin y el propio Kornuta.

La decisión judicial habilita a los tres dirigentes a participar del proceso electoral interno del PJ mientras se resuelve la cuestión de fondo ante la Cámara Nacional Electoral.

Según la resolución, el tribunal consideró que la suspensión preventiva de afiliación implicaba una restricción directa al ejercicio de derechos políticos y de participación partidaria, especialmente en el contexto de un proceso electoral interno ya en marcha.

En ese sentido, el fallo señala que la verosimilitud del derecho surge de la naturaleza de los derechos involucrados, dado que la medida disciplinaria afectaba la condición de afiliados y, por lo tanto, la posibilidad de intervenir en la vida institucional del partido.

Riesgo de afectar derechos políticos

El juzgado también evaluó el denominado “peligro en la demora”, al advertir que el desarrollo del calendario electoral interno podría generar perjuicios de difícil reparación si los dirigentes quedaban excluidos del proceso mientras se tramita la apelación.

En materia electoral, remarca el fallo, el paso del tiempo puede volver ilusorio el ejercicio de los derechos políticos si no se adoptan medidas cautelares que preserven la participación de los afiliados hasta que exista una resolución definitiva.

Bajo ese criterio, el tribunal resolvió suspender provisoriamente los efectos de la suspensión preventiva de afiliación y garantizar la posibilidad de que Arrúa, Comparin y Kornuta participen en las elecciones internas del justicialismo.

Apelación ante la Cámara Nacional Electoral

En paralelo, el juzgado concedió el recurso de apelación contra la resolución cuestionada, que será analizado por la Cámara Nacional Electoral conforme al régimen previsto por la Ley 23.298 de partidos políticos.

De esta manera, la cautelar mantiene vigente el ejercicio de los derechos políticos de los dirigentes hasta que el tribunal de alzada se pronuncie sobre el fondo del conflicto partidario.

Compartí esta noticia !

La Justicia Electoral oficializó la lista de La Libertad Avanza con Santilli a la cabeza

Compartí esta noticia !

El juez Alejo Ramos Padilla adecuó el orden de la nómina oficialista en cumplimiento de la resolución de la Cámara Nacional Electoral. La boleta no se reimprimirá y seguirá incluyendo la imagen del diputado renunciante.

La Justicia Electoral dio por cerrada una de las controversias más resonantes de la campaña 2025: la oficialización definitiva de la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) en la provincia de Buenos Aires.
El juez federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla firmó el 14 de octubre la resolución que consagra a Diego Santilli como primer candidato, seguido por Karen Reichardt (Karina Celia Vázquez) y Sebastián Pareja.

La decisión se enmarca en la intervención de la Cámara Nacional Electoral (CNE), que ordenó modificar el orden original tras la renuncia de José Luis Espert, quien había encabezado la nómina pero se apartó del proceso en medio del escándalo vinculado a un empresario condenado por narcotráfico.

Pese al cambio, la foto de Espert permanecerá en las boletas que se utilizarán el 26 de octubre, dado que la CNE rechazó el pedido de reimpresión del Gobierno por razones logísticas y de tiempo. El tribunal advirtió que reimprimir el material electoral podría haber comprometido la normalidad de los comicios.

El debate jurídico: paridad de género y control de constitucionalidad

El conflicto no solo giró en torno al reemplazo de Espert, sino también al alcance de la ley de paridad de género (Ley 27.412) y su interpretación dentro del Código Electoral Nacional.
En una primera resolución, Ramos Padilla había establecido que el reemplazo no podía recaer sobre el siguiente varón de la lista, como proponía la alianza, sino que debía mantener la alternancia de género, evitando una regresión en la representación femenina.

El fallo, respaldado por la fiscal María Laura Roteta y el fiscal general Ramiro González, sostenía que una interpretación contraria “conspiraría contra la finalidad de la ley de paridad como medida de acción positiva tendiente a garantizar la igualdad real de oportunidades”, y podría comprometer los compromisos internacionales asumidos por la Argentina ante la Convención CEDAW y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

La Cámara Nacional Electoral, integrada por Santiago Corcuera y Daniel Bejas, consideró posteriormente que el criterio del juzgado platense implicaba una “interpretación subjetiva” y ordenó adecuar la lista según lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto 171/2019, en línea con precedentes sobre el artículo 60 bis del Código Electoral.

Sin embargo, al ejecutar el fallo, Ramos Padilla volvió a remarcar la potestad de los jueces para controlar la constitucionalidad de normas reglamentarias, subrayando que esa facultad “no implica apartarse del orden jurídico ni invadir competencias ajenas, sino cumplir con el deber de garantizar la supremacía constitucional”.

El magistrado citó incluso el antecedente “Juntos por el Cambio”, en el que la propia Cámara había declarado inaplicable el mismo decreto respecto a la categoría de senadores, por contradecir el espíritu de la ley de paridad.

Una decisión con proyección institucional

En su nueva resolución, Ramos Padilla oficializó la lista definitiva de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires, ratificando que el caso trasciende el proceso electoral inmediato y abre un debate más amplio sobre la implementación de las acciones positivas en el sistema político argentino.

Si un decreto reglamentario dictado para hacer efectivas las acciones positivas es invocado para producir el resultado contrario —la postergación de las mujeres en los espacios de representación política— esa situación debe ser objeto de revisión, pues desnaturaliza la igualdad sustantiva que buscan alcanzar esas normas”, advirtió el juez.

La lista oficializada quedó conformada por 35 candidatos titulares y 6 suplentes, encabezados por Santilli, Reichardt y Pareja, seguidos por Gladys Humenuk, Alejandro Carrancio, Johanna Longo y Alejandro Finocchiaro, entre otros.

La decisión pone fin a semanas de incertidumbre dentro de la coalición oficialista, en medio de un contexto de alta exposición pública y tensión política interna. Con la grilla ya aprobada, La Libertad Avanza podrá competir en la provincia más grande del país con una nómina plenamente habilitada, aunque con el desafío de explicar ante el electorado la presencia de una figura renunciante en la boleta.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin