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Protestas docentes: 10 y 8 meses de prisión en suspenso para Gurina y Sánchez

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Condenan a Mónica Gurina y Leandro Sánchez por desobediencia judicial y entorpecer servicios, fuerte reacción sindical en Misiones

La jueza Marcela Leiva condenó a 10 y 8 meses de prisión en suspenso a los dirigentes docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez por los hechos ocurridos durante el acampe salarial de mayo y junio de 2024 sobre la avenida Uruguay de Posadas. La sentencia incluye tareas comunitarias, reglas de conducta y el pago de costas. Gremios anunciaron un paro en rechazo al fallo, que califican como “criminalización de la protesta”.

La resolución judicial se dio al cierre del debate oral en el tribunal unipersonal que encabeza la magistrada, y fue concordante con lo solicitado por la fiscal del caso, María Laura Álvarez. La causa se centró en la violación de una orden de desalojo emitida por el Juzgado de Instrucción 6 el 1 de junio de 2024, en el marco del prolongado conflicto docente que atravesó la provincia.

Una sentencia con impacto político e institucional

Durante el alegato, la fiscal Álvarez sostuvo que tanto Gurina —dirigente de la CTA Autónoma— como Sánchez —secretario general de UTEM— actuaron como coautores de los delitos de desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte por tierra, en concurso ideal.

La representante del Ministerio Público remarcó que ambos “sabían de la orden y aun así desoyeron el mandato judicial”, y subrayó el “grave perjuicio económico” que, según describió, sufrieron comerciantes de la zona durante las protestas.

“Ningún derecho es absoluto y todos deben ponderarse cuando se afecta a otros”, expresó Álvarez, calificando lo ocurrido como un “ejercicio abusivo” que vulneró derechos de terceros y “bienes jurídicamente protegidos”.

En consecuencia, la fiscal había pedido un año de prisión en suspenso para Gurina y diez meses para Sánchez, además de tareas comunitarias y costas. La jueza Leiva resolvió imponer 10 meses de prisión en suspenso a Gurina y 8 meses a Sánchez, además de ordenarles tareas comunitarias en ámbitos no escolares y reglas estrictas de conducta para conservar la libertad condicional.

El planteo de las defensas: protesta social, necesidad y ausencia de liderazgo probado

Los defensores Roxana Rivas, Eduardo Paredes y María Alvarenga solicitaron la absolución de ambos referentes sindicales. Argumentaron que las acciones del acampe se enmarcaron en el derecho constitucional a la protesta, en un contexto de reclamos salariales sin respuesta institucional y bajo un “estado de necesidad justificante”.

El planteo incluyó dos ejes centrales: La orden de desalojo no estaba dirigida de manera específica a los imputados, por lo que no se configuraría la desobediencia.Y no habría pruebas directas del liderazgo atribuido a Gurina y Sánchez en la organización de los cortes.

    La sentencia descartó estos argumentos y consideró acreditada la responsabilidad penal de ambos.

    Los gremios convocan a un paro y denuncian criminalización

    Tras conocerse el fallo, sindicatos docentes resolvieron realizar un paro el jueves, en repudio a lo que consideran una criminalización de las protestas salariales ocurridas el año pasado. La medida busca visibilizar el malestar por el precedente que, advierten, podría condicionar futuras manifestaciones en reclamos sociales o laborales.

    La causa, que puso en tensión el límite entre el derecho a la protesta y la operatividad de órdenes judiciales, abre un debate sobre la judicialización de conflictos gremiales en un contexto signado por la caída del salario real y los deterioros en las condiciones laborales del sector docente.

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